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Desarrollo Y Creación De Aspectos Legales


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2014  •  2.513 Palabras (11 Páginas)  •  283 Visitas

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“Desarrollo y Creación

de los

Aspectos legales”.

Conformación de la Sociedad:

Como primer paso debemos redactar la escritura de constitución de la sociedad donde se describirá el tipo de organización, la actividad a la que se dedicará, quién o quiénes la conformarán, los objetivos, cómo se administrará, los aportes económicos de sus miembros, la participación en las utilidades, la forma en que responderán en caso de pérdidas y el domicilio que tendrá la sociedad. Esto se recomienda lo redacte un abogado. Una vez redactado deberemos presentarnos (los integrantes de la sociedad) en una notaría, con nuestras respectivas cédulas de identidad y un borrador de la escritura, donde una vez aprobada el notario procederá a legalizarla.

En nuestro caso conformaremos una “Sociedad de Responsabilidad Limitada” entre cuatro socios.

Nuestra razón social será “Canto y Asociados Ltda.” y nuestro nombre de fantasía “Sunflower Alimentos Ltda.”.

Como objeto tendremos desarrollar la venta y distribución de alimentos, como restaurante de comida rápida; importación y exportación de insumos para preparación de comidas saludables, o productos complementarios; realización de eventos promocionales y de difusión relacionados con la nutrición, vida sana y comida saludable; la realización de todas aquellas actividades comerciales que fueren complementarias o anexas al giro principal y cualquier otra actividad que acuerden los socios.

La sociedad tendrá como domicilio la comuna y ciudad de Santiago, con una duración de cinco años a partir de la fecha de la escritura, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos a menos que alguno de los socios decida poner fin a esta sociedad por medio de escritura pública.

Nuestro capital inicial será de $7.000.000 donde, Karem Canto aportará el 32,9% $2.300.000), Solange Bustos el 28,6% (2.000.000), Juan Eduardo Correa el 20,7% ($1.450.000) y Estefanie Ángel el 17,8% ($1.250.000). Dinero en efectivo y correspondiente a ahorros particulares de los socios.

La responsabilidad de cada socio quedará limitada a los porcentajes anteriormente mencionados.

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio mayoritario (Karem Canto) y se designará como apoderado a otro de los socios (Solange Bustos), ambas podrán ejercer todas y cada una de las atribuciones establecidas en el pacto social.

Con respecto a las utilidades y pérdidas, el último día del año luego de hacer un balance y un estado de pérdidas y ganancias, las utilidades y pérdidas se repartirán en proporción a los aportes de cada socio.

En caso de ser un acuerdo unánime la sociedad podrá disolverse antes de la fecha estipulada.

Una vez redactada y legalizada nuestra escritura nos entregarán un extracto de esta. Luego nos dirigiremos a inscribir nuestra sociedad en el “Conservador de Bienes Raíces” (plazo de sesenta días a partir de la fecha de la escritura) para lo que necesitaremos dos copias autorizadas del extracto de la escritura y completar el formulario N°2, este trámite demorará de tres a siete días hábiles, después del plazo podremos retirar la protocolización de la sociedad.

Finalmente, podremos publicar el extracto de nuestra escritura en el “Diario oficial” (plazo de sesenta días), ejemplar que debemos guardar, ya que sirve como respaldo de legalidad de la sociedad.

Una vez hechos todos los trámites descritos anteriormente podremos decir que constituimos nuestra Sociedad de Responsabilidad Limitada.

• Inicio de Actividades:

La Iniciación de Actividades es requisito para la instalación de cualquier giro comercial o profesional. En el caso de nuestro restaurante, debemos tener claro cuáles serán las especificaciones de nuestro giro, es decir, el tipo de local que se quiere instalar, ya que de esto depende el código tributario bajo el cual operaremos, en nuestro caso será: “ESTABLECIMIENTOS DE COMIDA RÁPIDA (BARES, FUENTES DE SODA, GELATERÍAS, PIZZERÍAS Y SIMILARES)” código 552020.

El trámite de Iniciación de Actividades se puede realizar “online” en el Sitio Web del Servicio de Impuestos Internos o presencialmente en las oficinas correspondientes a la comuna donde operará el local (Santiago) y se debe solicitar el formulario disponible para ese efecto (4415).

Este formulario lo completaremos con datos como el nombre de la razón social, nombre de fantasía, fechas de los trámites de legalización de la sociedad (fecha escritura y publicación en el Diario oficial), dirección del local, nuestro giro con su respectivo código, además de identificar a los socios y declarar el capital aportado por cada uno, incluyendo el porcentaje de participación en la empresa, y deberá ser presentado y firmado por el contribuyente o representante de la sociedad.

Dado que cualquier actividad que tenga relación con la recaudación y pago de I.V.A. se enmarca dentro de las actividades llamadas “de Primera Categoría” y por ende requiere de verificación de domicilio, ésta se efectúa generalmente dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción del Formulario. Para esto último es fundamental contar con algún documento que acredite la calidad del domicilio bajo el cual operará el giro, es decir, si es arrendado, propio, cedido, etc.

La Iniciación de Actividades no tiene costo en dinero y el tiempo que demore dependerá principalmente de la correcta presentación de los antecedentes y de la verificación de domicilio.

• Solicitud de permisos municipales:

Para obtener la patente comercial que necesitamos deberemos pedir en primer lugar un informe de factibilidad, permiso de edificación y recepción final del inmueble donde se desarrollará el negocio, este informe es otorgado por la Dirección de Obras de la Municipalidad. Su intervención obedece a que la Municipalidad debe asegurarse de que el local comercial no interfiera con el plano regulador de la comuna. Por ejemplo: hay que asegurarse de que no se ejerza actividad comercial en una zona destinada a uso residencial.

Además necesitaremos una resolución sanitaria emitida por la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud de la región. Para esto deberemos

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