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ELEMENTOS INSTRUMENTALES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONTRIBUCIONES

Adrian CarreraResumen11 de Enero de 2023

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        CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES EN CIENCIAS JURÍDICAS Y[pic 1]

CRIMINÓLOGICAS[pic 2]

TEMA:

ELEMENTOS INSTRUMENTALES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONTRIBUCIONES  

MATERIA:

DERECHO FISCAL

NOMBRE DEL ALUMNO:

GUTIÉRREZ CARRERA RAÚL

raulcarreragutierrez25@gmail.com

PROFESOR:

OMAR DAVID ROBLES SAUTTO

ACTIVIDAD:

INVESTIGACION DEL TEMA

Ciudad de México. 8 de diciembre 2022

Introducción

En este tema acerca de los elementos instrumentales para el cumplimiento de las atribuciones, hablaremos como bien se sabe antes que nada del derecho fiscal que podemos entender como normas que regulan la forma, procedimientos y obligaciones que el fisco y los demás sujetos tienen con el Estado, con esto podemos abrir un parteaguas de todo el tema en sí, para un mero entendimiento acerca de las atribuciones que se generan atraves de la utilización del contribuyente como sujeto pasivo, lo que se debe llevar a cabo o en este caso, lo que deben seguir para que se realicen dichas obligaciones fiscales. Por lo tanto, el tributo o la relación tributaria es meramente una relación jurídica, donde los contribuyentes pagan contribuciones con el cumplimiento del deber, sin llegar a confundirse es simplemente pagar la utilidad de los servicios generados, El estado es quien establece estas contribuciones, se le puede llamar una relación jurídica ya que las normas estas sujetas al sujeto pasivo y al sujeto activo. El establecimiento de la contribución o del pago se hace mediando una recaudación y fiscalización, por esta razón vamos a entender todo lo que conlleva este tema y sus funciones, instituciones que se manejan, así como la funcionalidad de ellas y de cada una de las partes en el tema de estos instrumentos, por último, no me queda mas que decir  que este tema tiene como finalidad la aplicación o gestión de las contribuciones en el cual tenemos que comprender que todos los instrumentos administrativos van dirigidos a la información, o en este caso a la asistencia al contribuyente y las demás personas fiscales, asi como veremos los elementos para las actuaciones de los sujetos pasivos como se mencionaba con anterioridad, en el ejercicio de sus derechos en el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes hacia el Estado.

Desarrollo

Registro de los contribuyentes y los demás obligados:

Como primer apartado se encuentra los registros fiscales, los cuales son instrumentos de control que son creados por las autoridades administrativas fiscales, estos permiten identificar a los contribuyentes. Para poder fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias el mas importante es el RFC la cual es la herramienta de control de la secretaría de hacienda y crédito público, con la finalidad de de poder vigilar y exigir el cumplimiento de las obligaciones fiscales, la SHCP es la única autoridad para poder asignar el RFC, la cual cuenta con 13 posiciones incluidas la homónima y el digito verificador. Este RFC cuenta tres letras y seis dígitos para personas morales y de cuatro letras y seis dígitos para personas físicas. Los requisitos que se necesitarían para la inscripción en el RFC seria atraves de internet con los siguientes documentos. Acta de nacimiento o constancia de la CURP, comprobante de domicilio, identificación personal, numero de folio asignado, copia certificada del poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante autoridades fiscales o ante notario o fedatario público. En el caso de las personas morales seria copia de la solicitud de inscripción, cedula de identificación fiscal o constancia de registros, guía de obligaciones y acuse de inscripción al RFC.

Expedición y conservación de comprobantes de los ingresos, actos y operaciones:

Los contribuyentes que cuenten con un local que sea fija están obligadas a registrar el valor de los actos o las actividades que lleguen a realizar con el público en general, expedir comprobantes para que se puede facilitar a la autoridad fiscal y al contribuyente el control de la información sobre las operaciones económicas y jurídicas, a su vez el comprobante fiscal es el documento que sirve para comprobar las adquisiciones de la mercancía, servicios e inversiones y puede ser, factura o factura electrónica, nota de crédito, nota de cargo, recibo de honorarios, recibo de arrendamiento, un boleto de avión y un boleto expedido por la máquina de comprobación fiscal. Así mismo las leyes fiscales hacen referencia a los (comprobantes fiscales) que sirven también para control de las contribuciones como son el acreditamiento de impuestos, existen los comprobantes simplificados, comprobantes fiscales digitales y los comprobantes expedidos por donatarias autorizadas. Dentro de estos comprobantes el Código Fiscal de la Federación en el articulo 29 menciona que será obligatorio expedir comprobantes fiscales, por toda la actividad, acto o ingreso que se perciba, estos deberán ser emitidos por vía digital en la pagina de internet del servicio de administración tributaria (SAT) y el articulo 29-A nos dice que los comprobantes emitidos por la máquina de comprobación fiscal no estarán sujetos a observar los requisitos de dicho artículo y en los últimos comprobantes expedidos por donatarias autorizadas nos menciona el artículo 46 del CFF y sus requisitos así como el pazo de conservación en el artículo 30 CFF que señala la documentación y la contabilidad.

Dictámenes contables sobre estados financieros:

Por estado financiero se entiende a el documento que esta suscrito por una actividad económica, en el que se consigan los datos valuados en unidades monetarias, referentes a la obtención y aplicación de los recursos materiales, y los dictámenes financieros o contables, son los documentos que suscribe el contador publico que se sustenta en las normas contables, alcance y resultados del examen realizado sobre los estados financieros, su objetivo de ellos es contar una opinión profesional sobre los estados financieros. De acuerdo al articulo 32-A del CFF están obligados a la presentación de dictámenes financieros las personas físicas y morales con actividades empresariales están obligados a dictaminar del articulo 52 del CFF sus estados financieros por contador público autorizado.

El dictamen financiero deberá contener carta de presentación del dictamen, dictamen e informe sobre la revisión de la situación fiscal, del contribuyente, hoja electrónica de cálculo o sistema desarrollado que contenga la información sobre los estados financieros básicos respecto de los cuales emite su dictamen y los datos del cuestionario de autoevaluación, así como también estados financieros básicos y las notas relativas a los mismos que deberá tener (estados de posición financiera, estado de resultados, estado de variaciones de capital contable, estado de cambios en la situación financiera)

Intervención de notarios, agentes aduanales, servidores públicos y de otros auxiliares de la administración fiscal:

El notario: como se puede explicar, un notario es un profesional del derecho en que el estado delega la facultad de conferir fe pública, es el encargado de recibir, interpretar, y redactar el documento publico que otorga seguridad jurídica a las partes, las actividades notariales implican el cobro de impuestos y derechos, establecidos en las legislaciones federal y local, que los particulares deben pagar por las distintas operación e instrumentos que de ellas se derivan. El articulo 26 y 73 del CFF establecen que el notario tendrá un lapso de 15 días para entregar al fisco las contribuciones recaudadas, deberá recaudar los impuestos sobre la adquisición, además de fungir como recaudador y enterador de diversas contribuciones locales y federales, tiene obligaciones de tipo informativo como es la inscripción al RFC, avisos de enajenación y adquisición de inmuebles, liquidación o cancelación del registro de sociedades denominado Declaración Informativa de Notarios.

El agente aduanal: es la persona física autorizada por la SHCP mediante una patente para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en la legislación respectiva. Los agentes aduanales son responsables del pago de los impuestos al comercio exterior y de las demás contribuciones, así como las cuotas compensatorias, que se causen con motivo de la introducción de mercancías al territorio nacional o de su extracción del mismo, dentro de sus obligaciones de del agente aduanal del articulo 162 de la Ley Aduanera son declarar bajo protesta de decir la verdad, el nombre y domicilio fiscal del destinatario o del remitente de las mercancías, la clave del RFC de aquellos y el propio, la naturaleza y características de las mercancías de comercio exterior en que intervenga, en las formas oficiales y documentos en que se requieran y en su caso formar un archivo de cada uno de los pedimentos tramitados de dichos perímetros que autorice la secretaria.

Auxiliares de la administración fiscal: hay un sin número de sujetos, privados y públicos que por sus actividades están sujetos a múltiples obligaciones fiscales sustantivas o formales, donde estas obligaciones sirven de instrumento a la administración fiscal para poder ejercer un mejor control de contribuyentes. Estos auxiliares del fisco no están sistematizados en ningún ordenamiento, sino por el contrario, están dispersos en distintas leyes económicas, financieras, códigos y que dentro de los más destacados se contarían a las instituciones de crédito, los corredores, los apoderados aduanales, fedatarios etc.

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