ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

En el presente trabajo queremos explicar brevemente el derecho financiero con lo referente al presupuesto, tanto como al presupuesto de egresos, los principios de presupuestos de ingresos

sotobbApuntes11 de Agosto de 2016

8.459 Palabras (34 Páginas)380 Visitas

Página 1 de 34

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO[pic 1][pic 2]

FACULTAD DE DERECHO

Introducción

En el presente trabajo queremos explicar brevemente el derecho financiero con lo referente al presupuesto, tanto como al presupuesto de egresos, los principios de presupuestos de ingresos

Y como todo factor del presupuesto se rige por algunas etapas que preparan elaboran, sancionan la ejecución de control.

Haremos de este ensayo un poco más digerible para el lector al especificar el concepto o definición dada a los temas planteados.

Como todos sabemos todo está regido por normas leyes que hacen coactiva su cumplimento para eso tenemos al derecho financiero.

Se entiende que no todo ser humano podemos digerir esta información es por eso la oportunidad de formar parte de la transcripción del escrito a realizar

También es importante asimilar las formas de control procesal por que organizaremos algún progreso a ni¿o sporemosn

 

  1. Presupuesto

1. 1 Concepto: es el cómputo anticipado del coste de una obra o de los gastos y rentas de una corporación. Según el Diccionario de  la Real Academia Española

2.  Presupuesto de egresos:

Es el ordenamiento legal que tiene por objeto expresar, de manera anticipada, los proyectos de gasto de las diversas tareas y actividades que las diferentes unidades administrativas públicas han previsto para ejercer en un ejercicio fiscal.

2.1 Principios del presupuesto de egresos

2.1.1 Principio de Universalidad: un presupuesto elaborado de forma correcta debe incluir absolutamente todas las previsiones de gastos contempladas por el ente público para un ejercicio fiscal determinado; es decir, para un adecuado y sano control del gasto público, todas las erogaciones que los entes públicos contemplen deben estar contenidas en un solo documento, aun cuando se trate de alguna entidad pública no incorporada en el régimen centralizado de gobierno. Se encuentra establecido en el artículo 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala que no podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el presupuesto o determinado por la ley posterior.

2.1.2 Principio de Unidad: establece que por ningún motivo deberá hacerse de manera simultánea, dos o más presupuestos, es decir, no resulta técnicamente correcta la postura consistente en elaborar dos o más de estos documentos para ser aplicados a diversas unidades administrativas estatales en el mismo ejercicio.

2.1.3 Principio de Especialidad: consiste en que dentro de un presupuesto de egresos no deben asentarse las partidas en forma genérica o abstracta; es decir, que el programa de gastos se haga en forma general. Por el contrario, cada una de las actividades que se programen, se deberán particularizar en tal forma que permitan conocer al detalle los objetivos, los tiempos y las cantidades que se van a gastar en cada caso.

2.1.4 Principio de Anualidad: como el proyecto de obtención de los ingresos públicos se programa de manera anual, en un periodo que técnicamente recibe el nombre de ejercicio fiscal, el presupuesto de egresos debe coincidir con ese periodo, a fin de que exista una completa adecuación entre astas dos partes fundamentales del derecho presupuestario que son los ingresos y los gastos.

  1. Etapas del Presupuesto
  • Planeación y formulación del presupuesto
  • Revisión y aprobación
  • Ejecución del gasto público
  • Control y auditoría del gasto

El proceso no es lineal, ya que las etapas que lo integran suman una duración mayor a un año: al mismo tiempo que se prepara el presupuesto del año entrante, se ejecuta el preparado el año anterior.

Entre los principales documentos normativos que inciden de manera directa en el presupuesto público federal se encuentran la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Planeación.

• Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFP y RH) Contiene la normatividad a que se halla sujeta la elaboración, ejercicio y registro del presupuesto federal. En ella se definen las atribuciones y funciones de los responsables de la operación de la política fiscal; se fijan los límites y alcances de la operación de las finanzas públicas y se establece la autonomía presupuestaria, definiendo los principios y reglas a que deben sujetarse las funciones de ingreso y gasto del sector público, y los requisitos que deben satisfacerse para su cumplimiento.

• Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria Corresponde al ordenamiento legal mediante el cual se hace operativa la LFP y RH, en materia de programación, presupuestario, aprobación, ejercicio, contabilidad, control y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales.

• Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Establece las bases organizacionales de la Administración Pública Federal y las atribuciones de cada Secretaría de Estado y los Departamentos Administrativos.

 • Ley de Planeación Define las normas y principios básicos conforme a los cuales se lleva a cabo la Planeación Nacional del Desarrollo y encauza las actividades de la Administración Pública Federal. Así mismo, contiene las bases para que el Ejecutivo Federal coordine sus actividades de planeación con las entidades federativas, conforme a la legislación aplicable.

3.1  Planeación y formulación 

El artículo 42 fracción II de la LFPyRH establece al Poder Ejecutivo como responsable de preparar el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PPEF) y entregarlo a la Cámara de Diputados. Al interior del Poder Ejecutivo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) es la encargada de formular el PPEF y presentarlo a la consideración del Presidente de la República. Lo anterior, de acuerdo a lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Para integrar el PPEF, la SHCP solicita a las dependencias del gobierno integrar su anteproyecto de egresos.

En el caso de las dependencias de la Administración Pública Federal y los organismos independientes, su anteproyecto debe cumplir con los lineamientos específicos que publica la SHCP así como con el Plan Nacional de Desarrollo. A diferencia de las dependencias, los Poderes de la Unión únicamente someten su presupuesto al Ejecutivo para su directa incorporación al proyecto de Presupuesto. En caso de que alguna dependencia no remita su anteproyecto, la SHCP está facultada por esta misma Ley para formular su proyecto de presupuesto.

3.2 Sanción y aprobación:

Para Duverger aprobar el presupuesto es una prerrogativa esencial de las asambleas en un régimen democrático, es indiscutible que en gran medida la salud y desarrollo de la democracia de un país se mide por el grado y la calidad de intervención del poder legislativo, en todos los órdenes y latitudes de la política nacional.

Se da la difícil tensión de quienes, por un lado, aduciendo razones de alta democracia propugnan una creciente intervención del legislativo en cuestiones presupuestarias, y quienes, argumentando razones de alta calidad técnica, pretenden limitar su intervención.

Los partidarios de tomar más en cuenta las cuestiones técnicas presupuestarias, aducen la idea de que la estructura presupuestaria esta inteligentemente construida operándose una estrecha vinculación entre las distintas partidas presupuestarias.

En México la constitución política en sus articulo 74 F.IV, establece como facultad exclusiva de la cámara de diputados la de examinar discutir y aprobar anualmente el presupuesto de egresos de la federación del departamento del distrito Federal, discutiendo primero las contribuciones que a su juicio deben decretarse para cubrirlas; así como revisar la cuneta publica del año anterior.

Estos proyectos de presupuesto deberán hacerse llegar  a la cámara a más tardar el día último del mes de noviembre, debiendo comparecer el secretario de hacienda y crédito Público a dar cuenta de los mismos. Esta exclusiva atribución  del acamara de diputados para aprobar el presupuesto de egresos de la federación tuvo su origen en 1874, fecha en que se estableció en México el bicameralismo, distribuyéndose en dos cámaras las facultades que anteriormente tenia reservadas la cámara única.

Finanzas públicas, Faya Viesca Jacinto,ED.Porrua,P.206,207,208.

De la Garza nos dice en referencia a la discusión y aprobación del presupuesto:

La cámara de diputados debe dar atención inmediata a la iniciativa de ley de ingresos, a fin de que, una vez sancionada por ella, la remita al senado, para los mismos efectos, y enseguida la cámara de diputados debe ocuparse del proyecto de presupuesto de egresos. Debe recordarse que por disposición constitucional (Art 71, inciso b) debe preceder a la de senadores, en la discusión y aprobación de  la ley de ingresos, es de la competencia exclusiva de la cámara de diputados, (Art 74, F IV).

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (57 Kb) pdf (358 Kb) docx (73 Kb)
Leer 33 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com