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Etapas De Proceso De Importacion


Enviado por   •  11 de Abril de 2015  •  1.089 Palabras (5 Páginas)  •  565 Visitas

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ETAPAS EN EL PROCEDIMIENTO DE LAS IMPORTACIONES

1. DESPACHO URGENTE

Facilitar el ingreso de los envíos de urgencia y/o socorro en el caso de catástrofes naturales, epidemias o siniestros y de aquellas mercancías que por sus naturaleza requieran un tratamiento preferencial para su despacho.

ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO

• El despachador de aduana solicita la destinación aduanera al régimen de Importación, vía transmisión electrónica a la Aduana de despacho, con la información de la DUA, de acuerdo a las instrucciones indicadas en sus respectivas cartillas, utilizando la clave electrónica que le ha sido asignada, indicando el código que corresponda de acuerdo a los cuadros anteriores.

• El SIGAD, valida los datos de la información transmitida por el despachador de aduana, generando de ser conforme, el número correspondiente a la Declaración; caso contrario, indica por el mismo medio las correcciones pertinentes.

• El despachador de aduana cancela la deuda tributaria aduanera y demás conceptos, consignados en el ejemplar "C" de la DUA y en la liquidación de cobranza complementaria, de corresponder en caso de tributos liquidados en soles por aplicación del impuesto selectivo al consumo o Régimen de Percepción, en efectivo y/o cheque en las oficinas bancarias autorizadas, o mediante pago electrónico, dentro del plazo de tres (03) días contados a partir del día siguiente de numerada la DUA; vencido dicho plazo, se liquidan los intereses moratorios por día calendario hasta la fecha de pago inclusive, excepto en el Régimen de percepción del IGV. Asimismo, en el caso del Régimen de Percepción del IGV, la liquidación de cobranza debe ser cancelada en efectivo o mediante cheque certificado o de gerencia.

• Luego de la cancelación y/o garantía de ser el caso, de la deuda tributaria aduanera y de los derechos antidumping o compensatorios provisionales de corresponder, se podrá visualizar en el portal de la SUNAT en Internet o mediante aviso electrónico el canal de control al que ha sido asignada la DUA, pudiendo ser: rojo (reconocimiento físico) o naranja (revisión documentaria).

• El personal designado, verifica que la documentación presentada corresponda a las mercancías declaradas.

• El SIGAD designa al especialista en aduanas, quien se encargará de la revisión documentaría o reconocimiento físico; de ser conforme, el personal encargado entregará copia de la Declaración reservándose el original hasta la regularización respectiva, dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes contados desde el término de la descarga.

• Para el levante de las mercancías, éstas deben haber arribado al territorio aduanero.

• La regularización de los despachos urgentes se efectúa vía transmisión electrónica de la información, y la presentación al área de despacho de la documentación sustentatoria completa, previa transmisión del Documento Único de Información del Manifiesto (DUIM).

2. SISTEMA DE DESPACHO ANTICIPADO ADUANERO

Facilitar el trámite de importación definitiva, incorporando en un solo proceso de aplicación nacional, las medidas necesarias para que las mercancías puedan ser despachadas dentro de las 48 horas a partir de su ingreso al Punto de Llegada, sin el requisito de su ingreso previo a un terminal; asimismo, se regula el proceso a seguir cuando las mercancías son descargadas directamente al local del importador.

ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO

• El despachador de aduana solicita la destinación aduanera al régimen de Importación, vía transmisión electrónica a la Aduana de Despacho, con la información de la Declaración Única de Aduanas (DUA), antes de la llegada de la mercancía al lugar de ingreso al país, transmitiendo también la información complementaria, en caso la DUA no contenga la información del manifiesto de carga, número del documento de transporte master y/o número de contenedor.

• El despachador de aduana cancela la deuda tributaria aduanera y los derechos antidumping o compensatorios de corresponder, consignada en el formato “C” de la DUA y en la liquidación de cobranza complementaria por aplicación del ISC o percepción del IGV de corresponder, en efectivo y/o cheque en las oficinas bancarias autorizadas o mediante pago electrónico, desde el día que se numera la DUA hasta la fecha del término de la descarga, en la forma descrita en el procedimiento IFGRA-PE.15 “Pago – Extinción de Adeudos”; a partir del día calendario siguiente de la fecha de término de la descarga, se liquidan los intereses moratorios por día calendario hasta la fecha de pago inclusive, excepto para la percepción del IGV. Asimismo, en el caso del Régimen de Percepción del IGV, la liquidación de cobranza debe ser cancelada en efectivo o mediante cheque certificado o de gerencia.

• Luego de la transmisión de la información complementaria y su respectiva validación y que la deuda tributaria aduanera y de los derechos antidumping o compensatorios y la liquidación de cobranza complementaria por aplicación de ISC o percepción de IGV relacionados a la DUA hayan sido cancelados o garantizados, se podrá visualizar en el portal de la SUNAT en Internet o mediante aviso electrónico el canal de control rojo (reconocimiento físico) o naranja (revisión documentaria) o canal verde al que ha sido asignada la DUA.

• Las mercancías seleccionadas a canal de control verde son de libre disponibilidad, excepto la carga consolidada, la cual se traslada al Punto de Llegada para su desconsolidación y posterior retiro.

3. ENVIOS POSTALES

Se considera envíos postales a los envíos de correspondencia, las encomiendas postales, pequeños paquetes, diarios y publicaciones periódicas e impresos remitidos por la vía postal (SERPOST).

ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO

Despacho efectuado directamente por el destinatario.

• El destinatario que efectúe directamente el despacho de ingreso de envíos postales, debe presentarse en las oficinas de SERPOST portando el aviso de llegada a efecto que el personal del almacén ponga a disposición de la Intendencia de Aduana Postal del Callao o aduana operativa de la jurisdicción del destinatario, el bulto sujeto a reconocimiento físico.

• El declarante solicita en la ventanilla de aforo de la oficina de aduana respectiva la Declaración Simplificada llenando los datos de los rubros 1, 3, 5 y 11 de la misma.

• Efectuando el reconocimiento físico, de ser conforme el especialista en aduanas procede a ingresar la diligencia y el sistema emite la liquidación de tributos respectivos, cuyo monto debe ser cancelado dentro de los tres (3) días de numerada la Declaración; vencido dicho plazo sin que se efectúe el pago, se liquidarán los intereses moratorios por mes o fracción de mes.

• El destinatario cancela el adeudo consignado en la liquidación de tributos en las oficinas de los bancos autorizados, quienes sellan la liquidación entregando al interesado el comprobante de transacción bancaria, autorizándose el levante de las mercancías correspondientes.

• SERPOST permite el retiro de la mercancía con la presentación de copia de la declaración diligenciada y cancelada.

• Si se trata de bienes inafectos, el especialista en aduanas estampa el sello de levante en la Declaración Simplificada y se la entrega al usuario para que solicite el retiro de su envío a SERPOST.

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