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Exportacion De Telas

kevinrubal2224 de Mayo de 2015

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INSTITUTO TECNOLOGICO DE AGUASCALIENTES

DEPARTAMENTO:

Ciencias económicas y administrativas

CARRERA:

Ingeniería en gestión empresarial

MATERIA:

Tráfico y Transporte

TEMA:

Trabajo final

PROFESOR:

Damián

ALUMNA:

Erika Naxiely Muro Macías

(completen los nombres)

Tequila “Jose cuervo”

Jose Cuervo Especial ha sido parte de México desde 1795, es el tequila número 1 en el mundo.

Actualmente se vende en más de 90 países:

• La número 8 globalmente.

• La número 5 en Estados Unidos.

Jose Cuervo Especial se dio a conocer a través de la muy famosa y mexicana bebida “Margarita”.

Jose Cuervo Especial es un tequila Premium color dorado, perfecto para mezclar y preparar diferentes bebidas.

Por ejemplo:

• Margaritas con “Margarita Mix”

• “Sangrita Viuda de Sánchez” para el Vampiro.

• “Paloma” con refresco de toronja.

• “Maroma”" una increíble mezcla con refresco de Manzana.

Conocido en el mundo como Cuervo Gold, Jose Cuervo Especial se obtiene al ser reposado en barricas dobles

Logrando obtener un extraordinario suave y dulce sabor, con aroma a madera, nueces y avellanas.

Exportaciones

La actividad exportadora constituye una importante alternativa de desarrollo para las empresas en lo particular y de manera general para el país. En términos económicos, ambas actividades forman parte de la balanza comercial, y su saldo refleja el superávit o déficit comercial.

Concepto

La exportación es el envió de mercaderías nacionales o nacionalizadas para su uso o consumo en el exterior. Jurídicamente, ello significa una venta más allá de las fronteras políticas de un país.

Material: TEQUILA

Unidades *

• Origen de la mercancía: JALISCO

• Destino de la mercancía: HONDURAS

Todos los productos que se importen y exporten se identifican con un número a este se le denomina, y según su tipo pagan cierto impuesto.

El Tequila tiene un impuesto que es el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), La cuestión tributaria primero debe de justificar el punto del beneficio social, cuando se lanza un impuesto debe de repercutir inmediatamente en el beneficio social; sin embargo, a la bebida nacional por excelencia que es el Tequila, donde Jalisco participa en la producción y es a la única a la que se la carga ese impuesto; otras como el Ron, el Vodka ó el Brandy no tienen ese impuesto, ojo, cuando un Tequila se exporta no carga IEPS” señaló García Murillo.

http://magazinemx.com/bj/articulos/articulos.php?art=5211

FRACCION ARANCELARIA

Sección: IV Productos de las industrias alimentarías; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados

Capítulo: 22 Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre

Partida: 2208 Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior a 80% vol; aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas.

SubPartida: 220890 - Los demás.

Fracción: 22089003 Tequila.

U. de Medida: L Arancel IVA IVA F.F. IEPS

Importación 20* 15 10 50

Exportación Ex. .

RESTRICCIONES:

En Importación:

NOM-006-SCFI-2005,

En Exportación:

NOM-006-SCFI-2005 (Cuando se exporte una cantidad no mayor a 12 litros y el tequila ostente la contraseña oficial que identifique su cumplimiento, no se anexa al pedimento el original del certificado que compruebe el cumplimiento de la NOM)

ANEXOS:

Anexo 21 Apartado B: Cuando el despacho a la exportación definitiva del tequila exceda a una cantidad en moneda nacional o extranjera de 50 dólares (R.G. 1.10.), únicamente se podrá efectuar en las Aduanas deAguascalientes, únicamente en la Sección Aduanera Aeropuerto Internacional "Ponciano Arriaga", San Luis Potosí, S.L.P., Altamira, Cd. Hidalgo, Colombia, Guadalajara, Guanajuato, Lazaro Cárdenas, Manzanillo,Mexicali, México, Nuevo Laredo, Tampico, Tijuana, Veracruz y Aeropuerto Internacional de la Cd. de México

Tratados de Libre Comercio

E.U.A Canadá Colombia Venezuela Bolivia Costa Rica

Ex. Ex. Ex. Ex. Ex. Ex.

Nicaragua Israel Com. Europea Guatemala El Salvador Honduras

Ex. Ex. Ex. 4.4 Ex. Ex.

Suiza Noruega Islandia Liechtenstein Chile Uruguay.

Ex. Ex. Ex. Ex. Preferencia del 28% sobre el arancel general

Japón

EXCL

Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)

En Exportación:

* Arancel aplicable a partir del 31 de diciembre de 2004 (Art. Primero DOF 30/XII/2004 ).

En la Circular T-887/2004se informa que se han detectado Certificados de exportación de denominación de origen falsos en operaciones de exportación de Tequila y, por ende, el incumplimiento de la NOM-006-SCFI-1994, toda vez que dicha mercancía es declarada como alcoholes, aguardientes (22.08.40.99 ), licores (2208.70.99 ) o cualquier otro destilado, constituyendo un fraude aduanero las citadas operaciones. Para evitar tal situación, se dan a conocer las recomendaciones que se deben considerar para exportar tequila.

1. ________________________________________

2. Normatividad relacionada con el envase, embalaje e información del producto.

NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SCFI-2006, Información comercial-Etiquetado de productos textiles, prendas de vestir, sus accesorios y ropa de casa.

4.1.1 Prendas de vestir y sus accesorios elaborados con productos textiles aun cuando contengan plásticos.

Las prendas de vestir y sus accesorios, deben ostentar la siguiente información en forma legible, en una o más etiquetas permanentes colocadas en la parte inferior del cuello o cintura, o en cualquier otro lugar visible, de acuerdo a las características de la prenda o accesorio en los casos y términos que señala esta Norma Oficial Mexicana.

a) Marca comercial.

b) Descripción de insumos (porcentaje en masa en orden de predominio, conforme a lo dispuesto en la Norma Mexicana NMX-A-099-1995-INNTEX, véase 2, Referencias).

c) Talla para prendas de vestir, o medidas para ropa de casa y textiles.

d) Instrucciones de cuidado (en este caso se permiten leyendas breves y claras o los símbolos, conforme a lo dispuesto en la Norma Mexicana NMX-A-240-INNTEX-2004, sin que sea indispensable que éstos se acompañen de leyendas).

e) País de origen.

f) Para personas físicas: Nombre y domicilio fiscal del fabricante o importador, pudiéndose incorporar de manera voluntaria el RFC.

Para personas morales: Razón social y domicilio fiscal del fabricante o importador, pudiéndose incorporar de manera voluntaria el RFC.

Los datos referidos en el incisos f), deben presentarse en cualquiera de las etiquetas mencionadas en los puntos 3.6.1, 3.6.2 o en su empaque cerrado.

4.1.2 Textiles

Los textiles y demás productos no incluidos en la sección anterior deben ostentar la siguiente información en forma legible, en los casos y términos que señala esta Norma Oficial Mexicana:

a) Descripción de insumos (porcentaje en masa en orden de predominio).

b) País de origen.

c) Para personas físicas: Nombre y domicilio fiscal del fabricante e importador, pudiéndose incorporar de manera voluntaria el RFC.

Para personas morales: Razón social y domicilio fiscal del fabricante e importador, pudiéndose incorporar de manera voluntaria el RFC.

Debe señalarse la marca comercial del producto.

4.3.1 La denominación de las fibras, donde proceda, debe señalarse conforme a lo establecido en los capítulos 3 y 4 de la Norma Mexicana NMX-A-099-INNTEX-1995 (véase capítulo de referencias).

Para estos efectos, es obligatorio el uso de nombres genéricos (no sólo los símbolos) de las fibras, contenidos en la norma antes señalada, por lo que no es aceptable el uso de abreviaturas o nombres diferentes a los ahí indicados. Cuando la norma citada contemple más de un término para denominar una fibra se podrá utilizar cualquiera de los términos

4.4 Tallas

4.4.1 Las tallas de las prendas de vestir deben expresarse en idioma español, sin perjuicio de que puedan indicarse además en cualquier otro idioma en segundo término, admitiéndose para tal efecto las expresiones o abreviaturas que tradicionalmente se vienen utilizando de acuerdo con el uso cotidiano y las costumbres

4.4.2 Las medidas de la ropa de casa deben expresarse de acuerdo a los símbolos que correspondan al Sistema General de Unidades de Medida, como son: m, cm, mm (véase NOM-008-SCFI), sin perjuicio de que se exprese en otros sistemas de unidades de medida.

4.5 Instrucciones de cuidado

Las prendas de vestir, ropa de casa y los accesorios deben ostentar exclusivamente la información relativa al tratamiento adecuado e instrucciones de cuidado y conservación que requiera el producto y determine el fabricante, debiendo comprender, en su caso, los siguientes datos: ...

4.5.1 Lavado

a) A mano, en lavadora, en seco o proceso especial o recomendación en contrario de alguno de estos tipos de lavado.

...

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