Finanzas Colombiana
nanes12 de Febrero de 2012
2.308 Palabras (10 Páginas)477 Visitas
DECRETO 663 DE 1993
(Abril 2 de 1993)
Diario Oficial No. 40.820, del 5 de abril de 1993
<ESTATUTO ORGANICO DEL SISTEMA FINANCIERO>
"Por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración"
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
Para comprender el sistema financiero colombiano tenemos que tener en cuenta que es un sistema financiero , el cual hace referencia a un conjunto de instituciones y intermediarios financieros , relacionan entre si, directa o indirectamente , en otras palabras es cuando una persona jurídica o natural realizan un deposito de dinero en un intermediario en este caso lo q hace el intermediario o el banco es captar y realizar un deposito en cuentas corrientes , de ahorros.
El resultado de este proceso se convierte en préstamos o créditos para personas o empresas solicitantes.
¿Cómo está constituido el estatuto orgánico del sistema financiero?
El sistema financiero principalmente esta integrado por la autoridad monetaria, los bancos comerciales, las corporaciones financieras, las corporaciones de ahorro y vivienda y las compañías de financiamiento comercial .
Según el nuevo estatuto organico se ha clasificado como otras entidades finacieras: los organismos cooperativos de grado superior de carácter financie las cajas de ahorro actualmente existentes y las sociedades de capitalización asi mismo
AUTORIDADES MONETARIAS
Es la q intenta darle al país mayor participación en la economía mundial y lograr un gran avance en los principales mercados, una de las prioridades es lka de los organismos de control, instituciones cuya esencia radica en la capacidad de comprometerse con el desarrollo del país.
En 1991 la asamblea nacional introdujo una gran modificación en el régimen económico y , en particular , al sistema monetario del país, la cual consiste en la conveniencia para la economía y un manejo monetario mas técnico e independiente para un país q esta en proceso de desarrollo y para lograr esta nueva modificación se unió la política monetaria al banco de la republica .
BANCO DE LA REPUBLICA
Entidad creada como banco central de Colombia mediante la ley 25 de 1923, con la reforma constitucional de 1991 se produjo grandes cambios como lo indica el artículo 371 de la nueva constitución política ; el banco de la republica ejercerá las funciones de banca central y con la política económica general la cual fue catalogada de órgano de estado a rango constitucional , esto significa q continuara emitiendo la moneda legal pero también tendrá que regular la circulación monetaria, los cambios internacionales y de crédito , con el gran propósito de responder por la capacidad adquisitiva de la moneda , también administra las reservas internacionales en beneficio de la economía nacional , ser prestamista de última instancia y banquero de los establecimientos de crédito y servir como agente fiscal del gobierno.
En adelante, el Banco de la República será el que decidirá en forma autónoma, cuando debe o no otorgarle crédito al Gobierno o cuando se justifica garantizar sus obligaciones. De esta manera, qued6 facultado pare diseñar -y regular la política monetaria según su propio y único criterio, en concordancia con el marco macroeconómico general, guiado siempre por el objetivo fundamental de mantener la estabilidad de la moneda.
El Banco ya no estará sujeto a la intervención propia del Presidente de la República por el artículo 120 de la Constitución anterior, sino a la regulación que de sus funciones y estructura haga directamente el legislador.
De esta forma, la Entidad cuenta hoy con todas las condiciones técnicas e institucionales pare propender por la necesaria estabilidad monetaria. Así, no sólo se hizo eco a la tendencia internacional sobre el funcionamiento de la banca central, sino que se da al país de un sistema monetario acorde con los requerimientos del desarrollo económico y con su decidida inserción en la economía mundial.
SUPERINTENDECIA BANCARIA
Es una entidad adscrita al Ministerio de Hacienda, creada por la Ley 45 de 1923, y sus funciones de supervisar, vigilar y sancionar a las entidades del sistema financiero se han visto ampliamente mejoradas mediante novedosos esquemas de control y equipamiento tecnológico.
ESTRUCTURA DEL SISTEMA FINANCIERO
ESTRUCTURA GENERAL. El sistema financiero y asegurador se encuentra conformado de la siguiente manera:
1. Establecimientos de crédito: Se consideran establecimientos de crédito las instituciones financieras cuya función principal consista en captar en moneda legal recursos del público en depósitos, a la vista o a término, para colocarlos nuevamente a través de préstamos, descuentos, anticipos u otras operaciones activas de crédito.
Los establecimientos de crédito comprenden las siguientes clases de instituciones financieras: establecimientos bancarios, corporaciones financieras, corporaciones de ahorro y vivienda*1, compañías de financiamiento comercial y cooperativas financieras.
2. Establecimientos bancarios: Son establecimientos bancarios las instituciones financieras que tienen por función principal la captación de recursos en cuenta corriente bancaria, así como también la captación de otros depósitos a la vista o a término, con el objeto primordial de realizar operaciones activas de crédito.
3. Corporaciones Financieras: Son corporaciones financieras aquellas instituciones que tienen por función principal la captación de recursos a término, a través de depósitos o de instrumentos de deuda a plazo, con el fin de realizar operaciones activas de crédito y efectuar inversiones, con el objeto primordial de fomentar o promover la creación, reorganización, fusión, transformación y expansión de empresas en los sectores que establezcan las normas que regulan su actividad
4. Corporaciones de Ahorro y Vivienda: Son corporaciones de ahorro y vivienda aquellas instituciones que tienen por función principal la captación de recursos para realizar primordialmente operaciones activas de crédito hipotecario de largo plazo.
5. Compañías de financiamiento comercial: Son compañías de financiamiento comercial las instituciones que tienen por función principal captar recursos a término, con el objeto primordial de realizar operaciones activas de crédito para facilitar la comercialización de bienes y servicios, y realizar operaciones de arrendamiento financiero o leasing.
6. Cooperativas Financieras: Son cooperativas financieras los organismos cooperativos especializados cuya función principal consiste en adelantar actividad financiera, su naturaleza jurídica se rige por las disposiciones de la Ley 79 de 1988; las operaciones que las mismas realicen se regirán por lo previsto en la presente ley, en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas que les sean aplicables.
7. Operaciones específicas: Las funciones que el presente artículo señala para las distintas clases de establecimientos de crédito se entenderán sin perjuicio de aquellas operaciones que por disposiciones especiales puedan realizar cada una de ellas y de las condiciones o limitaciones que se señalen para el efecto, conforme a los Estatutos especiales que rigen su actividad.
También son instituciones financieras los organismos cooperativos de grado superior de carácter financiero actualmente existentes, cuya función consiste en la captación de recursos del público y la realización primordial de operaciones activas de crédito de acuerdo con el régimen legal que regula su actividad.
Los establecimientos de crédito podrán adquirir y conservar acciones y bonos obligatoriamente convertibles en acciones emitidos por otros establecimientos de crédito. En todo caso ningún establecimiento de crédito podrá tener el carácter de beneficiario real de acciones o bonos obligatoriamente convertibles en acciones emitidos por otra entidad de la misma clase. Para este efecto se tomarán en cuenta las siguientes clases: establecimientos bancarios, corporaciones financieras, corporaciones
...