Grupo Hermanos Vázquez, S.A. de C.V. Compañía Hermanos Vázquez, S.A. de C.V. Aviso de Fusión
Miguel3384Informe22 de Mayo de 2020
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Grupo Hermanos Vázquez, S.A. de C.V. Compañía Hermanos Vázquez, S.A. de C.V. Aviso de Fusión
Avisos Judiciales Y Generales. Publicado el: 19-05-1998. Sección: primera. Edición: Matutina
En las asambleas generales extraordinarias de accionistas de Grupo Hermanos Vázquez, S.A. de C.V., y Compañía Hermanos Vázquez, S.A. de C.V., celebradas el 20 de marzo de 1998, se tomaron las siguientes
RESOLUCIONES
PRIMERA.- Se aprueba y autoriza que Compañía Hermanos Vázquez, S.A. de C.V., se fusione con Grupo Hermanos Vázquez, S.A. de C.V.
SEGUNDA.- La fusión deberá realizarse con Compañía Hermanos Vázquez, S.A. de C.V., de tal manera que esta Sociedad sea la fusionada y Grupo Hermanos Vázquez, S.A. de C.V., sea la fusionante, debiendo hacerse la fusión por absorción en la que desaparecerá Compañía Hermanos Vázquez, S.A. de C.V., y subsistirá Grupo Hermanos Vázquez, S.A. de C.V.
TERCERA.- La fusión surtirá efectos entre las partes y sus accionistas el día primero de abril de mil novecientos ochenta y ocho, y ante terceros surtirá efectos a partir de dicha fecha o de su inscripción en el Registro Público de Comercio de los domicilios de las sociedades, en caso de que esta última sea posterior.
CUARTA.- Para efectos de la fusión, se considerarán los estados financieros de las sociedades fusionada y fusionante con las cifras y datos al treinta y uno de marzo de mil novecientos noventa y ocho. Los balances a esta última fecha se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.
QUINTA.- Extinción del pasivo. Con objeto de que la fusión surta efectos ante terceros en la fecha indicada en la resolución tercera que antecede, y tomando como base los balances de dichas sociedades al 28 de febrero de mil novecientos noventa y ocho, la sociedad fusionada obtendrá de la mayoría de sus acreedores su consentimiento para llevar a cabo la fusión, y a aquellos acreedores que no manifiesten su consentimiento, la sociedad, a través de sus representantes legales, se obliga al pago inmediato de los créditos a su cargo, a partir del día primero de abril de mil novecientos noventa y ocho.
Sin embargo, en términos de lo establecido en el artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, Grupo Hermanos Vázquez, S.A. de C.V., como sociedad fusionante, asumirá las deudas a cargo de Compañía Hermanos Vázquez, S.A. de C.V., y se obliga a pagar dichas obligaciones en los términos, condiciones y plazos con arreglo a los que fueron originalmente contraídas y, en su caso, al pago inmediato de los créditos en favor de los acreedores de la sociedad fusionada que, a partir del día primero de abril de mil novecientos noventa y ocho, manifiesten expresamente su deseo de cobrar sus créditos anticipadamente.
SEXTA.- Grupo Hermanos Vázquez, S.A. de C.V., adquirirá a título universal la propiedad y el dominio exclusivo de todos y cada uno de los bienes y derechos de Compañía Hermanos Vázquez, S.A. de C.V., así como las obligaciones y pasivos que la misma pudiera tener, al valor que aparezca en los libros contables propiedad de la fusionada al momento en que surta efectos la presente fusión, asumiendo en forma incondicional el capital contable, los activos, los pasivos, las diversas cuentas de orden, etcétera, que aparezcan en esa fecha. Asimismo, Grupo Hermanos Vázquez, S.A. de C.V., adquirirá la titularidad de todos y cada uno de los derechos, contratos, convenios o actos jurídicos que haya celebrado la fusionada hasta el momento de su fusión y extinción, así como la titularidad de todas aquellas acciones legales y actos procesales que la fusionada haya ejercitado ante cualquier autoridad judicial o administrativa, incluyendo la titularidad de todas las inscripciones, anotaciones, recursos, amparos y gestiones de cualquier especie o instancia que la misma haya realizado.
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