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Henry Motors. C.A

johanjorshua9 de Diciembre de 2012

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio de Educación Superior

Universidad Nacional Experimental

“Rafael María Baralt”

Administración Tributaria

Sede Triana - Santa Rosa

Trujillo Estado Trujillo

EMPRESA “YENRRY MOTOS, C.A.”

Autor:

Aldana B. Henry J.

C.I.: 18.377.114

Materia: Proceso Administrativo

Sección Nº 2 Nocturna

Profesor: Néstor Fajardo

Trujillo, Noviembre del 201

CAPITILO Nº 01

Planificación

a.- Idea (bien o servicio a desarrollar)

Crear una Sociedad Mercantil bajo la modalidad de Compañía Anónima la cual se dedicara a la compra, venta de repuestos y accesorios para motos, como también prestar servicio técnico y computarizado. Para las siguientes marcas (BERA, MD HOUJIN, SUZUKI, HONDA, YAMAHA, JAGUAR, LEON, KAWASAKI, SKYGO, EMPIRE y BMW).

Esta Sociedad Mercantil estará integrada por La Accionista Sociedad Mercantil “BERA MOTOR, C.A.” con UN VEINTICUATRO POR CIENTO (24%) de las acciones que integran el capital social de la compañía; La Accionista Sociedad Mercantil “MD HOUJIN, C.A.” con UN VEINTICUATRO POR CIENTO (24%) de las acciones que integran el capital social de la compañía; El Accionista “Jesús Alberto Aldana Briceño” con UN VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de las acciones que integran el capital social de la compañía; El Accionista “Henry Jesús Aldana Briceño” con UN VEINTISIETE POR CIENTO (27%) de las acciones que integran el capital social de la compañía; totalizando esto el CIEN POR CIENTO (100%) del capital social de la compañía.

La Compañía tendrá su domicilio principal en el Municipio Trujillo del Estado Trujillo, sin embargo podrá establecer sucursales y agencias en cualquier lugar del territorio de la República o fuera de ella, cuando así lo decida la Asamblea de Accionistas. Contara con una gran variedad de repuestos y accesorios para las distintas marcas de motos, como también contara con la más alta calidad de servicio técnico y computarizado para la satisfacción de los clientes.

b.- Identificación de la empresa/Razón social (acta constitutiva)

Acta constitutiva

Yo, Henry Jesús Aldana Briceño, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 18.377.114, domiciliado en la Carretera Vieja Trujillo Boconó, Casa S/N, Sector Borón Bajo, Parroquia Monseñor Carrillo, Municipio Trujillo del Estado Trujillo, actuando para este acto debidamente autorizado por el Acta Constitutiva Estatutaria de la empresa: “YENRRY MOTOS, C.A.” domiciliada en la ciudad de Trujillo, ante usted con el debido respeto ocurro para exponer: Presento en este acto el documento respectivo de la respectiva firma, el cual ha sido redactado con la suficiente amplitud para que sirva a la vez como Estatutos Sociales de la Misma.

Formulo a usted la siguiente participación a los fines de inscripción, fijación y publicación para lo cual se sirva usted ordenar me sea expedidas dos (2) Copias Certificadas de los recaudos, y del auto que lo provea para proceder a la respectiva publicación.

Es Justicia, en la ciudad de Trujillo, a la fecha 10 de Noviembre del 2012.

Quienes suscriben, Henry Jesús Aldana Briceño, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 18.377.114, domiciliado en la Carretera Vieja Trujillo Boconó, Casa S/N, Sector Borón Bajo, Parroquia Monseñor Carrillo, Municipio Trujillo del Estado Trujillo, Jesús Alberto Aldana Briceño ; venezolano, mayor de edad, titular de las cedula de identidad No 19.270.960 respectivamente domicilio en la Carretera Vieja Trujillo Boconó, Casa S/N, Sector Borón Bajo, Parroquia Monseñor Carrillo, Municipio Trujillo del Estado Trujillo, actuando en nombre propio por medio del presente documento declaramos: Que hemos convenido constituir, como en efecto constituimos una Sociedad Mercantil bajo la modalidad de Compañía Anónima que se regirá en un todo por las cláusulas de éste Documento Constitutivo, el cual ha sido redactado con suficiente amplitud para que sirva de Estatutos Sociales de la misma.

TITULO PRIMERO

DENOMINACIÓN Y DOMICILIO

PRIMERA: La denominación social de la Compañía será “YENRRY MOTOS, C.A.”

SEGUNDA: La Compañía tendrá su domicilio principal en el Municipio Trujillo del Estado Trujillo, sin embargo podrá establecer sucursales y agencias en cualquier lugar del territorio de la República o fuera de ella, cuando así lo decida la Asamblea de Accionistas.

TITULO SEGUNDO

OBJETO Y DURACIÓN

TERCERA: La Compañía tendrá como objeto principal la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de repuestos de motos y en consecuencia toda actividad de lícito comercio, pues la enumeración anterior es meramente enunciativa más no limitativa.

CUARTA: La duración de la Compañía será de Veinte (20) años contados a partir de su inscripción en el Registro Mercantil, pudiendo ser prorrogada o disminuida por decisión de la Asamblea de accionistas que serán convocada a estos efectos.

TITULO TERCERO

CAPITAL SOCIAL, ACCIONISTAS Y ACCIONES

QUINTA: El Capital Social de la Compañía será de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000, oo) dividido en cinco acciones por un valor de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,oo) cada una.

SEXTA: La Accionista Sociedad Mercantil “BERA MOTOR, C.A.” ha suscrito y pagado en su totalidad, 1.200 acciones, comunes y nominativas, con un valor nominal de MIL BOLIVARES CADA UNA (Bs. 1.000,oo) cantidad esta que acredita UN VEINTICUATRO POR CIENTO (24%) de las acciones que integran el capital social de la compañía; La Accionista Sociedad Mercantil “MD HOUJIN, C.A.” ha suscrito y pagado en su totalidad, 1.200 acciones, comunes y nominativas, con un valor nominal de MIL BOLIVARES CADA UNA (Bs. 1.000,oo) cantidad esta que acredita UN VEINTICUATRO POR CIENTO (24%) de las acciones que integran el capital social de la compañía; El Accionista “Jesús Alberto Aldana Briceño” ha suscrito y pagado en su totalidad, 1.250 acciones, comunes y nominativas, con un valor nominal de MIL BOLIVARES CADA UNA (Bs. 1.000,oo) cantidad esta que acredita UN VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de las acciones que integran el capital social de la compañía; El Accionista “Henry Jesús Aldana Briceño” ha suscrito y pagado en su totalidad, 1.350 acciones, comunes y nominativas, con un valor nominal de MIL DE BOLIVARES CADA UNA (Bs. 1.000,oo) cantidad esta que acredita UN VEINTISIETE POR CIENTO (27%) de las acciones que integran el capital social de la compañía; totalizando esto el CIEN POR CIENTO (100%) del capital social de la compañía.

SÉPTIMA: Las acciones son de igual valor y confieren a sus titulares iguales derechos; y son indivisibles con respecto a la Compañía, la cual no reconocerá sino a uno sólo por cada acción, por consiguiente, cuando la acción pertenezca a más de una persona, deberá estar representada por una de ellas. En caso de aumento de Capital Social, los Accionistas tendrán derecho preferente para suscribir nuevas acciones, en la misma proporción en que sean propietarios de las primeras para ese momento y la Asamblea decidirá lo relativo al plazo y condiciones para ejercer ese derecho.

OCTAVA: Los títulos de las Acciones podrán comprender un número cualquiera de ellas y llevarán la firma autógrafa del Presidente Ejecutivo y/o Vicepresidente Ejecutivo de la Junta Directiva. La propiedad de las Acciones se probará única y exclusivamente con la inscripción de las mismas en el Libro de Accionistas de la Compañía, la cual deberá ser firmada por los representantes legales del titular y por el Presidente Ejecutivo y/o Vicepresidente Ejecutivo de la Junta Directiva.

NOVENA: En igualdad de condiciones y en proporción a las acciones que posean, los socios propietarios de las acciones tienen el Derecho de preferencia para la adquisición de las acciones que cualquiera de los accionistas desee enajenar. En consecuencia, el socio que desee vender total ó parcialmente sus acciones deberá ofrecerlas primero a los otros accionistas, quienes tendrán un plazo de treinta (30) días continuos, contados a partir del ofrecimiento formal para resolver sobre el particular. Transcurrido ese lapso sin que ninguno de los accionistas haya ejercido su derecho o si estos no han manifestado su deseo de adquirir las acciones ofrecidas en venta, el accionista vendedor quedará en libertad de enajenarlas a terceras personas.

DECIMA: La cesión de las acciones deberá constar en el respectivo Libro de Accionistas, con la firma del cedente ó su apoderado, quién deberá ser designado por poder debidamente autenticado.

DECIMA PRIMERA: Las acciones que con arreglo a lo que determine el presente documento, deberán ser depositadas en la caja social de la compañía, a los efectos del artículo 244 del Código de Comercio, en consecuencia serán inalienables y respecto de las mismas se procederá de conformidad con lo preceptuado en el citado artículo.

TITULO CUARTO

DE LAS ASAMBLEAS GENERALES DE ACCIONISTAS

DECIMA SEGUNDA: La Asamblea General de Accionistas es el Órgano Supremo de la Compañía y como tal estará revestida de las más amplias facultades para dirigir y administrar los negocios sociales de ella y al ser constituida legalmente conforme a lo dispuesto en estos estatutos y en la Ley, representa la universalidad de los Accionistas y sus actuaciones y decisiones dentro de los limites de sus facultades son de obligatorio cumplimiento para todos ellos, aún cuando no hayan asistido

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