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IMSS Pensión por Invalidez


Enviado por   •  20 de Mayo de 2012  •  Informes  •  6.175 Palabras (25 Páginas)  •  697 Visitas

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IMSS

Pensión por Invalidez

Requisitos, Determinación y Beneficiarios

Introducción

El derecho a la seguridad social en nuestro orden Jurídico Nacional se encuentra compuesto por el conjunto de normas agrupadas en la Ley del Seguro Social (LSS), Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (LISSSTE) y en la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (LISSFAM), todas emanadas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 123.

La LSS ésta dividida en dos grandes regímenes fiscales: el régimen obligatorio, con tres modalidades: la incorporación obligatoria, la continuación voluntaria y la incorporación voluntaria; y el régimen voluntario, integrado por los seguros de salud para la familia y los adicionales.

Tanto el régimen obligatorio como el régimen voluntario en seguros adicionales comprenden los seguros de invalidez y vida, retiro y cesantía en edad avanzada y vejez. La contingencia que protegen cada uno de estos seguros es distinta; sin embargo, en los tres se otorga una pensión bajo el cumplimiento de determinados requisitos perfectamente delimitados en la ley.

El seguro de invalidez y vida otorga pensiones a los asegurados que sufren una invalidez, así como a los familiares de los asegurados o pensionados por invalidez que fallecen a consecuencia de un accidente o enfermedad no profesionales.

El otorgamiento de la pensión está sujeto a diversos requisitos que el asegurado que pretenda obtener la pensión deberá cumplir. Con el fin de saber cuáles son y con el objeto de conocer los diversos térmicos establecidos en la LSS para entender el ramo de invalidez es que en este articulo abordamos este interesante tema.

Concepto de Invalidez

En la exposición de motivos de la LSS de 1943 se conceptualiza la invalidez como “una enfermedad incurable y estabilizada que produce una incapacidad permanente para trabajar y acarrea para el asegurado consecuencias económicas semejantes a las que provoca la edad muy avanzada.”

Conceptualmente, los tribunales han definido en tesis la jurisprudencia emitida por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a la invalidez como:

Invalidez, Estado de Concepto

La invalides es un estado físico que se traduce en la perdida de la capacidad de trabajo, debido a una disminución notable de la salud en la persona, ocasionada por una enfermedad de tipo general, o accidente no profesionales. Tesis I. 1P.T.J/17. Del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito. Seminario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III Junio de 1996, pagina 635.

Amparo directo 11621/95.- 23 de noviembre de 1995.- Unanimidad de votos.

Amparo directo 12161/95.- 11 de enero de 1996.- Unanimidad de votos.

Amparo directo 2231/96.- 14 de marzo de 1996.- Unanimidad de votos.

Amparo directo 2281/96.- 22 de marzo de 1995.- Unanimidad de votos.

Amparo directo 1651/95.- 11 de abril de 1995.- Unanimidad de votos.

Así mismo, en dicha exposición de motivos de la LSS de 1943 se estableció como finalidad del seguro de invalidez la de proteger al trabajador contra la incapacidad general no originada por el riesgo profesional, y que se concibe no solamente como el daño físico proviene de una mutilación, perdida o alteración de un órgano o de una función fisiológica, según una escala establecida, sino que aprecia también las repercusiones económicas o profesionales que puedan acarrear las lesiones o enfermedades, tal como se hace en la mayor parte de las legislaciones de otros países.

Contingencia que Protege el Seguro de

Invalidez y Vida

Los riesgos protegidos por el seguro de invalidez y vida son la invalidez y la muerte del asegurado o del pensionado por invalidez.

Por este efecto se considera que hay invalidez, según lo previsto en el artículo 119 de la LSS. Cuando el asegurado se hallé imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al cincuenta por ciento de su remuneración habitual percibida durante el ultimo año de trabajo y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales.

La declaración de invalidez deberá ser realizada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Contrario a lo que podría pensarse, el estado de invalidez, para efectos de la LSS, no tiene que ver únicamente con el estado de salud de la persona, sino también con la repercusión económica que sufre al no poder prestar sus servicios, como se estableció en la exposición de motivos de la LSS de 1943.

En ese tenor, un trabajador podrá ser declarado inválido cuando cumpla con:

a) Se halle imposibilitado para procurarse mediante un trabajo igual al que venía desempeñando antes de ocurrir el accidente, es decir, que en virtud de su situación física o mental el trabajador no éste facultado para realizar la misma actividad.

Ejemplo

Pensemos en un chofer de tráiler que sufre una lesión el fin de semana en el que pierde cuatro dedos de la mano derecha con las aspas de su lancha de motor. Aun cuando el trabajador tenga una recuperación no podrá seguir realizando la misma actividad. Cabe mencionar que la LSS en ningún momento determina algún porcentaje para considerar la imposibilidad del trabajador para realizar el trabajo.

b) Se halle imposibilitado para procurarse mediante un trabajo igual una remuneración superior a 50% de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo.

Siguiendo con el ejemplo del chofer, pensemos que le salario del último año fue equivalente s $ 650.00 diarios y que derivado del accidente será reubicado en la misma empresa en un puesto de oficina en el que ganara $ 350.00 diarios. En este ejemplo y en virtud de que se está realizando una actividad distinta a la que venía

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