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Impuestos

amy198121 de Enero de 2013

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NUEVO SISTEMA DE CONTROL Y DE SERVICIOS ADUANEROS EN EL ECUADOR

Es una empresa estatal, autónoma y moderna, orientada al servicio. La Corporación Aduanera Ecuatoriana (CAE) cambia de nombre por Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE); uno de los objetivos de la SENAE, es disminuir la cantidad de aforos físicos a través del nuevo Sistema Informático de Comercio Exterior, evitar el uso del papel y acelerar los trámites, y las instituciones involucradas con el comercio exterior que emiten permisos de importación como el Instituto Nacional de Higiene (INH) o el Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN) puedan utilizar un solo portal electrónico para emisión de certificados o de pagos.

IMPORTACIÓN

¿QUE ES UNA IMPORTACIÓN?

Es la acción de ingresar mercancías extranjeras al país cumpliendo con las formalidades y obligaciones aduaneras, dependiendo del RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN al que se haya sido declarado.

¿QUIENES PUEDEN IMPORTAR?

Pueden Importar todas las Personas Naturales o Jurídicas, ecuatorianas o extranjeras radicadas en el país que hayan sido registrados como IMPORTADOR ANTE LA ADUANA DEL ECUADOR.

LOS IMPUESTOS Y ARANCELES A CANCELAR POR LA IMPORTACIÓN SON:

Los Derechos Arancelarios establecidos en los respectivos aranceles.

Los impuestos establecidos en Leyes Especiales (ICE).

EL IVA (impuesto al valor agregado).

Las Tasas por Servicios Aduaneros (Fodinfa).

EJEMPLO DE IMPORTACIÓN X AEROPUERTOS

Una cosa adicional o bien que traiga una persona que no está considerado como efecto personal del viajero es considerado bien tributable, por lo que debe acercarse a foro para pagar los tributos.

Para las autoridades todo esto pasa por la desinformación reinante entre quienes viajan. Entre los efectos personales que se pueden traer sin pagar impuestos están las joyas, bisutería, prendas de vestir, adornos personales y para el hogar, computador portátil, entre otros. La normativa incluye máximo 5 litros de bebidas alcohólicas y 20 cajetillas de cigarrillos de 20 unidades (ver gráfico).

Adicional a esto, se permiten como objetos personales del pasajero hasta una unidad, sea nueva o usada, de los siguientes bienes: reproductor de imagen, vídeo o sonido portátiles; televisor hasta de 21, computador de escritorio y sus periféricos; prismáticos, aparato de proyección y pantalla de hasta 21 pulgadas, entre otros.

Si el producto que trae la persona no está dentro de lo establecido, por este se debe cancelar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE), obviamente si es que la mercadería que ingresa lo amerita. Además de otros rubros como los fletes, el seguro y el Fodinfa (Fondo de Desarrollo para la Infancia, impuesto que administra el INFA).

Hay distintos casos pero Padilla asegura que los elementos en su mayoría retenidos en la terminal aérea son los cigarrillos y el licor, bienes que por tener un ICE elevado del 30 y hasta del 150%, igualan o superan el valor total del producto, por lo que los propietarios prefieren abandonarlos. Estos bienes, transcurridos 30 días, son rematados o pasan al INFA.

Algunos usuarios denuncian tortuosas jornadas para recuperar sus mercancías. Tania Burbano llegó de Panamá con 74 bolsos para venderlos a sus clientas en Guayaquil. En estos gastó 800 dólares, pero para desaduanarlos debió pagar 1.280 dólares, que se fueron en papeleos, permisos de importación e impuestos: “sacar las carteras me tomó un mes. Ahora prefiero traer mi mercadería vía terrestre, desde Colombia”.

Padilla afirma que cuando se trae ropa o accesorios con finalidad comercial obligadamente las personas deben acercarse a tributar. “Lo que liquidan es lo correspondiente a lo mismo que una importación normal”.

Es el inspector de Aduana quien

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