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Las Sociedades Cooperativas De Ahorro Y Préstamo Quedan Reguladas


Enviado por   •  6 de Octubre de 2011  •  932 Palabras (4 Páginas)  •  923 Visitas

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México D. F., a 28 de enero de 2010.

•La CONDUSEF y la CNBV informan que a partir del 13 de agosto de 2009 las SCAP quedan reguladas por la Ley General de Sociedades Cooperativas y por la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.

•De conformidad con el nuevo marco normativo, como primer paso para poder seguir operando, las SCAPS deberán registrarse en el Fondo de Protección antes del 9 de febrero del presente año, y en su caso para aquellas SCAP con activos mayores a 2.5 millones de UDIS (10.9 millones de pesos) obtener la autorización de la CNBV, antes del 31 de diciembre de 2012.

•Asimismo, en protección de los ahorros del público en general se recuerda a la población que la captación de recursos está limitada a las sociedades que expresamente las leyes señalen, ¡tengan cuidado en donde depositan sus ahorros!

•Se alerta a la población sobre esquemas de captación irregular, pirámides financieras fraudulentas que pueden poner en riesgo sus ahorros.

La CONDUSEF y la CNBV informan a la opinión pública que es indispensable cuidar el ahorro fruto de su trabajo, razón por la cual, se recuerda a la población que no todas las empresas pueden captar ahorro, sino solamente: (i) los bancos, (ii) las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo que cumplan con los requisitos del registro antes del 9 de febrero, (iii) las sociedades o asociaciones que se encuentren operando en términos del régimen transitorio de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (LRASCAP) o la Ley de Ahorro y Crédito Popular (LACP), (prórroga condicionada), (iv) las Sociedades Financieras Populares (SOFIPOS) y (v) las Sociedades Financieras Comunitarias (SOFICOS). Por su parte, las uniones de crédito cuentan con autorización para obtener recursos sólo de sus socios o miembros que hayan aportado por lo menos 2,500 UDIS al capital de la Unión.

En línea con lo estipulado por la LRASCAP, el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, constituyó un fideicomiso que se denominará “Fondo de Supervisión Auxiliar de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Protección a sus Ahorradores”, el cual será conocido como “Fondo de Protección”.

Dicho Fondo tiene como objeto fundamental llevar a cabo la supervisión auxiliar de las SCAP, realizar actividades para evitar que estas sociedades tengan problemas financieros y garantizar los ahorros de los socios en caso de insolvencia de las mismas y ser responsable del Registro Nacional de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, el cual contendrá, entre otros, los siguientes datos:

I. La denominación o razón social.

II. El domicilio social.

III. Los datos relativos a su constitución.

IV. El número de socios.

V. El monto de activos.

VI. El lugar o lugares donde se llevan a cabo sus operaciones.

VII. El nombre

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