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Ley De Sociedades Cooperativas


Enviado por   •  5 de Marzo de 2014  •  15.403 Palabras (62 Páginas)  •  273 Visitas

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LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS

Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de agosto de 1994

TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 13-08-2009

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la

República.

CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus

habitantes sabed:

Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

D E C R E T O

"EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :

LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS

Título I

Capítulo Unico

Disposiciones Generales

Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto regular la constitución, organización, funcionamiento y

extinción de las Sociedades Cooperativas y sus Organismos en que libremente se agrupen, así como los

derechos de los Socios.

Sus disposiciones son de orden público, interés social y de observancia general en el territorio

nacional.

Artículo reformado DOF 13-08-2009

Artículo 2.- La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas

físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua,

con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de

actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.

Artículo 3.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por:

I.- Organismos cooperativos, a las uniones, federaciones y confederaciones que integren las

sociedades cooperativas, y

II.- Sistema Cooperativo, a la estructura económica y social que integran las sociedades cooperativas

y sus organismos. El Sistema Cooperativo es parte integrante del Movimiento Cooperativo Nacional.

Artículo 4.- El Movimiento Cooperativo Nacional comprende al Sistema Cooperativo y a todas las

organizaciones e instituciones de asistencia técnica del cooperativismo a nivel nacional. Su máximo

representante será el Consejo Superior del Cooperativismo.

LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS

CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN

Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Última Reforma DOF 13-08-2009

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Artículo 5.- Se consideran actos cooperativos los relativos a la organización y funcionamiento interno

de las sociedades cooperativas.

Artículo 6.- Las sociedades cooperativas deberán observar en su funcionamiento los siguientes

principios:

I.- Libertad de asociación y retiro voluntario de los socios;

II.- Administración democrática;

III.- Limitación de intereses a algunas aportaciones de los socios si así se pactara;

IV.- Distribución de los rendimientos en proporción a la participación de los socios;

V.- Fomento de la educación cooperativa y de la educación en la economía solidaria;

VI.- Participación en la integración cooperativa;

VII.- Respeto al derecho individual de los socios de pertenecer a cualquier partido político o asociación

religiosa, y

VIII.- Promoción de la cultura ecológica.

Artículo 7.- El importe total de las aportaciones que los socios de nacionalidad extranjera efectúen al

capital de las sociedades cooperativas, no podrá rebasar el porcentaje máximo que establece la Ley de

Inversión Extranjera.

Los extranjeros no podrán desempeñar puestos de dirección o administración en las sociedades

cooperativas, además de que deberán cumplir con lo preceptuado por la fracción I del

...

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