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Los detalles técnicos de la mercadería

Omendoza91Tutorial14 de Noviembre de 2012

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DOCUMENTOS PARA EXPORTAR:

o REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES (RUC): Las personas naturales o jurídicas deben tener el RUC debidamente actualizado en el SRI (Servicio de Rentas Internas), estar catalogadas como exportadores en estado activo y con autorizaciones vigentes para: Emitir facturas o comprobantes de venta, y, guías de remisión o CONOCIMIENTO DE EMBARQUE: Se utiliza para el transporte marítimo y es el titulo que representa la propiedad de la mercadería, además de ser la prueba del contrato de transporte y prueba de recibo de la mercadería a bordo.

Los datos que contiene son:

• Datos del cargador.

• Datos del exportador.

• Datos del consignatario.

• Datos del importador.

• Nombre del buque.

• Puerto de carga y de descarga.

• Indica si el flete es pagadero en destino o en origen.

• Importe del flete.

• Marcas y números del contenedor o de los bultos.

• Número del precinto.

• Descripción de mercaderías, pesos bruto y neto, volumen y medidas.

• Fecha de embarque.

FACTURA PROFORMA: Generalmente se utilizan hojas con membrete para confeccionarla; la descripción debe ser lo mas detallada posible y los datos que debe contener son los siguientes:

• Datos del Exportador

• Nombre,

• Dirección

• Teléfono

• Factura Pro Forma N°

• Fecha y lugar de emisión

• Datos del Importador

• Nombre

• Dirección

• Teléfono

• Cantidad y descripción de la mercadería Precio unitario Precio total

• Condiciones de entrega, plazo y forma de pago, incluyendo el Incoterm. • Plazo de validez.

• Firma del exportador.

• Nota: No es imprescindible cumplir con ningún tipo de formalidad establecida por el SRI

FACTURA COMERCIAL: Es emitida por el exportador, y contiene:

• Los nombres del Exportador e Importador, con sus respectivas direcciones y datos.

• Los detalles técnicos de la mercadería

• Fecha y lugar de emisión

• La unidad de medida

• Cantidad de unidades que se están facturando

• Precio unitario y total de venta

• Moneda de venta,

• Condición de venta,

• Forma y plazos de pagos,

• Peso bruto y neto,

• Marca,

• Número de bultos que contiene la mercadería y

• Medio de transporte

• Firmada al pie por alguna persona responsable de la empresa o del sector de Comercio Exterior.

FACTURA COMERCIAL: Es emitida por el exportador, y contiene:

• Los nombres del Exportador e Importador, con sus respectivas direcciones y datos.

• Los detalles técnicos de la mercadería

• Fecha y lugar de emisión

• La unidad de medida

• Cantidad de unidades que se están facturando

• Precio unitario y total de venta

• Moneda de venta,

• Condición de venta,

• Forma y plazos de pagos,

• Peso bruto y neto,

• Marca,

• Número de bultos que contiene la mercadería y

• Medio de transporte

• Firmada al pie por alguna persona responsable de la empresa o del sector de Comercio Exterior.

CARTA DE PORTE: Es el documento más importante en la carga terrestre dado que cumple las mismas funciones que el conocimiento de embarque marítimo, es decir que concede la titularidad de la mercadería al poseedor del mismo; por lo general, este es emitido por la compañía de transporte terrestre, y en el figuran los siguientes datos:

• Exportador.

• Consignatario.

• Importador.

• Lugar y fecha de emisión.

• Detalle de la carga: peso, cantidad, volumen, bultos, descripción.

• Flete, si es pagado o pagadero en destino y monto.

• Ruta y plazo del transporte.

• Marcas y números.

• Aduana de salida del país exportador y aduana de entrada del país importador.

• Formalidades para el despacho de la mercadería.

• Declaración del valor de la mercadería.

• Documentos anexos (copias de factura, certificados, etc.)

• De acuerdo a los requerimientos bancarios y de lo oportunamente acordado entre el exportador y el importador, los documentos originales de la mercadería pueden viajar con el medio de transporte o ser enviados por separado.

GUÍA AÉREA: Este documento es esencial para los envíos aéreos, dado que es el que da la titularidad de la mercadería; es emitido por la compañía aérea, o en su defecto por su representante o freight forwarder (agente de carga), es el equivalente del conocimiento de embarque para cargas marítimas. Los datos fundamentales que contiene este documento son:

• Expedidor o exportador.

• Nombre del destinatario

• Número de vuelo y destino

• Aeropuerto de salida y de llegada.

• Detalles de la carga: peso, volumen, cantidad, tarifa y descripción.

• Indicación de que si el flete es pagadero en origen o en destino.

• Importe del flete.

• Número de guía aérea.

• Fecha de emisión.

Por lo general, al enviar la carga vía aérea y al emitirse la correspondiente guía que la ampara, junto con ella viajan los documentos de embarque que se originan con motivo de la misma, por ejemplo:

factura comercial, certificado de origen, packing list etc.

Estos son entregados al importador en el país de destino junto con la guía aérea original.

LISTA DE EMPAQUE - PACKING LIST: Su finalidad es informar el contenido, peso bruto y neto de la mercadería a ser exportada, de acuerdo a como se encuentra embalada; la emite el exportador en hoja membrete de la empresa, y los principales datos que figuran en ella son:

• Datos del exportador.

• Datos del importador.

• Marcas y números de los bultos.

• Lugar y fecha de emisión.

• Modo de embarque

• Cantidad de bultos y descripción de la mercadería.

• Total de los pesos brutos y netos.

• Tipo de embalaje.

• Firma y sello del exportador.

• Habitualmente, este documento no es muy exigido en las operaciones de comercio internacional, dependiendo este factor de la naturaleza de las mercaderías.

• Por lo general, se lo solicita en grandes embarques, o en aquellos donde existen variedad de tipos de mercadería.

• Si el embarque contiene un solo tipo de mercadería, este documento puede ser obviado.

CUPÓN DE APORTE A CORPEI: el exportador deberá efectuar el pago de la cuota redimible de la CORPEI., prevista en La Ley de Comercio Exterior e Inversiones, LEXI, determinada en el literal e) del artículo 22: "Las cuotas redimibles del 1.5 por mil (uno punto cinco por mil) sobre el valor FOB de las exportaciones del sector privado; excepto aquellas de US$ 3.333,oo (tres mil trescientos treinta y tres dólares de los Estados Unidos de América) o menores, las cuales deberán aportar US$ 5,oo (cinco dólares de los Estados Unidos de América); del 0.50 por mil (cero punto cincuenta por mil) del valor FOB de las exportaciones de petróleo y sus derivados, y del 0.25 por mil (cero punto veinticinco por mil) sobre el valor FOB de toda importación, excepto aquellas menores a US$ 20.000,oo (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América), las cuales deberán aportar US$ 5,oo (cinco dólares de los Estados Unidos de América)."

Cuando las contribuciones totalizan un mínimo de 500 USD, generan un Certificado de Aportación CORPEI, por su valor nominal en dólares y redimible a partir de los 10 años; sin reconocer intereses y garantizados por un fondo patrimonial creado para el efecto.

CERTIFICADOS:

La exportación de ciertos productos requiere un registro del exportador, autorizaciones previas o certificados entregados por diversas instituciones. Entre los certificados tenemos:

Certificados Sanitarios

Certificado Sanitario para las exportaciones de productos pesqueros en estado fresco y para frutas y hortalizas frescas, a la Unión Europea otorga el Instituto

b) Certificados fitosanitarios para exportar productos agrícolas en cualquiera de sus formas, se extiende a través del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria

SESA-MAG.

c) Certificado Zoosanitario para la exportación de animales, productos y subproductos de origen animal, otorga el Servicio Ecuatoriano de Sanidad

Agropecuaria -SESA-MAGAP.

d) Certificado Ictiosanitario para productos del mar y sus derivados, lo confiere el Instituto Nacional de Pesca -INP.

Certificados de Origen

a) Para café en grano y soluble y para cacao y subproductos emite el MIC.

b) Para los productos acogidos a los beneficios del SGP y ATPDEA extiende el MIC.

c) Para los países de ALADI y Grupo Andino, expide por delegación del MIC, las

Cámaras de Industriales, Comercio, Pequeña Industria y FEDEXPOR.

Certificados de Calidad

a) Para productos del mar y derivados, confiere el Instituto Nacional de Pesca.

b) Para conservas alimenticias otorga el INEN.

c) Para banano, café y cacao en grano, emiten los programas nacionales correspondientes

TRAMITES

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