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Marco Legal

JuanOR1211 de Febrero de 2014

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1. Las personas físicas y morales, y sus obligaciones fiscales.

1.1. Personas físicas y morales.

Personas físicas.

Una persona física es un individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos, pueden prestar servicios, realizar actividades comerciales, arrendar bienes inmuebles y trabajar por salarios.

Los atributos de las personas físicas son los siguientes:

Nombre.

Domicilio.

Estado Civil.

Patrimonio.

Capacidad.

Nacionalidad.

Personas morales.

Una persona moral es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociación civil. De acuerdo con su objeto social, una persona moral puede tributar en regímenes específicos como:

 Personas morales del régimen general.

 Personas morales con fines no lucrativos.

 Asociaciones Religiosas.

 Personas morales del régimen simplificado.

Los atributos de las personas morales son los siguientes:

Capacidad.

Patrimonio.

Denominación o razón social.

Domicilio.

Nacionalidad.

1.2. Obligaciones fiscales.

Las obligaciones fiscales son un vínculo jurídico en virtud del cual el estado, denominado sujeto activo exige un deudor, denominado sujeto pasivo, el cumplimiento de una prestación pecuniaria excepcionalmente en especie.

1.2.1. Artículo 31 constitucional fracción IV.

El artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que es obligación de los mexicanos contribuir a los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

1.2.2. Conceptosde impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, aprovechamientos, productos y accesorios.

El impuesto es la prestación de dinero o en especie que establece el Estado conforme a la ley, con carácter obligatorio, a cargo de personas físicas y morales para cubrir el gasto público y sin que haya para ellas contraprestación o beneficio especial, directo e inmediato.

Las aportaciones de seguridad social son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el estado en el cumplimiento de las obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social a las personas que se beneficien en forma especial de seguridad social proporcionados por el mismo estado.

Sobre la clasificación de las Aportaciones de Seguridad Social, la fracción VII del Art. 1 de la Ley de Ingresos de la Federación nos las enumera:

Aportaciones y abonos retenidos a trabajadores por patrones para el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Cuotas para el Seguro Social a cargo de patrones y trabajadores.

Cuotas del sistema de ahorro para el retiro a cargo de los patrones.

Cuotas para el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a cargo de los citados trabajadores.

Cuotas para el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas a cargo de los militares.

EL CFF las define como: Art. 2, fracción III. Contribuciones de mejoras son las establecidas en ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien de manera directa por obras públicas. La doctrina las ha denominado: tributo especial, contribución especial, impuesto de plusvalía, impuesto de planificación, derechos de cooperación.

Contribuciones de Derecho: dentro de la rama fiscal, es el que aportan los contribuyentes al erario público a través de los impuestos de toda índole.

Contribuciones

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