Mypime Nicaragua
shinji_ikari20 de Octubre de 2013
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1. ¿Qué es una MYPYME?Las MIPYME son todas aquellas micro, pequeñas y medianas empresas, que operan como persona natural o jurídica, en los diversos sectores de la economía, siendo en general empresas manufactureras, industriales, agroindustriales, agrícolas, pecuarias, comerciales, de exportación, turísticas, artesanales y de servicios, entre otras.
2. ¿Requisitos para formar una MYPYME? Preséntese al Centro de Apoyo a la Micro, pequeña y mediana empresa (CAMIPYME) de su departamento o a la Ventanilla Única de Inversiones (VUI), para llenar formulario de inscripción acompañado de los siguientes requisitos:
• Fotocopia Cédula de Identidad
• Fotocopia Carnet RUC
• Fotocopia de Matrícula de la Alcaldía vigente
• Escritura de Constitución (persona jurídica)
• Estados Financieros (persona Jurídica)
3. ¿Cuál es el objeto de la ley 645 de las MYPYME?El objeto de la presente Ley es fomentar y desarrollar de manera integral la micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME) propiciando la creación de un entorno favorable y competitivo para el buen funcionamiento de este sector económico de alta importancia para el país.
4. ¿Cuál es el órgano rector de las MYPYME? El órgano rector de esta Ley es el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC) y la instancia ejecutora de las políticas, el Instituto Nicaragüense de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa (INPYME).
5. ¿Para que sirve un plan de negocios? El plan de negocios reúne en un documento único toda la información necesaria para evaluar un negocio y los lineamientos generales para ponerlo en marcha. Presentar este plan es fundamental para buscar financiamiento, socios o inversionistas, y sirve como guía para quienes están al frente de la empresa.
6. ¿Explique la importancia de la ley 219? La presente ley tiene como objetivos en materia de normalización técnica y certificación de calidad de productos y servicios los siguientes:
a) Fomentar el mejoramiento continuo de los procesos de producción y calidad de los productos y servicios ofrecidos a los consumidores y usuarios en Nicaragua.
b) Ordenar e integrar las actividades de los sectores público, privado, científico - Técnico y de los consumidores para la elaboración, adopción, adaptación y revisión de las normas técnicas, en procura de la mejora sostenida de la calidad los productos y servicios ofrecidos en el país.
c) Establecer para la elaboración de normas técnicas un procedimiento uniforme, similar al usado internacionalmente.
d) Establecer laboratorios de prueba, ensayos y calibración como parte del sistema de acreditación empleado por los organismos correspondientes.
7. ¿Cómo se clasifican las MYPYMEen Nicaragua y cuantos negocios existen según su clasificación? Se clasificarán como micro, pequeña y mediana empresa las personas naturales o jurídicas que cumplan con los siguientes requisitos. La clasificación de cada MIPYME, en la categoría correspondiente a micro, pequeña y mediana se hará conforme a los parámetros indicados a continuación:
Variables Micro Empresa Pequeña Empresa Mediana
Parámetros
Número Total de
Trabajadores 1–5 6–30 31–100
Activos Totales
(Córdobas) Hasta 200.0 miles Hasta 1.5 millones Hasta 6.0
millones
Ventas Totales
Anuales (Córdobas) Hasta 1
millón Hasta 9
millones Hasta 40
millones
8. ¿Cuál es el aporte al PIB, al empleo de las MYPYME?2.600 millones de dólares que las micros, pequeñas y medianas empresas (mipymes) aportaron al Producto Interno Bruto (PIB) el 2,010. En el 2011 se espera un crecimiento de las MYPYME en un 5% representando un aumento de 152 millones al PIB.
El sector de las mipymes aporta entre de 35 a 40 por ciento del PIB de Nicaragua, por concepto de las divisas obtenidas por las exportaciones anuales y por las ventas interna.
9. ¿Cuál es el marco legal de las MYPYME?el marco legal en el que se pueden formar y desarrollar las PYMES en NicaraguaEs en este sentido que la Constitución Política de Nicaragua, contiene los siguientes artículos:
arto 5 en el párrafo número 4: " Las diferentes formas de propiedad: pública, privada, asociativa, cooperativa y comunitaria, deberán ser garantizadas y estimuladas, sin discriminación, para producir riquezas y todas ellas dentro de su libre funcionamiento deberán cumplir con una función social".
arto 99: " Es responsabilidad del Estado proteger, fomentar y promover las formas de propiedad y de gestión económica y empresarial, privada, estatal, cooperativa, asociativa, comunitaria y mixta para garantizar la democracia económica y social.
El ejercicio de las actividades económicas corresponde primordialmente a los particulares. Se reconoce el rol protagónico de la iniciativa privada, la cual comprende en su sentido amplio, a grandes, medianas y pequeñas empresas, microempresas, empresas cooperativas, asociativas y otras.
Los bancos estatales y otras instituciones financieras del Estado serán instrumentos financieros de fomento, inversión y desarrollo y diversificaran sus créditos con énfasis en los pequeños y medianos productores.
El estado garantizara la libertad de empresa...."
arto 103: "El Estado garantiza la coexistencia democrática de las formas de propiedad publica, privada, cooperativa, asociativa y comunitaria; todas ellas forman parte de la economía mixta, están supeditadas a los intereses superiores de la nación y cumplen una función social".
arto 104: " Las empresas que se organicen bajo cualquiera de las formas de propiedad establecidas en esta Constitución, gozan de igualdad ante la ley y las políticas económicas del Estado. La iniciativa económica es libre. Se garantiza el pleno ejercicio de las actividades económicas, sin mas limitaciones que por motivos sociales o de interés social impongan las leyes".
10. Procedimientos para la formación de una nueva empresa en Nicaragua
a.INSCRIBÁMONOS EN EL R.U.C.
Nos presentamos en las oficinas del Registro Unico del contribuyente R.U.C. para solicitar nuestra "Cédula R.U.C.) pero debemos acompañar la solicitud con los siguientes documentos:
- Partida de Nacimiento en original y copia.
- Llenar un formulario de información.
- Una foto tamaño carnet
Este documento es entregado el mismo día.
b- PASAR POR UNA LIBRERIA.
Vamos a una librería y compramos los libros para llevar los registros contables. Estos libros son:
- El Libro de Diario
- El Libro Mayor.
c- VAMOS A UN BANCO.
Después de comprar los libros, nos dirigimos a el banco que nos quede mas cerca y ahí pagaremos la cantidad de C$ 50.00 (cincuenta córdobas ) por la inscripción de los dos libros y el foliado de los mismos.
d- EL REGISTRO MERCANTIL.
Gran parte de los PYMES no acostumbran hacer este trámite, sin embargo, es conveniente siempre hacerlo. Se debe ir al REGISTRO MERCANTIL.
En esta oficina se hace una solicitud, en papel sellado, Si Usted ha hecho una Escritura Pública para formar su empresa, debe anexar la solicitud en papel sellado a la Escritura Pública, si no hizo Escritura Pública solo debe registrase y suministrar los datos en la solicitud sobre la base de los Artos. 15 y 19 del Código Comercial de Nicaragua.
También en el Registro Mercantil debe mostrar la minuta de cancelación obtenida en el banco.
e- QUÉ HACER EN LA ALCALDIA.
La alcaldía municipal es un lugar de visita obligatoria para todo PYME y en esta dependencia Usted debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Presentar una solvencia municipal de C$ 25.00 ( veinte y cinco ) cordobas cancelada en la caja de la Alcaldía.
- Llevar una carta, en original y copia, en la cual solicita la matricula comercial expresando los siguientes puntos:
• Nombre del negocio.
• Tipo de negocio.
• Dirección exacta del negocio.
• Barrio en que se ubica el negocio
-Presente original y copia de su cédula R.U.C.
- Presente fotocopias de inscripción de los libros Mayor y diario.
- Se pagará un anticipo de C$ 260.00 ( doscientos sesenta) córdobas de la MATRICULA COMERCIAL . El valor restante de esta matrícula se cancela al recibir este documento lo cual sucede dos meses y diez días después de haber declarado la primera retención del 1.5 % del I.G.V.
f- IR A LA ADMINISTRACIÓN DE RENTA
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