NORMA DE INFORMACIÓN FINANCIERA NIF D-3 "BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS"
nicko727 de Noviembre de 2012
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NORMA DE INFORMACIÓN FINANCIERA NIF D-3
"BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS"
El 29 de agosto el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF) emitió la Norma de Información Financiera D-3 “Beneficios a los empleados” (NIF D-3), la cual entrará en vigor el 1 de enero de 2008 y sustituye al Boletín D-3 “Obligaciones Laborales”
Cabe destacar que se tratan las razones para emitir la NIF D-3, a saber: la finalidad, objetivos y alcance de la norma.
1. Finalidad de la NIF D-3
• Convergencia con Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
• Integración del Boletín D-4. (Tratamiento Contable I.S.R. y P.T.U.).
• Inclusión de Párrafos Boletín C-9. (Beneficios de Terminación por Reestructura).
• Tratamiento homogéneo con la NIF B-10.
2. Objetivos de la NIF D-3
Establecer Normas para el Reconocimiento Contable de los Beneficios que la entidad otorga a sus Empleados y otras provisiones relativas.
3. Alcance de la NIF D-3
Aplicación por parte de Entidades que emiten Estados Financieros conforme a NIF A-3.
Se deberá reconocer un Pasivo por Beneficios a empleados si:
• Existe obligación (legal o implícita) de efectuar pagos en el futuro por sucesos del pasado.
• La obligación es atribuible a servicios prestados.
• La obligación está devengada.
• Es probable el pago del Beneficio.
• El monto puede ser cuantificable.
Si no se cumplen todas las condiciones se debe estimar la posible contingencia acumulada y revelarla
4. Vigencia de la NIF D-3
Las disposiciones contenidas en la NIF D-3 entran en vigor para ejercicios que inicien a partir del 1de enero de 2008.
Se dejan sin efecto los Boletines D-3 "Obligaciones Laborales", D-4 "Tratamiento Contable del ISR, del impuesto al activo y de la PTU", así como la INIF-4. "Presentación en el estado de resultados de la PTU".
5. Cambios Importantes
I. Presenta 3 Tipos de Beneficios: o Directos a Corto y Largo Plazo; o Terminación; y, o al Retiro.
II. Partidas Pendientes de Amortizar:
III. Desaparece el concepto de Obligaciones por Beneficios Actuales (OBA).
IV. Eliminación de Cuentas de Revelación:
V. En consistencia con la NIF B-10
VI. Inclusión del Supuesto de Carrera Salarial:
VII. Cálculo de reducciones y liquidaciones totales de obligaciones con base en la variación total de la Obligación por Servicios Pasados, antes y después del evento.
NIF D-4 IMPUESTOS A LA UTILIDAD
ANTECEDENTES:
Con la actualización de las Normas internacionales de contabilidad estándar (IAS) y la declaración 109 de la junta de contabilidad de normas financieras (FASB), así como los cambios importantes que se presentaron en la legislación Mexicana en el año 2000, dieron origen a una adecuación del Boletín D-4 de las Normas de Información Financiera (NIF´S) para incorporar el tratamiento contable de los impuestos a la utilidad (en adelante mencionado como diferidos) del Impuesto al activo de las empresas (IMPAC) y de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (PTU), buscando una mayor precisión en estos conceptos. Posteriormente, derivado de que este concepto de la PTU se considero como un gasto laboral las normas de reconocimiento contable se reubicaron en la NIF D-3 denominado obligaciones laborales.
MARCO NORMATIVO:
Normas de Información financiera emitidas por el Consejo Mexicano para la investigación y desarrollo de las normas de información financiera A. C. (CINIF).
1.- Las entidades deberán reconocer el IETU como un impuesto a la utilidad,
2.- En los estados financieros se debe
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