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Negocios Presupuesto


Enviado por   •  2 de Noviembre de 2014  •  2.499 Palabras (10 Páginas)  •  281 Visitas

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Tipos de Modificaciones Presupuestarias:

*Créditos Adicionales: Son incrementos a los créditos presupuestarios que se acuerdan a los programas, subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas que expresamente señalen la ley de presupuesto y la distribución general de cada año. El ejecutivo nacional, al tramitar la modificación presupuestaria en referencia, debe demostrar que el tesoro nacional dispondrá de los recursos para atender la erogación.

*Rectificaciones: Son incrementos de créditos presupuestarios que se acuerdan a los programas, subprogramas, obras, partidas y subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas de los organismos ordenadores de compromisos y pagos, para gastos necesarios no previstos o que resulten insuficientes. La fuente de financiamiento es la partida "rectificaciones al presupuesto" prevista en la ley de presupuesto anual; por ello, el uso de esa partida aumenta los créditos del organismo, pero no al total de las asignaciones acordadas en dicha ley.

*Insubsistencia o Anulaciones de Créditos: Es una modificación presupuestaria mediante la cual se anulan, total o parcialmente, los créditos no comprometidos acordados a programas subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas de la ley de presupuesto; constituye una de las modificaciones que provoca rebaja a los créditos del presupuesto de gastos.

*Ajustes en los Créditos por Reducción de Ingresos: Es una modificación presupuestaria mediante la cual se anulan total o parcialmente los créditos no comprometidos acordados a programas, subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas de la ley de presupuesto. Estas reducciones a los créditos se originan cuando se evidencia una disminución de los ingresos previstos para el ejercicio fiscal.

*Traspasos de Créditos: Consiste en una reasignación de créditos presupuestarios entre partidas y sub. partidas genéricas, específicas y subespecificas de un mismo programa o distintos programas que no afectan el total de los gastos previstos en el presupuesto. de acuerdo a los niveles de aprobación los traspasos se clasifican en: Los que ameriten modificación de las partidas o de las subpartidas controladas, requieren aprobación del congreso de la república. Los que ameriten modificación de las partidas o de las subpartidas no controladas, requieren aprobación del congreso de la república, si el monto es mayor al cinco por ciento (5%) Los que ameriten modificación de las partidas o de las subpartidas no controladas, requieren aprobación de la oficina central de presupuesto si el monto es igual o menor al cinco por ciento (5%). los que afecten a las subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas no controladas de una partida, deben ser autorizadas por la máxima autoridad del organismo o su delegado.

*Reprogramación de Contrato de Obras: Consiste en la posibilidad de asignar a "nuevos contratos" los créditos destinados a "contratos vigentes", siempre y cuando se demuestre que no existen pagos pendientes por trabajos ya ejecutados.

*Reprogramaciones: Las reprogramaciones están referidas a las variaciones de la programación de la ejecución física-financiera del presupuesto de gastos, aprobada por la oficina nacional de presupuesto y la tesorería nacional, por tal motivo los cambios que se suceden en la misma deben ser informados a dichos organismos a los fines de la evaluación y aprobación correspondiente. La reprogramación puede ser consecuencia de los cambios necesarios en el ritmo de ejecución del presupuesto para obtener determinadas metas. Cuando las reprogramaciones son consecuencia de modificaciones aprobadas de los créditos presupuestarios anuales y se requiera variar las cuotas del trimestre en ejecución, los cambios que se suceden en la misma deben ser solicitados al comité de coordinación de programación de la ejecución a los fines de su evaluación y aprobación correspondiente.

Los Recursos Públicos: (Ingresos Públicos)

Los recursos (ingresos) públicos: son las diversas formas de agrupar, ordenar y presentar los recursos (ingresos) públicos, con la finalidad de realizar análisis y proyecciones de tipo económico y financiero que se requiere en un período determinado. Su clasificación depende del tipo de análisis o estudio que se desee realizar; sin embargo, generalmente se utilizan tres clasificaciones que son:

 De acuerdo a su periodicidad  Económica  Según los sectores económicos de origen

*De acuerdo a su Periodicidad: Esta agrupa a los ingresos de acuerdo a la frecuencia con que el fisco los percibe. se clasifican en ordinarios y extraordinarios, siendo los ordinarios, aquellos que se recaudan en forma periódica y permanente, provenientes de fuentes tradicionales, constituidas por los tributos, las tasas y otros medios periódicos de financiamiento del estado. los ingresos, extraordinarios por exclusión, serían los que no cumplen con estos requisitos. De acuerdo al artículo 14 de ley orgánica de régimen presupuestario: "son extraordinarios los ingresos fiscales no recurrentes, tales como los provenientes de operaciones de crédito público, de leyes que originen ingresos de carácter eventual o cuya vigencia no exceda de tres años y de la venta de activos propiedad del estado". No obstante, para efectos de la clasificación presupuestaria, deben considerarse también como ingresos extraordinarios la existencia del tesoro no comprometidas al treinta y uno de diciembre del ejercicio fiscal anterior al vigente, utilizadas de acuerdo al artículo 17 de la misma ley que al efecto establece: "cuando fuere indispensable para cumplir con lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley, en el presupuesto de ingresos se podrá incluir hasta la mitad de las existencias del tesoro no comprometidas y estimadas para el treinta y uno de diciembre del año de presentación del proyecto de presupuesto". "esta fuente de financiamiento tendrá carácter de ingreso extraordinario".

*Económica: Según esta clasificación los ingresos públicos se clasifican en corrientes, recursos de capital y fuentes financieras. Los ingresos corrientes son aquellos que proceden de ingresos tributarios, no tributarios y de transferencias recibidas para financiar gastos corrientes. Los recursos de capital son los que se originan por la venta de bienes de uso, muebles e inmuebles, indemnización por pérdidas o daños a la propiedad, cobros de préstamos otorgados, disminución de existencias, etc. Las fuentes financieras se generan por la disminución de activos financieros (uso de disponibilidades,

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