ORGANIZACION DE MERCADO
JOAQUIN8921Informe9 de Julio de 2019
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ORGANIZACIÓN DE MERCADO
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN GRUPAL
Profesor : Cristian Guzmán FECHA: 30 de mayo 2019.
Alumnos : Felipe Fuentes
Claudio Morales
Joaquín Véliz
ÍNDICE
PÁG.
- PRESENTACIÓN DEL PROBLEMA 1 - 2
- APLICACIÓN MARCO TEÓRICO 2 - 12
- CONCLUSIONES 13
- BIBLIOGRAFÍA 14
- PRESENTACIÓN DEL PROBLEMA.
El presente trabajo de investigación, tiene como objetivo presentar la insdustría del gas natural licuado y gas licuado de petróleo chileno, con sus respectivos agentes que participan de ella, y además dando a conocer los riesgos al cual está expuesta esta industria. El principal riesgo se basa en la libre competencia de las empresas, es por ello que la Fiscalía Nacional Económica ha presentado al Tribunal de defensa de la libre competencia, algunos aspectos claves que derivan en prácticas anticompetitivas. Estos aspectos claves se basan principalmente en la integración vertical y horizontal, y la concentración a nivel horizontal y vertical de la presente indrustria.
Para un mejor entendimiento de lo anterior, se debe tener claro qué es el gas natural. La Fiscalía Nacional Económica lo define de la sigueinte manera: “ es un recurso energético de origen fósil que se encuentra normalmente en el subsuelo continental o marino y se califica como “natural” por que no ha sido sometido a ningún proceso de transformación”, (FNE, 2016), para el presente análisis, el gas natural representará el Factor Productivo de la industria, entendiendo FF.PP como un bien o insumo que se utliza para producir otros bienes o servicios. Cabe destacar que el gas natural se convierte en líquido mediante un proceso de enfriamiento con el fin de reducir su volumen y facilitar el trasnporte. Por otra parte, en esta insdustria se destaca la cadena productiva del gas natural hasta su comercialización, en base a esto, la Fiscalía Nacional Económica distingue las siguientes etapas:
- “Extracción del gas natural desde los yacimientos, transporte hasta los terminales de exportación y proceso de licuefacción en plantas.
- Transporte marítimo en barcos metaneros especialmente diseñados para estos efectos.
- Recepción de las embarcaciones y regasificación en terminales.
- Transporte del gas natural licuado regasificado por gasoductos o de gas natural licuado en camiones cisternas hasta plantas satélites de regasificación.
- Consumo ya sea en centros de transformción (para generación de electricidad) o para consumidores finales, vía redes locales que administran empresas distribuidoras tanto para abastecer el segmento residencial, como el industrial y comercial” (FNE, 2016)
Teniendo claro lo anterior, se destaca esta industria como un mercado al cual se debe acceder a través de inversiones especializadas (un gasto en que hay que incurrir para que ambas partes puedan realizar la transacción, pero tiene poco o ningún valor en otro uso alternativo.), ya que no sólo los oferentes deben incurrir en el costo del factor productivo propiamente tal, sino que además existen costos de transacción los cuales se expondrán más adelante.
- MARCO TEÓRICO.
1.- La industria.
Como se planteo anteriormente, este trabajo de análisis busca demostar los riesgos a la competencia que se originan de la industria del gas en Chile. Para entender de mejor manera esta industria se darán a conocer algnos aspectos relevantes:
Contratación de FF.PP: la contratación de factores productivos hace referencia a cómo el mercado chileno se aprovisiona con Gas (FF.PP en análisis). El informe del Tribunal de defensa de la libre competencia señala que el 80% del gas natural que se consume es importado, siendo el principal proveedor de Chile, Trinidad y Tobago; el 20% restante es producido en el país, especifiamente en la región de Magallanes y comercializado por la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP).
Costos de transacción: dentro de los costos de transacción, el de mayor relevancia es el costo de transporte, representando según el informe previamente citado, al menos a un 10% de los costos de la cadena del gas natural. Se destaca que el costo variable depende de las distancias de queban recorrer los barcos gaseros, esto ha implicado un cierto limite a la sustituibilidad de la oferta entre los países.
Inversiones Especializadas: debido a los costos de transacción que se generan en esta insdustria, se derivan inversiones especializadas como se nombro anteriormente. Una inversión especializada es un gasto que se debe incurrir para que ambas partes puedan realizar la transacción del FF.PP, limitando otros usos alternativos. Existen distintos tipos de inversiones especializadas, sin embargo, para esta insdustria se evidencia un tipo de inversión especializada denominada “Especificidad de la Ubicación”. Lo anterior debido a que la recepción y almacenamiento de este FF.PP importado, se realiza en el Terminal de GNL de Mejillones en la región de antofagasta y el Terminal de regasificación Quintero ubicado en la región de Valparaíso. Cabe destacar que la recepción de este FF.PP importado debe realizarse a través de un puerto, ya que el transporte desde el extranjero es en barco, debido a esto es que las plantas de regasificación y almacenamiento están obligadas a establecerse en estos lugares y posteriormente desde este punto de inicio, redistribuir a través de gasoductos a las distintas estaciones de gas y finalmente a los usuarios finales.
Barreras de entrada y salida de la industria: dentro de una industria hay numerosos factores que pueden crear una barrera de entrada, esta se entiende como la faciliadad con la que pueden entrar nuevas empresas a un mercado. Para esta industria en particular se evidencian las siguientes barreras de entrada:
Legales: el Estado chileno ha creado distintas leyes que regulan algunos aspectos de esta industria, es así como la Ley 18.856 de 1989 denominada Ley de Servicios de Gas, regula aspectos de la industria tales como, transporte, distribución, tarifas, etc. La presente ley es una barrera de entrada ya que en su artículo primero señala lo sigueinte: “El transporte, la distribución, el régimen de concesiones y tarifas de gas de red, y las funciones del Estado relacionadas con estas materias se regirán por la presente ley, y en lo que ésta no prevé, por las leyes, decretos, reglamentos y ordenanzas vigentes.
Específicamente están comprendidas en las disposiciones de la presente ley:
- Las concesiones para establecer, operar y explotar el servicio público de distribución de gas de red, y las redes de transporte de gas de red;
- 2. Los permisos para establecer, operar, y explotar la distribución de gas de red y las redes de transporte de gas de red no sujetas a concesión;
- Las servidumbres a los bienes raíces;
- El régimen de precios a que están sometidos los servicios de gas de red;
- Las relaciones de las empresas de gas entre sí, con el Estado, las Municipalidades, y los particulares;
- Las disposiciones sobre calidad del servicio de gas de red;
- Las condiciones de seguridad a que deben someterse las instalaciones y artefactos de gas de red y los artefactos a gas licuado;
- Las condiciones de seguridad de las instalaciones interiores de gas de red y de gas licuado.” (Ministerio de Economía, 1989)
Teniendo claro lo anterior, se evidencia específicamente que se debe tener una concesión especial por parte del Estado para operar en esta industria. Otra de las barreras de entrada presente en esta industria, son los altos costos de entrada para lograr operar en toda la cadena de suministro, desde la recepción en los terminales portuarios, almacenamiento, distribución y comercialización hasta los usuarios finales. Por otra parte, se destacan como una barrera de entrada las economías de escala, ya que las empresas que intenten de entrar a la industria, no serían capaces de generar los volúmenes necesarios para obtener los menores costos medios.
En relación a las barreras de salida de esta industria, también se evidencia una barrera de salida legal, ya que la Ley citada anteriormente en su artículo número 18 señala lo siguiente: “El Presidente de la República mediante decreto supremo fundado, expedido a través del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, podrá declarar la caducidad de una concesión de gas antes de entrar en explotación si el concesionario no redujere a escritura pública el decreto de concesión dentro de los 30 días siguientes a la fecha de su publicación. En los casos de caducidad previstos en el inciso anterior, el ex concesionario podrá levantar y retirar las instalaciones de gas ejecutadas. Cuando estas instalaciones ocupen bienes nacionales de uso público, terrenos fiscales o terrenos particulares, en virtud de servidumbres constituidas, el retiro deberá hacerse dentro del plazo y en las condiciones que fije la Superintendencia, en conformidad a los reglamentos.
Cuando sea declarada la caducidad de una concesión por la causal señalada en el inciso segundo de este artículo, el Presidente de la República, si lo estimare conveniente para el interés general, podrá disponer la expropiación de los bienes de la concesión” (Ministerio de Economía, 1989). Se evidencia claramente una barrera de salida, ya que ante algún incumplimiento y si se estima conveniente, podrían expropiar los bienes de una empresa. Por otra parte, se evidencia una barrera de salida por costos, ya que las instalaciones que se utilizan en su cadena de suministro, generalmente no se pueden utilizar en otras cosas.
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