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PASIVOS

GRALUInforme30 de Octubre de 2013

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Pasivo

En contabilidad, un pasivo es una deuda o un compromiso que hace adquirido una empresa, institución o individuo. Por extensión, se denomina también pasivo al conjunto de deudas de una empresa. Mientras el activo comprende los bienes y derechos financieros de la empresa, que tiene la persona o empresa, el pasivo recoge sus obligaciones: es el financiamiento provisto por un acreedor y representa lo que la persona o empresa debe a terceros,1 como el pago a bancos, proveedores, impuestos, salarios a empleados, etc.

Capital

En Economía, el capital suele definirse de distintas formas. No obstante bajo el enfoque ortodoxo, es un factor de producción constituido por inmuebles, maquinaria o instalaciones propias de cualquier género, que, en colaboración con otros factores, principalmente el trabajo y bienes intermedios, se destina a la producción de bienes de consumo1 -concepción neoclásica (Ekelund y Hébert, 2005, pp. 360-368)-, de servicios, y de conocimiento

Pasivo circulante

En contabilidad, el pasivo circulante (o pasivo exigible a corto plazo) es la parte del pasivo que contiene las obligaciones a corto plazo de la empresa. En este contexto se entiende por corto plazo un periodo de vencimiento inferior a un año. El carácter de circulante hace referencia a que se trata de recursos financieros que no tienen afán de permanencia dentro de la empresa y se contrapone a los recursos permanentes.

El pasivo circulante de una empresa está formado por sus deudas a corto plazo, que deben ser pagadas en un plazo inferior a los doce meses. Se trata, por lo tanto, del pasivo exigible a corto plazo que es circulante ya que no existe intención de que permanezca en la empresa durante mucho tiempo y está en constante rotación o movimiento.

Un Sobregiro Bancario

El sobregiro bancario hace referencia a los pagos que hace el banco que exceden el saldo de la cuenta del cuentahabiente.

Cuando una empresa abre una cuenta corriente con un determinado valor, puede girar cheques por un valor que sea igual o inferior al que tiene en saldo de la cuenta, pero en algunos casos, el banco autoriza a girar cheques por un valor superior al saldo en la cuenta corriente y es allí cuando se produce el sobregiro bancario. Si se abre una cuenta corriente por valor de $10.000.000, es de suponer que no se pueden girar cheques que superen $10.000.000, pero si al banco lo autoriza, se pueden girar cheques por $12.000.000 (por ejemplo), caso en el cual se produce un sobregiro de $2.000.000.

Efectos y cuentas por pagar. Tienen la misma naturaleza de los efectos y cuentas por cobrar, pero, por supuesto, en lugar de controlar los créditos a favor de la empresa, estas cuentas controlarán deudas de la empresa.

Carta de crédito

La carta de crédito o crédito documentario es un instrumento de pago independiente del contrato que dio origen a la relación entre las partes negociantes, es decir, el comúnmente llamado contrato de compra-venta internacional. Tiene sustento legal en las Reglas y Usos Uniformes Relativos a los Créditos Documentarios - UCP 600 de la ICC (International Chamber of Commerce), que en la industria son popularmente conocidas en conjunto como "la brochure 600".

Definición de carta de crédito

Se entiende por crédito documentario el acuerdo mediante el cual, a petición y de conformidad con las instrucciones del cliente, el banco se compromete directamente o

por intermedio de un banco corresponsal a pagar a un beneficiario hasta una suma determinada de dinero, o a pagar, aceptar o negociar letras de cambio giradas por el beneficiario, contra la presentación de los documentos estipulados y de conformidad con los términos y condiciones establecidos. (Art. 1408 Código de comercio)

Contenido de la carta de crédito

La carta de crédito deberá contener:

1°) El nombre del banco emisor y del corresponsal, si lo hubiere;

2°) El nombre del tomador y ordenante de la carta;

3°) El nombre del beneficiario;

4°) El máximo de la cantidad que debe entregarse, o por la cual puedan girarse letras de cambio a cargo del banco emisor o del banco acreditante;

5°) El tiempo dentro del cual pueda hacerse uso del crédito, y

6°) Los documentos y requisitos que deban presentarse o ser acreditados para la utilización del crédito. (Art. 1409 Código de comercio)

Definición de retenciones por pagar

Se registran en estas cuentas los importes de las retenciones efectuadas a partir de los salarios a los trabajadores, en virtud de las disposiciones legales establecidas. Comprenden entre otras: pensiones alimenticias, pagos por la vivienda, créditos personales otorgados por el Banco, embargos judiciales, etc. Las deducciones a los trabajadores deben sustentarse en las autorizaciones suscritas por los mismos o en sentencias judiciales.

La retención es la cantidad que se retiene de un sueldo, salario u otra percepción para el pago de un impuesto, de deudas en virtud de embargo, es decir, te retienen ahora para asegurar el pago del impuesto. Normalmente es un porcentaje sobre las rentas de las personas o entidades que tengan que abonar o estén sujetas a retención, de esta forma, están obligadas a retener e ingresar en la Hacienda Pública en concepto de pago a cuenta del impuesto.

Las contribuciones por pagar

Las contribuciones son las aportaciones que hacen los contribuyentes al Estado para ayudarlo a sufragar los gastos. Son aquellas cantidades que están pendientes de pago al fisco, por parte del contribuyente y que es obligación de enterarlas por encontrarse en situaciones previstas por las leyes fiscales.

Los pasivos generados por la retención de montos de efectivo y cobros por cuenta de terceros se deben reconocer en el momento de efectuar la transacción o en el que se genera la obligación. Algunos ejemplos pueden ser: retenciones efectuadas a trabajadores, derivadas de las obligaciones laborales y de impuestos retenidos.

Para registrar este tipo de pasivos, normalmente relacionado con las nominas, emplearemos en términos generales dos tipos de cuenta. En una se registran los pasivos a cargo de la propia entidad, es decir, en los que la empresa es sujeto de impuesto, la cual se denomina impuesto y derechos por pagar. En otra se registran los pasivos en los cuales el sujeto es el propio trabajador o prestador del servicio, pero que la ley establece a la empresa la obligación de actuar como retenedora de tales impuestos y derechos, para posteriormente efectuar el entero a las autoridades o dependencias, esta cuenta se denominara impuestos y derechos retenido por enterar.

Impuesto Sobre La Renta Por Pagar

El Impuesto sobre la Renta (ISLR) es un Impuesto que se le paga al estado venezolano (a través del Seniat) sobre las ganancias obtenidas en el año fiscal.

A solo días para que finalice el año fiscal (31 de marzo) vamos a hacer un resumen del ISLR, las exenciones y exoneraciones; así como las diferencias entre estas dos modalidades que lo liberarán potencialmente total o parcialmente de este impuesto.

La definición legal del ISLR se estableció desde 1943, en el primer 1er de la Ley de Impuesto sobre la Renta que hasta hoy permanece idéntico a pesar de todas sus modificaciones, derogaciones y reformas:

Artículo 1. Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, causarán impuestos según las normas establecidas en esta Ley. Salvo disposición en contrario de la presente Ley, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en la República Bolivariana de Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la causa o la fuente de ingresos este situada dentro del país o fuera de él.

Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela estarán sujetas al impuesto establecido en esta Ley siempre que la fuente o la causa de sus enriquecimientos esté u ocurra dentro del país, aun cuando no tengan establecimiento permanente o base fija en la República Bolivariana de Venezuela.

Las personas naturales o jurídicas domiciliadas o residenciadas en el extranjero que tengan un establecimiento permanente o una base fija en el país, tributarán exclusivamente por los ingresos de fuente nacional o extrajeras atribuibles a dicho establecimiento permanente o base fija.

Prestaciones Sociales

Concepto.

Las prestaciones sociales son los dineros adicionales al Salario que el empleador debe reconocer al trabajador vinculado mediante Contrato de trabajo por sus servicios prestados. Es el reconociendo a su aporte en la generación de ingresos y utilidad en la empresa o unidad económica.

Generalmente se denominan apropiaciones o provisiones de nómina aquellos valores estimados de las prestaciones sociales de los empleados, por el período que se liquida la nómina que puede ser semanal, quincenal o mensual. Una forma para estimar este pasivo es la de apropiar del valor total, la suma correspondiente al 22% que se forma por la siguiente relación y porcentajes:

Clase % Concepto Valor

Salario total de la nómina

Auxilio de transporte 4.884.500

165.000

Total devengado 5.040.500

Apropiaciones prestaciones sociales Base 5.040.500

Cesantías

Intereses sobre cesantías

Vacaciones

Prima de servicios 8.333%

1.000%

4.166%

8.333% Salario + Auxilio transporte

Sueldo base

Salario + Auxilio transporte

Salario + Auxilio transporte 420.792

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