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Planeacion Y Presupuesto Publico Taller


Enviado por   •  1 de Mayo de 2014  •  2.877 Palabras (12 Páginas)  •  3.173 Visitas

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Para resolver:

1. ¿Cuál es el trámite general para acceder a los recursos de inversión del presupuesto general de la Nación PNG?

Es necesario que la entidad ejecutora interesada inscriba proyectos en el Banco Nacional de Programas y Proyectos de Inversión.

Para acceder a esto, el proyecto debe ser formulado y evaluado por la entidad responsable del mismo utilizando la metodología general o específica, de acuerdo al sector al cual pertenezca el proyecto.

Una vez evaluado el proyecto, la entidad responsable diligencia la ficha EBI, en la cual se sintetizan los principales datos contenidos en la evaluación del proyecto. Esta información es grabada en la base de datos.

La entidad responsable remite el proyecto en transmisión magnética, junto con la evaluación del proyecto, copia de la ficha EBI y demás documentos de soporte al Ministerio al cual está adscrita la entidad, para que surta el proceso de viabilidad y se registre el proyecto en la base de datos del BPIN.

Posteriormente el Ministerio remite en medio magnético los proyectos al Departamento Nacional de Planeación? a fin de perfeccionar el proceso de registro.

2. ¿¬¬¬Quién da la viabilidad a los proyectos de inversión para hacer parte del PNG?

De acuerdo con la resolución 5345 de 1993, el DNP delegó en los ministerios y departamentos administrativos la función de calificar la viabilidad de sus proyectos y programas de inversión, así como los de sus entidades adscritas o vinculadas u otros organismos del correspondiente sector administrativo y de los demás entes de que trata el artículo 1º. del Decreto 841/90. Igualmente, delegó en los Fondos de Cofinanciación la función de calificar la viabilidad de los proyectos de inversión presentados a consideración por las entidades territoriales.

3. ¿De cuánto tiempo dispone la entidad competente para dar la vialidad de un proyecto?

La entidad que realiza el concepto de viabilidad dispone de un mes y una semana para la revisión del proyecto, a partir de la fecha de radicación del mismo.

4. Que criterios debe tener en cuenta un ministerio para dar viabilidad a un proyecto de inversión a cargo de alguna de sus entidades adscritas o vinculadas?

Los criterios básicos a tener en cuenta que definen la viabilidad del proyecto están relacionados con los aspectos técnicos, socioeconómicos, ambientales e institucionales. El análisis del problema planteado, de la alternativa de solución seleccionada y de los costos del proyecto. En relación con estos últimos, se revisan los indicadores de evaluación utilizados.

Se analiza la consistencia y viabilidad del proyecto con:

-El Plan Nacional de Desarrollo.

-Los documentos CONPES que orientan la política sectorial.

-Los planes y objetivos de la entidad responsable del proyecto.

5. ¿Qué es una apropiación con y sin situación de fondos?

Las apropiaciones son autorizaciones máximas de gasto que el Congreso de la República aprueba para ser comprometidas durante la vigencia fiscal respectiva. Después del 31 de Diciembre de cada año estas autorizaciones expiran y en consecuencia no podrán comprometerse, adicionarse, transferirse ni contra acreditarse.

Apropiación sin situación de fondos implica que no requiere para su ejecución desembolsos directos por parte de la Dirección del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Esto puede suceder principalmente porque la entidad ejecutora recauda directamente los recursos, o porque para la ejecución de un contrato determinado, resulta preferible que la Tesorería le gire directamente los recursos al proveedor, sin tener que ingresar a la entidad contratante Por el contrario, las partidas que se apropian con situación de fondos, están sujetas a estos desembolsos directos.

6. ¿Cuándo se entiende por ejecutada una apropiación presupuestal?

Cuando se decide la oportunidad de contratar, se comprometen los recursos y se ordenan los gastos, a partir del programa de gastos aprobados en la ley de presupuesto.

7. ¿Qué es un certificado de disponibilidad presupuestal?

El certificado de disponibilidad presupuestal es un documento de gestión financiera y presupuestal que permite dar certeza sobre la existencia de una apropiación disponible y libre de afectación para la aceptación de un compromiso, de ello, deviene del valor que la ley le ha otorgado, al señalar que cualquier acto administrativo que comprometa apropiaciones presupuestales deberá contar con certificados de disponibilidad presupuestal previos y cualquier compromiso que se adquiera con violación de esa obligación, generará responsabilidad, disciplinaria, fiscal y penal.

El registro presupuestal, a diferencia del certificado de disponibilidad presupuestal, que afecta provisionalmente la apropiación existente, la afecta en forma definitiva. Esto implica que los recursos financiados mediante este registro no podrán ser destinados a ningún otro fin. En el registro se deberá indicar claramente el valor y el plazo de las prestaciones a las que haya lugar. Esta operación constituye un requisito de perfeccionamiento de los actos administrativos.

8. ¿Cuándo se debe constituir una cuenta por pagar y cuando una reserva presupuestal?

Una cuenta por pagar se debe constituir cuando el bien o servicio se ha recibido a satisfacción antes del 31 de diciembre pero no se le ha pagado al contratista o cuando en desarrollo de un contrato se han pactado anticipos y estos no han sido cancelados.

Estas vencen a 31 de diciembre de cada año, por lo tanto no podrán comprometerse, adicionarse, transferirse ni contradecirse

Reservas presupuestales Son las obligaciones y compromisos que a 31 de diciembre de cada vigencia fiscal no se hayan cumplido, es decir, que el bien no se haya recibido, que la obra no se haya terminado o que el servicio no se haya prestado pero que estén legalmente contraídas, desarrollen el objeto de la apropiación y cuenten con el respectivo registro presupuestal. Las reservas presupuestales solo podrán utilizarse para cancelar los compromisos que les dieron origen

9. ¿Después de constituida una reserva es posible cambiar el beneficiario sin alterar los demás términos del contrato?

Las reservas presupuestales se constituyen con los compromisos que a 31 de diciembre no se hayan cumplido, siempre y cuando estén legalmente contraídos, se encuentren perfeccionados y desarrollen el objeto de la apropiación.

Las reservas presupuestales sólo podrán utilizarse para cancelar los compromisos que les dieron origen. No obstante, será posible cambiar el beneficiario mediante la cesión del contrato en los términos del estatuto de contratación administrativa.

10. ¿Se puede hacer reservas presupuestales con la resolución de apertura de una licitación o concurso?

Según el artículo 21 del Decreto 26 de 1998, las reservas presupuestales provenientes de relaciones contractuales, sólo podrán constituirse con fundamento en los contratos debidamente perfeccionados.

Principios del sistema presupuestal

(Ley 38/89, artículo 8o. Ley 179/94, artículo 4o.).

Los principios presupuestales constituyen el marco general de referencia sobre el cual se desarrolla el proceso presupuestal en sus diferentes etapas.

Los principios del sistema presupuestal establecidos en el EOP son:

Planificación:

Debe existir concordancia con el plan nacional de desarrollo, plan nacional de inversiones, plan financiero y plan operativo anual de inversiones Es decir lineamientos estratégicos de las políticas públicas formuladas por el Presidente de la República a través de su equipo de Gobierno acordes a la regulación en inversión oficial, a las finanzas presupuestadas y al instrumento de gestión que permite ejecutar las acciones definidas en el plan desarrollo para cada vigencia anual)

Anualidad:

El año fiscal comienza el 1ro de enero y termina el 31 de diciembre de cada año.

Después del 31 de diciembre no podrán asumirse compromisos con cargo a las apropiaciones del año fiscal que se cierra en esa fecha y los saldos de apropiación no afectados por compromisos caducarán sin excepción (Ley 38/89, artículo 10).

Universalidad:

El presupuesto contendrá la totalidad de los gastos públicos que se espere realizar durante la vigencia fiscal respectiva.

En consecuencia, ninguna autoridad podrá efectuar gastos públicos, erogaciones con cargo al Tesoro o transferir crédito alguno, que no figuren en el presupuesto

(Ley 38/89, artículo 11. Ley 179/94, artículo 55. inciso 3o. Ley 225/95, artículo 22).

Unidad de Caja:

Con el recaudo de todas las rentas y recursos de capital se atenderá el pago oportuno de las apropiaciones autorizadas en el Presupuesto General de la Nación.

Los excedentes son propiedad de la nación, CONPES determinará la cuantía que hará parte de los recursos de capital del presupuesto nacional, consignará los recursos a la dirección del tesoro nacional y asignará por lo menos el 20% al establecimiento público que genere dichos excedentes, exceptuando los establecimiento públicos que administran las contribuciones parafiscales

Se deben consignar en la dirección del tesoro nacional en las fechas establecidas por ley excepto los recursos recibidos por los órganos de previsión y seguridad social para el pago de prestaciones sociales de carácter económico

Programación Integral:

Se deben contemplar simultáneamente los gastos de inversión y de funcionamiento que las exigencias técnicas y administrativas demanden como necesarias para su ejecución y operación.

De conformidad con los procedimientos y normas legales vigentes.

Se tiene en cuenta además las obras complementarias que garanticen su correcta ejecución.

(Ley 38/89, artículo 13).

Especialización:

Las operaciones deben referirse en cada órgano de la administración a su objeto y funciones.

Se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas

(Ley 38/89, artículo 14, Ley 179/94, artículo 55, inciso 3o.)

Inembargabilidad:

Son inembargables las rentas incorporadas en el Presupuesto General de la Nación, así como los bienes y derechos de los órganos que lo conforman.

si se requiere pagar las sentencias en contra de los órganos de la administración, se señalarán unos plazos establecidos para adoptar medidas conducentes al pago de dichas sentencias respetando la integridad de los derechos reconocidos a terceros.

Los funcionarios que no se ajusten a la presente norma, entran en proceso de investigación so pena de mala conducta

Coherencia Macroeconómica:

El presupuesto debe ser compatible con las metas macroeconómicas fijadas por el gobierno en coordinación con la junta directiva del banco de la república

(Ley 179/94, artículo 7o.).

Homeóstasis Presupuestal:

El crecimiento real del Presupuesto de Rentas incluida la totalidad de los créditos adicionales de cualquier naturaleza, deberán guardar congruencia con el crecimiento de la economía, de tal manera que no genere desequilibrio macroeconómico. En general el presupuesto debe ajustarse a la situación económica de la región.

(Ley 179/94, artículo 8o.).

Además de los anteriores, se consideran como principios presupuestales de origen jurisprudencial, entre otros:

Los de legalidad presupuestal, unidad presupuestal y autonomía presupuestal.

Principio de legalidad del gasto público. La Corte ha señalado expresamente que los componentes del ciclo presupuestal, en sus diferentes etapas, no solo deben estar necesariamente regulados por una norma de superior jerarquía, como la constitución o la ley orgánica, tal como lo dispone el artículo 352 de la Carta, sino que “este proceso no puede ser decidido y realizado solamente por el poder ejecutivo con exclusión de la representación popular, sino que debe contar –en algunos momentos del ciclo presupuestal- con el concurso del Congreso, de las asambleas departamentales o de los concejos municipales, según el caso (al menos en las fases de discusión y aprobación de los presupuestos)

-Principio de unidad presupuestal: se traduce en que todos los ingresos y gastos del Estado deben sujetarse a los principios contemplados en la constitución y desarrollados por la ley orgánica de presupuesto, independientemente de la naturaleza del ente público de que se trate, o del nivel de gobierno al que pertenezca. Los ingresos y gastos deben estar agrupados en un mismo documento y deben ser presentados simultáneamente para su aprobación.

Este principio impide que el presupuesto se presente de manera fraccionada, lo cual dificultaría el control político, el control fiscal y financiero del mismo y la evaluación de su ejecución. Además que la unidad presupuestal permite visualizar el conjunto del gasto y la magnitud del esfuerzo tributario que se requiere para financiarlo

Principio de autonomía presupuestal: Se entiende como la capacidad de comprometer, contratar y ordenar el gasto que tienen las entidades que hacen parte del PGN. Así lo ha expresado la Corte Constitucional

“(…) la autonomía presupuestal garantizada por la Constitución a los órganos de control, se refiere a su libertad de ordenar el gasto, contratar y ejecutar, dentro del marco de la ley, del presupuesto aprobado, y no atribuye a ente distinto del Gobierno la iniciativa y la facultad de formulación del proyecto de presupuesto, la que por su naturaleza supone la posibilidad de modificar los anteproyectos de las entidades que conforman las diferentes secciones del presupuesto general de la Nación (C.P. art. 352 y L. 179 de 1994, art. 16)”.

El principio de autonomía no implica que el órgano que goza de ella tenga la potestad de presentar directamente al Congreso el respetivo proyecto de presupuesto, así se trate de entidades públicas con régimen propio particular, basado en mandatos constitucionales específicos (Vg.: Comisión Nacional de Televisión, Consejo Superior de la Judicatura y Universidades Públicas).

CONCLUSIONES:

Cada que se diseñe el presupuesto público en los distintos órganos del estado es indispensable acogerse a los principios ya mencionados

Los principios del presupuesto público obedecen al manejo adecuado de recursos que por derecho constitucional son propiedad de todos.

Presupuesto público se debe ceñir a la realidad económica del país

BIBLIOGRAFIA:

Presupuesto y contabilidad pública – Enrique Romero

http://www.minhacienda.gov.co/

http://www.irc.gov.co/

Elaborar un ensayo donde haga un comparativo de contabilidad privada y contabilidad oficial y presupuesto privado y público, de ejemplos prácticos de presupuesto y estados financieros:

Ensayo comparativo de la contabilidad y presupuesto público y privado

Es un tema bien interesante ya que en ambos casos se trata de la herramienta más eficaz para conocer el estado real dentro de una organización para la toma de decisiones. Y se expresa de forma cuantitativa. Las principales diferencias son:

 La contabilidad del sector privado se aplica a entidades con ánimo de lucro, donde su objeto social es la prestación de un bien o servicio a cambio de una retribución de tipo económico. La contabilidad privada tiene en cuenta otros aspectos como el impacto social de las decisiones y evalúa el desempeño de los administradores públicos.

 La contabilidad pública consolidada se presenta como información para el análisis de las políticas macro económicas y la privada en el ámbito micro económico

 En el sector publico permite que los mecanismos de participación ciudadana la utilice para efectuar veedurías a las instituciones, en el privado no se permite esa participación por el principio de propiedad privada

 En la contabilidad pública se tiene un criterio de control social delas decisiones sobre los bienes públicos y el uso de los recursos económicos y en la privada es servir de base para la toma de decisiones sobre gestión y diseño de políticas que aumenten las utilidades de la empresa.

En cuanto al presupuesto se deben tener bien claro las diferencias, los presupuestos públicos se elaboran con base a la idea del control del gasto, se estima las posibles inversiones que surgen por la necesidad públicas de la mejor manera posible, con el fin de lograr la estabilidad económica del país y después planean la forma en que se podrán cubrir con los mismos ingresos de la recaudación de impuestos, multas, etc… Por su parte la empresa privada primero debe estimas sus ingresos y después realizar su distribución y aplicación haciendo su control más complejo.

En las entidades gubernamentales cuando se habla del punto de equilibrio es diferente al de las empresas privadas, ya que en el presupuesto público se llama:

SUPERAVIT: Si los ingresos son mayores a los egresos.

DEFICIT: Si los ingresos son menores a los egresos.

la diferencia existente con el punto de equilibrio y en las empresas privadas esa diferencia es la utilidad o pérdida.

Otra diferencia entre el presupuesto público y privado es que el público se realiza bajo la forma de presupuesto por programas, mientras que el presupuesto privado se desarrolla como presupuesto tradicional, ya sea por áreas y niveles de responsabilidad o de acuerdo al sistema contable que la empresa lleva, y al tipo de control que se quiere implantar.

Los objetivos del presupuesto son considerar el futuro, para que los planes trazados permitan la obtención de la utilidad máxima, de acuerdo con las condiciones que se presenten, además de asegurar la liquidez financiera de la empresa.

De lo expuesto, se deduce que la diferencia existente entre la presentación del control presupuestario gubernamental y el privado, nace de la distinta finalidad que ambas entidades persiguen.

CONCLUSION:

Los presupuestos son herramientas administrativas que establecen metas y objetivos expresada en valores términos financieros que deben cumplirse en determinado tiempo y bajo ciertas condiciones.

Los presupuestos públicos son los que involucran los planes, políticas, programas, proyectos, estrategias y objetivos del Estado, siendo los medios más efectivos de control del gasto público y en ellos se contemplan las diferencias alternativas de asignación de recursos para gastos e inversiones mientras que el presupuesto privado es un instrumento de planificación elaborado por entes privados, con o sin animo de lucro, mediante el cual se fijan metas específicas, se asignan los recursos necesarios para la consecución de tales metas y se establecen los mecanismos de coordinación y control.

Los presupuestos tanto públicos coma privados son de suma importancia ya que: Ayudan a minimizar el riesgo en las operaciones de las organizaciones, por medio de los presupuestos se mantiene el plan de operaciones de la empresa en unos límites razonables, sirven como mecanismo para la revisión de políticas y estrategias de la empresa y direccionarlo hacia lo que verdaderamente se busca, es un instrumento económico para la planificación, ejecución y control de ingresos y gastos, sirve de soporte para la asignación de recursos y provee la base legal para la realización del gasto público.

La diferencia entre los presupuestos públicos y privados es que ambos son de gran utilidad para las empresas públicas y privadas, además se planifican de acuerdo a los ingresos y gastos que tenga dicha organización. En el presupuesto público Las finanzas públicas persiguen el bienestar social o colectivo, mientras que el presupuesto privado Las finanzas privadas buscan el lucro o enriquecimiento del inversionista.

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