Planeacion Y Presupuesto Publico Taller
1 de Mayo de 2014
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Para resolver:
1. ¿Cuál es el trámite general para acceder a los recursos de inversión del presupuesto general de la Nación PNG?
Es necesario que la entidad ejecutora interesada inscriba proyectos en el Banco Nacional de Programas y Proyectos de Inversión.
Para acceder a esto, el proyecto debe ser formulado y evaluado por la entidad responsable del mismo utilizando la metodología general o específica, de acuerdo al sector al cual pertenezca el proyecto.
Una vez evaluado el proyecto, la entidad responsable diligencia la ficha EBI, en la cual se sintetizan los principales datos contenidos en la evaluación del proyecto. Esta información es grabada en la base de datos.
La entidad responsable remite el proyecto en transmisión magnética, junto con la evaluación del proyecto, copia de la ficha EBI y demás documentos de soporte al Ministerio al cual está adscrita la entidad, para que surta el proceso de viabilidad y se registre el proyecto en la base de datos del BPIN.
Posteriormente el Ministerio remite en medio magnético los proyectos al Departamento Nacional de Planeación? a fin de perfeccionar el proceso de registro.
2. ¿¬¬¬Quién da la viabilidad a los proyectos de inversión para hacer parte del PNG?
De acuerdo con la resolución 5345 de 1993, el DNP delegó en los ministerios y departamentos administrativos la función de calificar la viabilidad de sus proyectos y programas de inversión, así como los de sus entidades adscritas o vinculadas u otros organismos del correspondiente sector administrativo y de los demás entes de que trata el artículo 1º. del Decreto 841/90. Igualmente, delegó en los Fondos de Cofinanciación la función de calificar la viabilidad de los proyectos de inversión presentados a consideración por las entidades territoriales.
3. ¿De cuánto tiempo dispone la entidad competente para dar la vialidad de un proyecto?
La entidad que realiza el concepto de viabilidad dispone de un mes y una semana para la revisión del proyecto, a partir de la fecha de radicación del mismo.
4. Que criterios debe tener en cuenta un ministerio para dar viabilidad a un proyecto de inversión a cargo de alguna de sus entidades adscritas o vinculadas?
Los criterios básicos a tener en cuenta que definen la viabilidad del proyecto están relacionados con los aspectos técnicos, socioeconómicos, ambientales e institucionales. El análisis del problema planteado, de la alternativa de solución seleccionada y de los costos del proyecto. En relación con estos últimos, se revisan los indicadores de evaluación utilizados.
Se analiza la consistencia y viabilidad del proyecto con:
-El Plan Nacional de Desarrollo.
-Los documentos CONPES que orientan la política sectorial.
-Los planes y objetivos de la entidad responsable del proyecto.
5. ¿Qué es una apropiación con y sin situación de fondos?
Las apropiaciones son autorizaciones máximas de gasto que el Congreso de la República aprueba para ser comprometidas durante la vigencia fiscal respectiva. Después del 31 de Diciembre de cada año estas autorizaciones expiran y en consecuencia no podrán comprometerse, adicionarse, transferirse ni contra acreditarse.
Apropiación sin situación de fondos implica que no requiere para su ejecución desembolsos directos por parte de la Dirección del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Esto puede suceder principalmente porque la entidad ejecutora recauda directamente los recursos, o porque para la ejecución de un contrato determinado, resulta preferible que la Tesorería le gire directamente los recursos al proveedor, sin tener que ingresar a la entidad contratante Por el contrario, las partidas que se apropian con situación de fondos, están sujetas a estos desembolsos directos.
6. ¿Cuándo se entiende por ejecutada una apropiación presupuestal?
Cuando se decide la oportunidad de contratar, se comprometen los recursos y se ordenan los gastos, a partir del programa de gastos aprobados en la ley de presupuesto.
7. ¿Qué es un certificado de disponibilidad presupuestal?
El certificado de disponibilidad presupuestal es un documento de gestión financiera y presupuestal que permite dar certeza sobre la existencia de una apropiación disponible y libre de afectación para la aceptación de un compromiso, de ello, deviene del valor que la ley le ha otorgado, al señalar que cualquier acto administrativo que comprometa apropiaciones presupuestales deberá contar con certificados de disponibilidad presupuestal previos y cualquier compromiso que se adquiera con violación de esa obligación, generará responsabilidad, disciplinaria, fiscal y penal.
El registro presupuestal, a diferencia del certificado de disponibilidad presupuestal, que afecta provisionalmente la apropiación existente, la afecta en forma definitiva. Esto implica que los recursos financiados mediante este registro no podrán ser destinados a ningún otro fin. En el registro se deberá indicar claramente el valor y el plazo de las prestaciones a las que haya lugar. Esta operación constituye un requisito de perfeccionamiento de los actos administrativos.
8. ¿Cuándo se debe constituir una cuenta por pagar y cuando una reserva presupuestal?
Una cuenta por pagar se debe constituir cuando el bien o servicio se ha recibido a satisfacción antes del 31 de diciembre pero no se le ha pagado al contratista o cuando en desarrollo de un contrato se han pactado anticipos y estos no han sido cancelados.
Estas vencen a 31 de diciembre de cada año, por lo tanto no podrán comprometerse, adicionarse, transferirse ni contradecirse
Reservas presupuestales Son las obligaciones y compromisos que a 31 de diciembre de cada vigencia fiscal no se hayan cumplido, es decir, que el bien no se haya recibido, que la obra no se haya terminado o que el servicio no se haya prestado pero que estén legalmente contraídas, desarrollen el objeto de la apropiación y cuenten con el respectivo registro presupuestal. Las reservas presupuestales solo podrán utilizarse para cancelar los compromisos que les dieron origen
9. ¿Después de constituida una reserva es posible cambiar el beneficiario sin alterar los demás términos del contrato?
Las reservas presupuestales se constituyen con los compromisos que a 31 de diciembre no se hayan cumplido, siempre y cuando estén legalmente contraídos, se encuentren perfeccionados y desarrollen el objeto de la apropiación.
Las reservas presupuestales sólo podrán utilizarse para cancelar los compromisos que les dieron origen. No obstante, será posible cambiar el beneficiario mediante la cesión del contrato en los términos del estatuto de contratación administrativa.
10. ¿Se puede hacer reservas presupuestales con la resolución de apertura de una licitación o concurso?
Según el artículo 21 del Decreto 26 de 1998, las reservas presupuestales provenientes de relaciones contractuales, sólo podrán constituirse con fundamento en los contratos debidamente perfeccionados.
Principios del sistema presupuestal
(Ley 38/89, artículo 8o. Ley 179/94, artículo 4o.).
Los principios presupuestales constituyen el marco general de referencia sobre el cual se desarrolla el proceso presupuestal en sus diferentes etapas.
Los principios del sistema presupuestal establecidos en el EOP son:
Planificación:
Debe existir concordancia con el plan nacional de desarrollo, plan nacional de inversiones, plan financiero y plan operativo anual de inversiones Es decir lineamientos estratégicos de las políticas públicas formuladas por el Presidente de la República a través de su equipo de Gobierno acordes a la regulación en inversión oficial, a las finanzas presupuestadas y al instrumento de gestión que permite ejecutar las acciones definidas en el plan desarrollo para cada vigencia anual)
Anualidad:
El año fiscal comienza el 1ro de enero y termina el 31 de diciembre de cada año.
Después del 31 de diciembre no podrán asumirse compromisos con cargo a las apropiaciones del año fiscal que se cierra en esa fecha y los saldos de apropiación no afectados por compromisos caducarán sin excepción (Ley 38/89, artículo 10).
Universalidad:
El presupuesto contendrá la totalidad de los gastos públicos que se espere realizar durante la vigencia fiscal respectiva.
En consecuencia, ninguna autoridad podrá efectuar gastos públicos, erogaciones con cargo al Tesoro o transferir crédito alguno, que no figuren en el presupuesto
(Ley 38/89, artículo 11. Ley 179/94, artículo 55. inciso 3o. Ley 225/95, artículo 22).
Unidad de Caja:
Con el recaudo de todas las rentas y recursos de capital se atenderá el pago oportuno de las apropiaciones autorizadas en el Presupuesto General de la Nación.
Los excedentes son propiedad de la nación, CONPES determinará la cuantía que hará parte de los recursos de capital del presupuesto nacional, consignará los recursos a la dirección del tesoro nacional y asignará por lo menos el 20% al establecimiento público que genere dichos excedentes, exceptuando los establecimiento públicos que administran las contribuciones parafiscales
Se deben consignar en la dirección del tesoro nacional en las fechas
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