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Potestades Administrativas


Enviado por   •  27 de Febrero de 2014  •  1.053 Palabras (5 Páginas)  •  311 Visitas

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LAS POTESTADES ADMINISTRATIVAS.

Las potestades administrativas se define como poderes que la Ley confiere directamente a las Administraciones Públicas y que las facultan para realizar fines de interés general o público. Estos poderes que les con otorgados las sitúan en una posición de supremacía y de prerrogativa, que además, las faculta para constituir, modificar o extinguir situaciones jurídicas y de que son titulares activos los administrados; imponiéndoles obligaciones y situaciones jurídicas, de forma unilateral e incluso sin contar con su voluntad o consentimiento aunque sujeto al ordenamiento jurídico y ejecutivo. Sus características principales son:

- Se trata de poderes regulados por la Ley y por ello no cabe olvidar que las potestades administrativas están sujetas al principio de legalidad propio de nuestro Estado de Derecho.

- Esta facultad otorgadas a las Administraciones Públicas sólo pueden ser ejercidas para la persecución del interés público y en ningún caso el interés propio o privativo de la propia Administración.

Las potestades administrativas se clasifica según diversos criterios:

A) Según su contenido:

- Potestad reglamentaria.

- Potestad de planificación, que, a menudo, se engloba en la anterior en cuanto a planes que se aprueben por reglamentos.

- Potestad organizatoria.

- Potestad tributaria.

- Potestad sancionadora.

- Potestad expropiatoria.

- Potestad de ejecución forzosa.

- Potestad de coacción.

- Potestad de investigación, deslinde y recuperación de oficio de sus bienes.

- Potestad de revisión de oficio de los actos administrativos.

B) Según su incidencia en el ordenamiento jurídico:

a) Innovativas:

- De naturaleza normativa (reglamentos) por las que se aprueban, modifican o derogan las normas administrativas, alterando el sistema normativo anterior.

- De conformidad de situaciones y relaciones jurídicas.

b) No Innovativas:

- Potestades de autotutela: Que implica que la Administración Pública está capacitada como sujeto de derecho para tutelar por sí misma sus propias situaciones jurídicas, incluso sus pretensiones innovativas del statu quo, eximiéndose de este modo de la necesidad, común a los demás sujetos, de recabar la tutela judicial.

C) Según el grado de disponibilidad para incidir en la esfera jurídica de los administrados.

- De supremacía general, en las que el administrado tiene frente a la Administración todas las garantías plenas que se deducen del marco de derechos que le otorgan la Constitución y las Leyes.

- De supremacía especial, en las que el administrado se encuentra frente a la Administración bajo una sujeción especial. (funcionario, preso, militar, etc.)

D) Por la forma de atribución de la potestad:

- Expresas o implícitas: Según aparezcan de forma explícita en la norma, o se deduzcan, implícitamente.

- Específicas y por cláusulas generales: Las primeras delimitan muy precisamente los objetivos y por el contrario, las segundas se contienen en cláusulas generales .

- Regladas y discrecionales: Son regladas las que contienen absolutamente predeterminado en la norma todos los elementos de la potestad y el margen de valoración por parte de la administración es prácticamente nulo y, por el contrario, son discrecionales las que no se determinan todos sus elementos y el margen de interpretación por parte de la Administración es mucho más amplio.

Para más información, y a modo de ejemplo, según la Ley 7/ 1985 de Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003 de medidas para la modernización del gobierno local:

“ En su calidad de Administraciones públicas de carácter territorial, y dentro de la esfera de sus competencias,

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