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Presupuesto Publico Peru


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2013  •  16.425 Palabras (66 Páginas)  •  567 Visitas

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Presupuesto participativo para el desarrollo integral, sostenible y armónico

de las provincias en el Perú y Latinoamérica

1. Antecedentes de la investigación

2. Bases teóricas

3. Glosario

4. Conclusiones

5. Recomendaciones

6. Bibliografía

Antecedentes de la investigación

Se ha determinado la existencia de los siguientes antecedentes bibliográficos:

Rueda (2011) señala que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Los gobiernos locales promueven el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa, a través de planes de desarrollo económico local aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; así como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones. El 100% de los encuestados acepta que el fortalecimiento permanente de la participación vecinal es fundamental para el desarrollo integral, sostenible y armónico de la gran capital. El 100% acepta que el presupuesto participativo es un instrumento de participación vecinal que facilita el desarrollo integral de la circunscripción de un gobierno local.

Guardia (2006) ante la problemática de la gestión deficiente que experimentan los gobiernos locales en el Perú, propone el modelo de administración denominado gerenciamiento corporativo, de tal modo que participen todos los grupos de interés de este tipo de entidades, especialmente los vecinos de la municipalidad en el marco del presupuesto participativo. El 97% de los encuestados acepta que el gerenciamiento corporativo facilita la gestión óptima de los gobiernos locales. Asimismo se tiene que el 96% acepta que el gerenciamiento corporativo facilita la economía, eficiencia, efectividad y mejora continua de la gestión de los gobiernos locales. El 100% de vecinos acepta que el presupuesto participativo facilita la gestión óptima de los gobiernos locales.

León & Zevallos (2005) identifican el problema en la deficiente gestión municipal. Como solución se resalta el control de las distintas actividades administrativas, financieras, contables, legales y la relación de la municipalidad con la comunidad, elemento que desde siempre ha sido necesario resaltar y sobre el cual no se ha hecho mucho. Este trabajo tiende a propiciar un moderno y eficaz instrumento de control administrativo que implica un cambio en la estructura del órgano responsable que el control interno funcione de manera integral, efectiva y eficiente que asegure en lo posible un control permanente de todos los procedimientos del organismo municipal a fin de que cada acción sea ejecutada ejerciendo una estricta y permanente vigilancia del cumplimiento de las medidas de control previo, concurrente y posterior. El 94% de los encuestados acepta que el proceso administrativo de control interno es un instrumento facilitador de la gestión municipal. El 100% de los encuestados acepta que el presupuesto participativo es un instrumento facilitador de los mejores resultados de la gestión de los gobiernos locales. El 97% de los encuestados considera que un control interno fuerte facilita la economía, eficiencia, efectividad y transparencia de la gestión municipal.

Guardia (2008) identifica el problema en la falta de efectividad en los gobiernos locales, es decir no se cumple con las metas, objetivos y la misión institucional; como solución propone al gerenciamiento corporativo con benchmarking, incidiendo especialmente en la prestación de servicios y participación vecinal activa y la utilización del presupuesto participativo. En cumplimiento de la Ley de Derechos de Participación y Control ciudadano- Ley No. 26300; es necesario que los vecinos tengan un papel protagónico en varios eventos municipales, porque todo lo que hacen las municipalidades les incumbe directamente. El 98% de los encuestados acepta que el gerenciamiento corporativo con benchmarking facilita la efectividad de los gobiernos locales. El 95% de los encuestados acepta que el presupuesto participativo facilita el gerenciamiento, la efectividad y el desarrollo integral de los gobiernos locales.

Bases teóricas

2.1.1. PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

2.1.1.1. TEORÍAS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

Interpretando a Valdivia (2012) ; el presupuesto participativo es un instrumento de política y a la vez de gestión, a través del cual las autoridades regionales y locales, así como las organizaciones de la población debidamente representadas, definen en conjunto, cómo y a qué se van a orientar los recursos, teniendo en cuenta los Objetivos del Plan de Desarrollo Estratégico o Institucional, según corresponda, los cuales están directamente vinculados a la visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. Los principales objetivos del Presupuesto Participativo son: i) Promover la creación de condiciones económicas, sociales, ambientales y culturales que mejoren los niveles de vida de la población y fortalezcan sus capacidades como base del desarrollo, posibilitando acciones concertadas que refuercen los vínculos de identidad, de pertenencia y las relaciones de confianza; ii) Mejorar la asignación y ejecución de los recursos públicos, de acuerdo a las prioridades consideradas en los Planes de Desarrollo Concertados y los Planes Sectoriales Nacionales, propiciando una cultura de responsabilidad fiscal, sobre la base de acuerdos concertados; iii) Reforzar la relación entre el Estado y la sociedad civil, en el marco de un ejercicio de la ciudadanía que utilice los mecanismos de democracia directa y democracia representativa generando compromisos y responsabilidades compartidas. De acuerdo a lo establecido en la Constitución Política del Perú y las leyes Orgánicas de Gobiernos Regionales y de Municipalidades, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales formulan sus presupuestos de manera participativa. Por su parte, la Ley 28056- Ley Marco del Presupuesto Participativo-, establece los parámetros mínimos para el desarrollo del Presupuesto Participativo. Su reglamento y el Instructivo establecen los procedimientos y mecanismos específicos para su desarrollo.

Interpretando a Rodríguez (2007) , el presupuesto participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado – Sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel de Gobierno Regional o Local, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos. Los agentes participantes del presupuesto participativo están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Regional, Consejo de Coordinación Local, los miembros de los Consejos Regionales y Concejos Municipales, los representantes de la Sociedad Civil identificados para este propósito según lo señalado en el artículo 5° del Reglamento y los representantes de las entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el ámbito de la región, provincia o distrito y designados para tales fines. Integran también los Agentes Participantes un Equipo Técnico de soporte del proceso que participa con voz pero sin voto en el proceso. El Presupuesto Participativo tiene los siguientes objetivos: i) Mejorar la eficiencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos de acuerdo a las prioridades consideradas en los Planes de Desarrollo Concertado y los Planes Sectoriales y nacionales, propiciando una cultura de responsabilidad fiscal, concertación y paz en la sociedad; ii) Reforzar la relación entre el Estado y la Sociedad, introduciendo formalmente en el ámbito de la gestión pública una nueva forma de comprender y ejercer la ciudadanía en el marco de un ejercicio creativo y complementario de mecanismos de democracia directa y democracia representativa que genera compromisos y responsabilidades compartidas; iii) Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando conciencia respecto de los derechos y obligaciones que los ciudadanos tienen como contribuyentes y como actores en la implementación de las acciones del estado y la sociedad en su conjunto; iv) Fijar prioridades en la inversión pública, estableciendo un orden de prelación para la ejecución de los proyectos declarados viables bajo las normas técnicas y procedimientos establecidos en la Ley No. 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; así como garantizar la sostenibilidad de la inversión ya ejecutada, ya sea en el ejercicio fiscal actual o en los siguientes según corresponda; v) Reforzar el seguimiento, control, vigilancia de la ejecución del presupuesto y fiscalización de la gestión, fortaleciendo las capacidades regionales y locales para fines del proceso participativo y vigilancia ciudadana. Las Instancias del Presupuesto Participativo, están constituidas por el Consejo de Coordinación Regional, Consejo de Coordinación Local Provincial y el Consejo de Coordinación Local Distrital con el objeto de coordinar, concertar, liderar, monitorear y garantizar el desarrollo de los procesos de los presupuestos participativos dentro del ámbito regional y local

Rodríguez (2007) ; señala que el presupuesto participativo es básicamente un sistema de formulación y seguimiento del presupuesto mediante el cual la población determina, a través de debates y consultas, dónde serán hechas las inversiones, cuáles son las prioridades, obras y acciones a ser desarrolladas por el gobierno. Es, desde otro punto de vista, una valiosa herramienta de planificación presupuestaria. Sin embargo, debe comprenderse que la participación ciudadana no puede establecerse por decreto. Es la resultante de un proceso cultural lento, donde las leyes pueden ayudar a sugerir conductas pero no pueden imponerlas. Es preciso que tanto el gobierno como los ciudadanos pierdan desconfianzas mutuas y preparen el terreno para poder trabajar juntos en políticas que logren una mejor calidad de vida para la comunidad. Resulta necesario que el gobierno local estimule la participación a través de dos maneras, básicamente. En primer término, brindando información a la comunidad ya que sin información la gente no puede participar. Esta información comprende no sólo ilustrar respecto de qué es el presupuesto, y en particular qué es el presupuesto participativo, sino también hacer saber a los ciudadanos cuál es la acción de gobierno realizada, en que se han gastado los dineros públicos (rendición de cuentas), cuáles son los compromisos asumidos y en qué se proyecta gastar en los próximos ejercicios. En segundo lugar se deben institucionalizar espacios de participación para que este proceso se consolide. Esto requiere un trabajo constante y continuo, en el que no puede estar ausente la capacitación tanto de la comunidad como de los propios funcionarios de gobierno. Ello es necesario para determinar las necesidades, planificar soluciones y crear mecanismos de información y consultas permanentes que resulten confiables. En este orden de ideas, la vocación y la función de las iniciativas sociales se dirigen al intento de consolidarse como mediadores sociales, una expresión de ello lo constituye el proceso de formulación, concertación y aplicación del presupuesto participativo en el departamento de Risaralda, para lo que se precisó de una compleja y múltiple estrategia relacional que vinculó y puso en interacción recíproca a muy diferentes y diversos agentes y actores sociales que intervienen en el medio físico y social en el que se inscribe esta iniciativa. El desarrollo de la potencialidad de las relaciones entre la base social ciudadana, la optimización de los vínculos entre las asociaciones de todo tipo, las empresas, las instituciones y administraciones públicas, en nuestro caso, gobernación y alcaldías municipales, sólo será posible con un tejido asociativo potente, dispuesto y consciente de su papel mediador y con un sentido profundamente democrático de la sociedad, donde la democracia y la eficacia social pueden hacerse más que compatibles. Somos consientes que sólo avanzando en la corresponsabilidad, en el principio de subsidiariedad y en la participación social es posible la vertebración de una sociedad que siendo consciente de sí misma y de sus necesidades y potencialidades sea capaz de procurarse altas cotas de calidad de vida. En este orden de ideas, como lo ha señalado la Gobernación de Risaralda la participación ciudadana directa en la gestión pública promueve la democratización del Estado y el control social en las acciones del Gobierno, asegurando mayor transparencia en la inversión de los recursos, dirigidos hacia las diferentes necesidades de la población.

Interpretando a López (2010) ; el presupuesto participativo es una potente herramienta de relación permanente del Gobierno con la población, un modelo de gestión pública democrática, donde la ciudadanía participa de forma directa, voluntaria y universal. En éste, la comunidad prioriza programas, formula perfiles de proyectos y propone la distribución de los recursos de inversión. Además hace el control social a respectiva ejecución. De modo que el presupuesto participativo es una herramienta para que la población proponga en que invertir los recursos públicos.

Desde esta perspectiva y teniendo como guía metodológica el esquema Ciclo del proceso, instrumento que en permanente ajuste ha servido como guía del proceso, el trabajo de sistematización en el departamento de Risaralda y que se presenta tiene como norte los siguientes elementos: 1. Metodología. Como proceso abierto y en construcción se trabajo la metodología de diálogo de saberes, donde se promovió el aprendizaje, la construcción de conocimiento y la participación como acción dialógica y participativa; donde los conocimientos o saberes son construidos de manera colectiva, pero que sobre todo reconoce el carácter político, de los procesos de formación y capacitación. La propuesta metodológica del diálogo de saberes que se instrumentó para la sistematización puede resumirse en siete momentos, los cuales siempre estuvieron presentes a lo largo del proceso, tanto en las entrevistas como en los diálogos que se sostuvieron con funcionarios, delegados de la comunidad, expertos y ciudadanos del común; dichos momentos o pasos son: 1. Rescate del saber de las comunidades, sobre el tema que se trabajo o con relación a su historia, etc.; 2. Sistematización o resumen del saber de las comunidades. 3. Aporte de otros conocimientos y saberes. 4. Resumen o sistematización de los nuevos conocimientos. 5. Diálogo de saberes: Comparación entre el resumen del saber de las comunidades con el resumen del nuevo conocimiento, esta es la contrastación para construir conocimiento colectivo. 6. Las acciones a realizar en función de metas comunes. 7. Acuerdos sobre un proyecto colectivo y político, que busque ampliar los espacios de participación y movilización social. El ejercicio que se desarrolló, además de registrar los procesos desatados y los resultados obtenidos, busca realizar una reflexión sobre el alcance y la naturaleza de la intervención. Ésta es un nivel de reflexión superior a la evaluación aunque se apoya en ésta, es de más largo plazo que la evaluación misma. Esta reflexión fue adelantada desde los postulados de la Investigación-acción-participación, buscando se convierta en un elemento de la Educación Popular.

De acuerdo a la Ley Nº 28056 ; el proceso del presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos. El presupuesto participativo tiene por objeto establecer disposiciones que aseguren la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los gobiernos locales, así como la fiscalización de la gestión. El presupuesto participativo tiene por finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad, para considerarlos en los presupuestos y promover su ejecución a través de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible. Asimismo optimizar el uso de los recursos a través de un adecuado control social en las acciones públicas. Para el desarrollo del proceso, los consejos de coordinación local se constituyen, conforman su directiva, elaboran y aprueban sus estatutos y sus planes de trabajo, dentro del marco de sus respectivas leyes y las normas que para regular este proceso se expidan. En el marco del alcance del proceso de programación participativa del presupuesto, la sociedad civil toma parte activa en el proceso de programación participativa de los presupuestos de los gobiernos locales con énfasis en los gastos de inversión, de acuerdo a las directivas y lineamientos que para estos fines emitirá la Dirección Nacional de Presupuesto Público y la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Estos presupuestos se sustentan en las orientaciones, compromisos, aportes y prioridades establecidas en los planes de desarrollo concertados a nivel regional y local. El proceso participativo tiene las siguientes fases: 1. Identificación de los agentes participantes, 2. Capacitación a los agentes participantes de las instancias del presupuesto participativo, 3. Desarrollo de talleres de trabajo; 4. Evaluación técnica de prioridades; 5. Formalización de los acuerdos; 6. Rendición de cuentas; y, 7. Otros que acuerde la instancia participativa. Los titulares del pliego son los responsables de llevar adelante las distintas fases del proceso, conforme a los mecanismos que se establecen en la presente Ley, su Reglamento, Directivas y Lineamientos emitidos para dichos fines. El resultado de los talleres debe constar necesariamente en actas. Los presupuestos participativos de los gobiernos locales reflejan de manera diferenciada e integrada los compromisos y acuerdos realizados a través de las distintas fases del proceso de programación participativa. Para ello, las instancias del presupuesto participativo sustentan los acuerdos y compromisos adquiridos, ante los Consejos Regionales o Concejos Municipales, según sea el caso, para su inclusión en el presupuesto institucional. Los gobiernos locales, para efecto del proceso de programación participativa del presupuesto, toman como base, de acuerdo a su ámbito territorial, el plan de desarrollo concertado, según corresponda, los cuales constituyen instrumentos orientadores de inversión, asignación y ejecución de los recursos, así como de la gestión individual y colectiva, tanto de las organizaciones sociales como de los organismos e instituciones públicas o privadas promotoras del desarrollo. Son mecanismos de vigilancia del presupuesto participativo los que permiten el acceso a la información pública, la rendición de cuentas y el fortalecimiento de capacidades. Los gobiernos locales, están obligados a utilizar los medios a su alcance a fin de lograr la adecuada y oportuna información a los ciudadanos, sobre el proceso de programación participativa del presupuesto y ejecución del gasto público. Los Titulares de Pliego de los gobiernos locales, están obligados a rendir cuenta de manera periódica, ante las instancias del presupuesto participativo, sobre los avances de los acuerdos logrados en la programación participativa, así como del presupuesto total de la entidad. El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, en coordinación con los gobiernos locales programa e implementa acciones de capacitación dirigidas a los agentes participantes del presupuesto participativo, para los fines de la programación y vigilancia participativa.

Interpretando a Valdivia (2012) ; el Presupuesto Participativo basado en Resultados se enmarca dentro del nuevo enfoque de la nueva gerencia y gestión pública, en el cual los recursos públicos se asignan, ejecutan y evalúan en función a cambios específicos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar de la población. Lograr estos cambios supone producir resultados que mejoren notoriamente las condiciones de vida de las personas. El Presupuesto Participativo basado en Resultados comprende la incorporación al proceso del Presupuesto Participativo de las corrientes renovadoras del presupuesto y la gestión por resultados en los que el/la ciudadano/a y los resultados que estos requieren y valoran se constituyen en el eje del accionar público. Para tal fin, se estructuran los presupuestos en función a los productos, es decir bienes y servicios que la población recibe de parte de las instituciones públicas, para lograr los resultados. El presupuesto anual debe garantizar las dotaciones de recursos necesarios para poder desarrollar los productos, que incluyen las previsiones presupuestarias para los recursos humanos, insumos materiales y bienes de capital que sean necesarios.

El Presupuesto Participativo es el espacio en el que pueden facilitarse las decisiones de inversión que dotarán a las entidades del Estado con los bienes de capital necesarios para cubrir las brechas existentes y que limitan el desarrollo y entrega de los productos. Para lograr una mayor efectividad en la gestión se deben relacionar los resultados con los productos, así como las acciones y los medios necesarios para su ejecución y viceversa. De esta manera, los proyectos que se prioricen en el marco del proceso participativo, al ser pensados y priorizados en función de resultados y estar conectados a los productos, garantizarán mejoras en la calidad de vida de la población (resultados), sobre todo de los sectores más necesitados.

Interpretando a Valdivia (2012) ; los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Interpretando a Marchiaro (2011) ; el presupuesto participativo es una herramienta de democracia participativa o de la democracia directa que permite a la ciudadanía incidir o tomar decisiones referentes a los presupuestos públicos, generalmente sobre el presupuesto municipal. La primera experiencia de presupuesto participativo (orçamento participativo) se inició en 1989 en la ciudad de Porto Alegre (Rio Grande do Sul, Brasil), tras la victoria del Partido los Trabajadores en las elecciones municipales. En un contexto de fuertes desigualdades sociales y recursos limitados, el nuevo gobierno no podía hacer frente a todas las necesidades de la población ni dar respuesta a las expectativas creadas entre la población más desfavorecida. Resultaba imprescindible establecer prioridades de acción y, para hacerlo, contó con la sociedad civil fuertemente organizada, dando voz a los movimientos sociales. A través de un sistema asambleario, se creó una estructura que permitiese a los ciudadanos incidir en las decisiones sobre el gasto municipal. El objetivo principal del presupuesto participativo en Porto Alegre se centró en la justicia social: empoderar a las comunidades y conseguir que las necesidades de los más desvalidos, a menudo olvidadas, pasen a primer término mediante la inversión de prioridades. La experiencia continúa en vigor, aunque el cambio de gobierno municipal en 2004 propició modificaciones substanciales en el proceso y sus objetivos.

En la República Argentina el primer municipio en adoptar un presupuesto participativo fue la ciudad de Rosario en la provincia de Santa Fe. Rosario sancionó la ordenanza respectiva en 2002 y el primer presupuesto participativo correspondió al año 2003. Posteriormente otros municipios como San Fernando (provincia de Buenos Aires), el Municipio de Morón (provincia de Buenos Aires, iniciados durante la intendencia de Martín Sabatella), Córdoba Capital, San Carlos de Bariloche (provincia de Río Negro), Reconquista (provincia de Santa Fe) y La Plata (Provincia de Buenos Aires) también adoptaron el uso de esta herramienta de participación directa. Esto derivó en la creación de la Red Argentina de Presupuestos Participativos que agrupa a los municipios que lo utilizan. En la actualidad se nombró como presidente de la Red Argentina de Presupuesto Participativo al Director de Presupuesto Participativo de la Ciudad de Córdoba Neldo Fraye.

En diversos municipios de España se han puesto en practica experiencias de presupuesto participativo en ámbito local: En Andalucia: Sevilla, Málaga y Córdoba. En Cataluña: Santa Cristina de Aro, Figaró-Montmany, Rubí, Castellar del Vallés, Sabadell, San Baudilio de Llobregat y Villafranca del Panadés. En Baleares: Colonia de San Pedro, en el municipio de Artá.

Otras ciudades en América Latina y, más adelante, en Europa, han adoptado el presupuesto participativo como forma de participación ciudadana y gestión municipal, adaptando el modelo de Porto Alegre a su propio contexto y tradición democrática. Existe actualmente una gran riqueza y diversidad de modelos y experiencias, con objetivos y procedimientos diversos entre sí. Entre las experiencias latinoamericanas, se encuentran Belém do Pará PA, Cosmópolis SP, São Bernardo do Campo SP, Diadema SP, Santo André SP, Jaboticaba SP, Santos SP, Piracicaba, São José dos Campos SP, Santa Bárbara d'Oeste SP, Belo Horizonte MG, Ipatinga MG, Betim MG, Timotéo MG, João Monlevade MG, Florianópolis SC, Blumenau SC, Joinville SC, Palmeira SC, Gravatal SC, Porto Alegre RS, Londria PR, Vitória ES, Vila Velha ES, Rio Branco AC, Brasiilia DF, Recife PE. En Europa, cabe citar la experiencia de Bolonia (Italia), Sevilla (España), Málaga (España); en América del Norte el Ontario (Canadá), Portland, Auburn y el Estado de Minnesota (EE.UU.); y en Asia, la de Yokohama (Japón).

2.1.1.2. PROGRAMACIÓN PARTICIPATIVA DEL PRESUPUESTO

Interpretando a Chávez (2012) ; respecto a la programación participativa del presupuesto, se debe considerar los siguientes aspectos:

INSTANCIAS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

Constituyen instancias de participación en el proceso de programación participativa del presupuesto, en concordancia con las disposiciones legales vigentes:

-El Consejo de Coordinación Regional.

-El Consejo de Coordinación Local Provincial.

-El Consejo de Coordinación Local Distrital.

Para el desarrollo del proceso, los consejos de coordinación regional y local se constituyen, conforman su directiva, elaboran y aprueban sus estatutos y sus planes de trabajo, dentro del marco de sus respectivas leyes y las normas que para regular este proceso se expidan.

ALCANCES DEL PROCESO DE PROGRAMACIÓN PARTICIPATIVA DEL PRESUPUESTO.

La sociedad civil toma parte activa en el proceso de programación participativa de los presupuestos de la Municipalidad de la Provincia de Huari, con énfasis en los gastos de inversión, de acuerdo a las Directivas y Lineamientos que para estos fines emitirá la Dirección Nacional de Presupuesto Público y la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Estos presupuestos se sustentan en las orientaciones, compromisos, aportes y prioridades establecidas en los planes de desarrollo concertados a nivel regional y local.

FASES DEL PROCESO PARTICIPATIVO

El proceso participativo tiene las siguientes fases:

1) Identificación de los agentes participantes.

2) Capacitación a los agentes participantes de las instancias del presupuesto participativo.

3) Desarrollo de talleres de trabajo.

4) Evaluación técnica de prioridades.

5) Formalización de los acuerdos.

6) Rendición de cuentas.

7) Otros que acuerde la instancia participativa.

El Alcalde de la Provincia de Huari, como titular del pliego es responsable de llevar adelante las distintas fases del proceso, conforme a los mecanismos que se establecen en la Ley del presupuesto Participativo, su Reglamento, Directivas y Lineamientos emitidos para dichos fines. El resultado de los talleres debe constar necesariamente en actas.

OFICIALIZACIÓN DE COMPROMISOS

El presupuesto participativo de la Municipalidad de la Provincia de Huari, refleja de manera diferenciada e integrada los compromisos y acuerdos realizados a través de las distintas fases del proceso de programación participativa. Para ello, las instancias del presupuesto participativo sustentan los acuerdos y compromisos adquiridos, ante el Concejo Municipal, según sea el caso, para su inclusión en el presupuesto institucional.

VINCULACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN PARTICIPATIVA CON LOS PLANES DE DESARROLLO CONCERTADOS

La Municipalidad de la Provincia de Huari, para efecto del proceso de programación participativa del presupuesto, toman como base, de acuerdo a su ámbito territorial, el plan de desarrollo concertado, según corresponda, los cuales constituyen instrumentos orientadores de inversión, asignación y ejecución de los recursos, así como de la gestión individual y colectiva, tanto de las organizaciones sociales como de los organismos e instituciones públicas o privadas promotoras del desarrollo.

PLANEACIÓN LOCAL

El proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específicas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales. El sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, consistencia con las políticas nacionales, especialización de las funciones, competitividad e integración.

PROMOCIÓN DEL DESARROLLO INTEGRAL

Los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La promoción del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población.

PROCESO PRESUPUESTARIO

Analizando a Hernández (2011) ; el proceso presupuestario comprende las fases de Programación, Formulación, Aprobación, Ejecución y Evaluación del Presupuesto, de conformidad con la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público – Ley N° 28112. Dichas fases se encuentran reguladas genéricamente por el presente Título y complementariamente por las Leyes de Presupuesto del Sector Público y las Directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público. El proceso presupuestario se sujeta al criterio de estabilidad, concordante con las reglas y metas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual a que se refiere la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal – Ley Nº 27245, modificada por la Ley Nº 27958. La estabilidad a que se refiere el párrafo precedente se entiende como una situación de sostenibilidad de las finanzas públicas, considerada en términos de capacidad de financiación en concordancia con el principio general contenido en la citada Ley y conforme a las reglas fijadas en la Ley de Equilibrio Financiero del Sector Público.

PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA

Analizando a Hernández (2011) ; la fase de programación presupuestaria, en adelante Programación, se sujeta a las proyecciones macroeconómicas contenidas en el artículo 4º de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal – Ley Nº 27245, modificada por la Ley Nº 27958. El Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, plantea anualmente al Consejo de Ministros, para su aprobación, los límites de los créditos presupuestarios que corresponderá a cada Entidad que se financie total o parcialmente con fondos del Tesoro Público. Dichos límites son programados en función a lo establecido en el Marco Macroeconómico Multianual y de los topes máximos de gasto no financiero del Sector Público, quedando sujetas a la Ley General todas las disposiciones legales que limiten la aplicación de lo dispuesto en el presente numeral. Todas las Entidades que no se financien con fondos del Tesoro Público coordinan anualmente con el Ministerio de Economía y Finanzas los límites de los créditos presupuestarios que les corresponderá a cada una de ellas en el año fiscal, en función de los topes de gasto no financiero del Sector Público, estando sujetas a la Ley General. Los límites de los créditos presupuestarios están constituidos por la estimación de ingresos que esperan percibir las Entidades, así como los fondos públicos que le han sido determinados y comunicados por el Ministerio de Economía y Finanzas, a más tardar dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes de junio de cada año. El procedimiento para la distribución y transferencia de fondos públicos a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales se efectúa conforme al marco legal vigente

FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA

Analizando a Hernández (2011) ; en la Fase de Formulación Presupuestaria, en adelante Formulación, se determina la estructura funcional-programática del pliego, la cual debe reflejar los objetivos institucionales, debiendo estar diseñada a partir de las categorías presupuestarias consideradas en el Clasificador Presupuestario respectivo. Asimismo, se determinan las metas en función de la escala de prioridades y se consignan las cadenas de gasto y las respectivas Fuentes de Financiamiento. La estructura de la cadena funcional-programática es propuesta, considerando los criterios de tipicidad y atipicidad, por la Dirección Nacional del Presupuesto Público, a los pliegos para su aprobación.

EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

Analizando a Hernández (2011) ; la Ejecución Presupuestaria, en adelante Ejecución, está sujeta al régimen del presupuesto anual y a sus modificaciones conforme a la Ley General, se inicia el 1 de enero y culmina el 31 de diciembre de cada año fiscal. Durante dicho periodo se perciben los ingresos y se atienden las obligaciones de gasto de conformidad con los créditos presupuestarios autorizados en los Presupuestos. El crédito presupuestario se destina, exclusivamente, a la finalidad para la que haya sido autorizada en los presupuestos, o la que resulte de las modificaciones presupuestarias aprobadas conforme a la Ley General. Entiéndase por crédito presupuestario a la dotación consignada en el Presupuesto del Sector Público, así como en sus modificaciones, con el objeto de que las entidades puedan ejecutar gasto público. Las disposiciones legales y reglamentarias, los actos administrativos y de administración, los contratos y/o convenios así como cualquier actuación de las Entidades, que afecten gasto público deben supeditarse, de forma estricta, a los créditos presupuestarios autorizados, quedando prohibido que dichos actos condicionen su aplicación a créditos presupuestarios mayores o adicionales a los establecidos en los Presupuestos, bajo sanción de nulidad y responsabilidad del Titular de la Entidad y de la persona que autoriza el acto.

La Dirección Nacional del Presupuesto Público realiza el control presupuestal, que consiste, exclusivamente, en el seguimiento de los niveles de ejecución de egresos respecto a los créditos presupuestarios autorizados por la Ley de Presupuesto del Sector Público y sus modificaciones, en el marco de lo dispuesto en el artículo 13º de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público – Ley Nº 28112.

El calendario de compromisos constituye la autorización para la ejecución de los créditos presupuestarios, en función del cual se establece el monto máximo para comprometer gastos a ser devengados, con sujeción a la percepción efectiva de los ingresos que constituyen su financiamiento. Los calendarios de compromisos son modificados durante el ejercicio presupuestario de acuerdo a la disponibilidad de los

Fondos Públicos.

La Contraloría General de la República y los Órganos de Control Interno de las Entidades supervisan la legalidad de la ejecución del presupuesto público comprendiendo la correcta gestión y utilización de los recursos y bienes del Estado, según lo estipulado en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República – Ley Nº 27785. El Congreso de la República fiscaliza la ejecución presupuestaria.

La ejecución de los fondos públicos se realiza en las etapas siguientes: a) Estimación; b) Determinación; c) Percepción.

La ejecución del gasto público comprende las etapas siguientes: a) Compromiso; b) Devengado; c) Pago

EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA:

Analizando a Hernández (2011) ; en la fase de Evaluación Presupuestaria, se realiza la medición de los resultados obtenidos y el análisis de las variaciones físicas y financieras observadas, en relación a lo aprobado en los presupuestos del Sector Público, utilizando instrumentos tales como indicadores de desempeño en la ejecución del gasto. Esta evaluación constituye fuente de información para la fase de programación presupuestaria, concordante con la mejora de la calidad del gasto público.

2.1.1.3. IMPLEMENTACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE LA PROVINCIA DE HUARI PARA EL AÑO FISCAL 2013.

Herrera (2011) , coincide con Vasconcelos (2011) , cuando señalan que la implementación del presupuesto participativo, se lleva a cabo mediante la formulación de un Reglamento que se constituye en el documento oficial para estos efectos. Dicho Reglamento tiene por objeto normar y orientar las acciones y/o procedimientos que aseguren la efectivo participación de la sociedad civil organizada y el estado en el proceso de formulación del presupuesto participativo basado en resultados, en la municipalidad provincial de huari para el ejercicio 2013, en concordancia con la normatividad legal vigente. El Reglamento en mención será de la aplicación en el ámbito provincial de Huari, conformado por sus 16 distritos: 1. Distrito Huari (Barrios Carmen, Milagros, San Bartolomé, San Juan, Santa Rosa, Vira, Cruz Jircan Y Vista Alegre). 2. Distrito Cajay. 3. Distrito Huantar. 4. Distrito Chavín De Huantar. 5. Distrito San Marcos. 6. Distrito Masin. 7. Distrito Rahuapampa. 8. Distrito Huachis. 9. Distrito Anra. 10. Distrito Ponto. 11. Distrito San Pedro De Chana. 12. Distrto Uco. 13. Distrito Rapayan. 14. Distrito Huacchis. 15. Distrito Paucas. 16. Distrito Huacachi

El Reglamento que contiene la implementación del proceso de formulación del presupuesto participativo basado en resultados, tiene como finalidad regular la participación activa de la sociedad civil organizada en la asignación de los recursos financieros así como el uso optimo de los recursos humanos, institucionales, ambientales, sociales, económicos y culturales en la provincia de huari.

BASE LEGAL

El desarrollo del proceso del presupuesto participativo, esta sustentado en las normas siguientes:

 Constitución política del estado

 Ley No. 28112 ley marco de la administración financiera del sector publico

 Ley No. 28411 ley general del sistema nacional de presupuesto

 Ley No. 27783 ley de bases de descentralización

 Ley No. 27972 ley orgánica de municipalidades

 Ley No. 28056 ley marco del presupuesto participativo

 D.S. No. 171-2003-EF, reglamento de la ley marco del presupuesto participativo

 Instructivo para el presupuesto participativo basado en resultados, Resolución Directoral No. 007-2010-EF/6.01, que aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01

 Instructivo para el proceso del presupuesto participativo basado en resultados.

 Ley No. 27293- ley del sistema nacional de inversión pública y disposiciones complementarias.

 Ley No. 29298 ley que modifica la ley 28056 ley marco del presupuesto participativo

 D.S. No. 097-2009-EF criterios de alcance, cobertura y monto de los proyectos de impacto regional, provincial y distrital.

 D.S. No. 142-2009-EF aprueba el reglamento de la ley marco de presupuesto participativo.

 D.S. No. 131-2010-EF, que modifica el D.S. No. 142-2009-EF

 D.S. No. 132-2010-EF que modifica el D.S. No. 097-2009-EF

 Directiva No. 002-2009-EF/76.01, Resolución directoral n° 022-2009-EF/76.01

 Resolución directoral No. 003-2011-EF/68.01 que aprueba la directiva No. 001-2011-EF/68.01 directiva general para la programación y formulación del presupuesto del sector publico-enfoque por resultados.

PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.

Para el desarrollo del proceso del presupuesto participativo se deberá tener en cuenta los principios rectores que se detallan:

1) Participación: los gobiernos locales promueven la participación ciudadana en las decisiones de gobierno.

2) Transparencia: comunidad informada sobre decisiones del proceso

3) Igualdad de oportunidades: participación plena sin discriminación, política, ideológica, religiosa, racial, género u otro.

4) Tolerancia: respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de los agentes,

5) Eficiencia y eficacia: optimización de los recursos de la municipalidad

6) Equidad. Igual acceso de oportunidades

7) Competitividad: gobiernos locales con gestión competitiva, que promueven la inversión privada, para el desarrollo local

8) Corresponsabilidad: entre el estado y la sociedad civil como principales actores del desarrollo.

9) Solidaridad: disposición para asumir los problemas de otros como propios

10) Respeto a los recuerdos: la participación de la sociedad civil en los presupuestos participativos se fundamenta en el compromiso de cumplimiento de los acuerdos o compromisos concertados, por lo que no pueden ser modificadas unilateralmente.

11) Subsidiariedad.- el gobierno mas cercano a la población es el mas idóneo para ejercer la competencia, o función, por consiguiente el gobierno nacional no debe asumir competencias que puedan ser cumplidas mas eficientemente por los gobiernos regionales y estos a su vez no deben involucrarse en realizar acciones que pueden ser ejecutados eficientemente por los gobiernos locales, evitando la duplicidad de funciones.

12) Prevención: el gobierno regional y los gobiernos locales, deben adoptar medidas anticipadas para reducir los riesgos de los efectos que una eventualidad o catástrofe natural pueda ocasionar daños a la población y al medio ambiente.

OBJETIVOS DEL PROCESO

 Fortalecer la gobernabilidad a través de involucramiento de la ciudadanía en la gestión asumiendo compromisos compartidas entre el estado sin fines partidarios, ni personales.

 Promover la equidad acercando a la sociedad civil a la toma de decisiones sobre la inversión publica.

 Mejorar la eficiencia y eficacia orientada a la asignación de recursos a actividades y proyectos de desarrollo, para el logro de resultados.

 Promover la creación de condiciones económicas sociales, ambientales, y culturales que mejoren los niveles de vida de la población y fortalezcan sus capacidades como base del desarrollo humano.

 Fortalecer la coordinación entre los diferentes niveles de gobierno para el cumplimento de los objetivos estratégicos del plan de desarrollo concertado, como actores principales en la implementación de las políticas y estrategias para el desarrollo sostenible.

 Reforzar la transparencia, el seguimiento, la rendición de cuentas, y la ejecución de intervenciones concertadas en el proceso de presupuesto participativo así como la vigilancia de la gestión publica fortaleciendo las capacidades para el desarrollo del presupuesto participativo por resultados.

 Para el logro de una mayor efectividad en la gestión se deben relacionar los resultados con los productos, así como las acciones y los medios necesarios para su ejecución de tal forma que los proyectos que se prioricen en el proceso participativo garanticen mejoras en la calidad de vida de la población, particularmente en aquellas dimensiones que se consideren mas prioritarias para el desarrollo local.

ROL DE LOS ACTORES.

A- Alcalde provincial: Es el responsable de convocar, informar y promover la articulación y coordinación del proceso del presupuesto participativo del nivel provincial.

a) Convoca a reunión del consejo de coordinación local provincial en su calidad de presidente, para dar inicio al proceso del presupuesto participativo

b) Propone el cronograma del proceso del presupuesto participativo en el ámbito de la provincia del cusco haciendo de conocimiento publico.

c) Informa sobre el estado de los proyectos en continuidad a ser sometidos al presupuesto participativo

d) Dispone la evaluación técnica de los proyectos identificados para su priorización en los talleres del proceso participación

e) Proponer para consideración, los resultados prioritarios a favor de la población que pueden ser objeto de atención en el proceso.

f) Determinar e informar a los agentes participantes el porcentaje del presupuesto institución al que corresponderá al presupuesto participativo, sin prejuicio que los recursos no incluidos en el proceso participativo se asignen por resultados claramente especificados.

g) Dispone las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptado en el proceso.

h) Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de los acuerdos

i) Rendir cuenta a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior.

B- El Consejo De Coordinación Local Provincial: Constituye el órgano de coordinación y concertación en los procesos de planeamiento estratégico, presupuesto participativo, fortalecimiento de la gobernabilidad local y fiscalización de la gestión del gobierno provincial de huari, el mismo que esta presidido por el alcalde provincial de huari, cuya función es:

a) Participar y promover activamente en el proceso del presupuesto participativo

b) Responder a las convocatorias que realiza la autoridad local.

c) Coordinar la incorporación de los proyectos de inversión en el presupuesto institucional municipal

d) Apoyar al comité de vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el presupuesto participativo.

C- El Consejo Municipal: Es el órgano normativo y fiscalizador del proceso participativo, cuya función es:

a) Aprueba los lineamientos de política presupuestal, ordenanza municipal y otra norma que rigen al proceso del presupuesto participativo.

b) Aprueba el programa de inversiones 2013 tomando en consideración las sugerencias hechas por el consejo de coordinación local provincial.

c) Fiscaliza el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso así como el cumplimiento de los acuerdos en la ejecución del presupuesto.

D- Equipo técnico dl proceso participativo:

a) Brindar apoyo para la organización y ejecución de las diferentes fases del proceso

b) Preparar y facilitar la información para el desarrollo de los talleres de trabajo y la formalización de acuerdos del proceso.

c) Desarrollar la evaluación técnica y financiera de los proyectos, verificando que correspondan al ámbito de competencia del nivel de gobierno local.

d) Preparar y presentar la lista de proyectos priorizados que aprobaron la evaluación técnica y financiera.

e) Sistematizar la información y elaborar los instrumentos normativos y técnicos del proceso.

E- Agentes participantes en el proceso participativos:

a) Participar con voz y voto en la discusión y/o toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso del presupuesto participativo así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados.

b) Proponer proyectos de inversión de impacto provincial de acuerdo a los lineamientos en el plan de desarrollo concertado e instructivo del presupuesto participativo.

c) Respetar los acuerdos adoptados en las diferentes fases del proceso

d) Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso

e) Cumplir con los acuerdos y compromisos asumidos en el proceso del presupuesto participativo

y avance del proceso del presupuesto participativo

g) Las entidades a quienes representan cofinancian la ejecución de proyectos de inversión a través de recursos financieros materiales y /o de mano de obra.

h) Otros que demande el proceso.

F- Gerencia de planeamiento y presupuesto.

a) Propone a las instancias correspondientes el presupuesto institucional de apertura incorporando proyectos priorizados en el presupuesto participativo

b) Remitir copia del acta de acuerdos y compromisos así como el documento del proceso a la dirección nacional del presupuesto publico

c) Mantener actualizado el aplicativo interactivo en las diversas fases del proceso.

G- Comité de vigilancia del proceso participativo

a) Vigila el cumplimiento de los acuerdos del proceso participativo y la ejecución de los proyectos priorizados

b) Solicita al gobierno local la información necesaria para vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso del presupuesto participativo

c) Informar por escrito al consejo municipal, consejo de coordinación local provincial sociedad civil y otras dependencias públicas en el caso de incumplimiento de los acuerdos del proceso del presupuesto participativo.

PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS

El proceso del presupuesto participativo 2013, se desarrollara en 2 ámbitos: distrital y provincial, se realizara tomando en cuenta la realidad territorial y organizativa, respetando el procedimiento básico para el desarrollo del proceso que debe ser adaptado, en función a sus particularidades y experiencias previas en la implementación de los presupuestos participativos.

El equipo técnico es el encargado de brindar apoyo para la realización de los talleres de trabajo, debiendo preparar la información necesaria y consolidar sus resultados para la posterior evaluación de las propuestas de inversión resultantes del proceso de alcaldía y estará conformado por:

• Gerente de planeamiento y presupuesto (quien la presidirá)

• Gerente de desarrollo social (o su representante)

• Gerente de desarrollo urbano y rural (o su representante)

• Gerente de desarrollo económico, turismo y ambiente (o su representante)

• Jefe de planeamiento (o su representante)

• Jefe de la oficina de programación e inversiones (o su representante)

• Jefe de la unidad formuladora (o su representante)

• Un representante de la red de salud Conchucos Huari

• Un representante de la sociedad civil debidamente acreditado por cada zona, cuya participación será en la priorización de proyectos de la zona a la que representa para los representantes de la sociedad civil y de cada distrito la elección será en el taller de rendición de cuentas, debiéndose incorporar a equipo técnico del presupuesto participativo designada al inicio del proceso.

A ellos se suma si se ve por conveniente a profesionales o técnicos que apoyen al equipo técnico en temas puntuales o permanentes.

El equipo técnico tiene a su cargo las siguientes responsabilidades además de las indicadas en el literal d del artículo 7º.

a) Preparar la información actualizada y relevante para el debate en los talleres de trabajo

b) Revisar y actualizar la matriz de consistencia de calificación y priorización de proyectos

c) Capacitar a los agentes participantes sobre las distintas fases de proceso

d) Conducir la organización y ejecución de los talleres de trabajo y sistematización de la información.

e) Evaluar, verificar y calificar los proyectos propuestos para su discusión y validación por los agentes participantes.

f) Elaboración del documento final del proceso participativo para el año fiscal 2013, para ser presentado a la dirección nacional del presupuesto público del ministro de economía y finanzas.

El equipo técnico debe preparar la información que debe ser distribuida a los agentes participantes en la fase de concertación de los talleres y son:

a) Reglamento del presupuesto participativo 2013

b) Relación de proyectos ejecutados en el año anterior información sobre los proyectos priorizados en el proceso participativo del año 2012 y considerados en el programa de inversiones del gobierno local.

c) Ley Nº 28056 – ley marco del presupuesto participativo reglamento-Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, instructivo nº 001-2010-EF/76.01

d) Instructivo para el proceso del presupuesto participativo

e) Recursos presupuestales, para la ejecución de proyectos priorizados en el proceso participativo 2013, por fuentes de financiamiento dl gobierno provincial y con financiamiento de otras entidades

f) Relación de proyectos priorizados para formulación del estudio de factibilidad así como de las ideas de proyectos aprobados en el proceso participativo del año anterior

g) Matriz de consistencia de calificación y priorización de proyectos.

El proceso de formulación del presupuesto participativo comprende las siguientes fases: preparación, concertación, coordinación y formalización.

FASE DE PREPARACIÓN

La fase de preparación comprende las acciones de: comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación y capacitación de los agentes participantes, esta fase es de responsabilidad compartida entre el alcalde, los miembros del consejo de coordinación local, el equipo técnico y la gerencia planeamiento y presupuesto, quienes deben realizar el desarrollo del proceso oportunamente y con la debida anticipación.

COMUNICACIÓN

La Municipalidad Provincial de Huari deberá desarrollar mecanismos de comunicación del proceso participativo a in de que la población se encuentre debidamente informada sobre los avances y resultados del proceso el cual puede utilizar los medios de comunicación escrita, verbal y televisiva, así como el portal electrónico de la institución.

SENSIBILIZACIÓN

Esta acción radica en la necesidad de promover la participación de la sociedad civil organizada en la gestión del desarrollo del distrito y provincia de huari así como el compromiso que debe asumir en las decisiones que se tome en el presupuesto participativo.

CONVOCATORIA

El alcalde en coordinación con los miembros del consejo de coordinación local provincial, convocan al proceso del presupuesto participativo a la población en general y los agentes participantes a registrarse y a participar en el proceso del presupuesto participativo por diferentes medios de comunicación audio-visual y escrito del ámbito de la provincia con la ayuda de material informativo (trípticos, volantes y notas de prensa) en quechua y castellano, garantizando una amplia participación y representatividad local. El proceso de difusión e información del proceso del presupuesto participativo será conducido por la oficina de relaciones públicas y protocolo de la municipalidad.

IDENTIFICACIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES.

La gerencia de planeamiento y presupuesto de la Municipalidad Provincial de Huari Se encarga de la identificación, inscripción o reinscripción y acreditación de los agentes participantes.

Son agentes participantes del proceso de presupuesto participativo:

a) Alcalde provincial

b) Alcalde distrital

c) Consejo de coordinación local

d) Consejo municipal provincial

e) Equipo técnico del proceso participativo

f) Comité de vigilancia y control

g) Representantes de la sociedad civil (clubes de madres, comités de vaso de leche, centros familiares, centros maternos infantiles, etc)

h) Organismos e instituciones publicas y privadas universidades colegios, profesionales asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo- ONGS, Cámara de comercio asociaciones o gremios (empresariales, laborales, agrarios de productores, o comerciantes) organismos de cooperación técnica internacional fundaciones, iglesias, asociaciones de personas con discapacidad, partidos políticos, otras que tengan presencia en el ámbito provincial.

El alcalde provincial alcaldes distritales los miembros del consejo de coordinación local provincial el consejo municipal provincial y el comité de vigilancia son miembros natos ante el proceso participativo contando con voy y voto.

INSCRIPCIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES.

La gerencia de planeamiento y presupuesto abrirá un libro de registro para la inscripción o reinscripción de los representantes de las diversas organizaciones e instituciones considerados en los literales g) y h) del articulo 18 que participan como agentes en el proceso de formulación y ejecución del proceso del presupuesto participativo.

Los agentes participantes que se registran dentro del proceso contaran con voz y voto, teniendo como responsabilidad asistir obligatoriamente a todos los talleres de trabajo que se mencionan en el cronograma para el proceso del presupuesto participativo, con la finalidad de que todos los agentes participantes registrados tengan conocimiento de los mismos lineamientos e información.

La identificación registro y acreditación de agentes participantes se llevara a cabo dentro de los plazos establecidos en el cronograma del presente reglamento.

Los representantes de la sociedad civil organismos e instituciones publicas y privadas; universidades colegios profesionales, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo-ONGDS, Cámara de comercio, asociaciones o gremios (empresariales, laborales, agrarios de productores o comerciantes), organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones, iglesias, asociaciones de personas con discapacidad, partidos políticos u otros que tengan presencia en el ámbito provincial; que desean solicitar su inscripción deberán cumplir con los siguientes requisitos:

• Las organizaciones acreditadas en procesos participativos de años anteriores, deberán confirmar su participación por escrito a través de una solicitud u oficio, donde a su vez señale al representante (titular o suplente) que participara en todas las etapas del proceso adjuntando copia del libro de actas de la asamblea que lo acredita como representante y su documento nacional de identidad-DNI

• Para organizaciones nuevas que se integran a los procesos de presupuesto participativo presentaran una solicitud dirigida al gerente de planeamiento y presupuesto de la municipalidad provincial de huari, adjuntando formato de inscripción de agentes participantes, copia simple del documento nacional de identidad (DNI) del titular o suplente designados, copia del acta de constitución, inscripción en los registros públicos u otros documentos que acrediten la vida institucional del organismo.

• Excepcionalmente con el fin de lograr la mayor participación de la población vulnerable no organizada ni representada adecuadamente en el proceso participativo se acreditara su participación con la presentación del libro de acta de vida organiza activa previa evaluación por la gerencia de planeamiento y presupuesto.

ACREDITACIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES

A cada agente participante se le otorgará un credencial que acredite su participación, señalando los siguientes datos:

a) nombre del participante

b) Organización a la que representa

El gerente de planeamiento y presupuesto vencido el plazo de inscripción dispondrá la publicación del listado de os agentes participantes inscritos para el proceso participativo 2013 y será publicado en carteles visibles de la municipalidad para conocimiento publico.

El plazo para presentar observaciones y tachas sobre alguna persona considerada en la lista publicada será de tres días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación a que se refiere el articulo precedente, siendo dicha observación o tacha comunicada al interesado para que levante las observaciones en el plazo de dos días a partir de la notificación, a fin de que el gerente de planeamiento y presupuesto proceda a solicitar la observación o tacha.

ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES

Los agentes participantes además de las manifestadas en el literal e, del artículo 7ª deberán asistir de manera obligatoria a los talleres de capacitación y de trabajo para la elaboración del presupuesto participativo para este fin los agentes participantes deberán tener en cuenta lo siguiente:

1. La participación debe ser activa y responsable, puntual e integral

2. La coordinación entre los delegados y/o representantes y los integrantes del equipo técnico debe ser constante y fluida.

3. La importancia de los temas a debatir debe garantizar el logro de objetivos del plan de desarrollo concertado.

Los agentes participantes tiene la responsabilidad de:

1. Informar a la agrupación social a quienes los representa acerca de la realización y avance del proceso del presupuesto participativo

2. Coordinar en su base institucional sobre os mensajes, opiniones, propuestas que resulten del consenso de la misma a ser tratado en los talleres de trabajo

3. Establecer prioridades del segmento social, sector o territorio que representan coherente a los contenidos del plan de desarrollo concertado, cuyas propuestas de ser el caso deben estar sancionadas en acta institucional y ser presentadas en el espacio correspondiente del proceso participativo.

FALTAS Y SANCIONES.

Faltas: Se consideran faltas a los actos que contravengan a las normas precisadas para el presupuesto participativo 2013 por los agentes participantes durante el desarrollo de las actividades que contempla el proceso del presupuesto participativo como las siguientes:

a) Inasistencia injustificada a los talleres convocados

b) Agresión física y/o verbal a uno o varios agentes participantes.

c) Asistir a los talleres o sesiones en estado etílico o de alteración por consumo de drogas

d) Alterar de manera violenta el normal desarrollo de los talleres y/o sesiones.

Sanciones:

Las sanciones se aplicaran según la gravedad o reiteración de las faltas señaladas serán las siguientes:

a) Por primera vez, llamada de atención en el taller o sesión.

b) Por segunda vez, comunicación expresa de llamada de atención suscrita por el alcalde de la municipalidad provincial de huari, dirigida al agente respectivo, haciendo de conocimiento a la organización de la sociedad civil o institución publica a la que representa

c) Por tercera vez, denuncia publica de la falta y de ser el caso el envío de una solicitud a la organización de la sociedad civil o institución publica que representa, para la sustitución del representante.

d) La inasistencia injustificada de los agentes acreditados de las zonas del Distrito Huari, a dos talleres consecutivos o alternados, originara la perdida del derecho a proseguir en el proceso del presupuesto participativo.

CAPACITACIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES

La capacitación a los agentes participantes es una acción que tiene como fin actualizar y precisar los conocimientos sobre el proceso del presupuesto participativo y mejorar su participación se realizara mediante talleres a fin de que se informe acerca de las tareas que involucra el proceso del presupuesto participativo y otros de interés común.

FASE DE CONCERTACIÓN

La fase de concertación comprende las actividades de desarrollo de talleres de trabajo a través de los cuales se desarrollaran las distintas acciones conducentes a la priorización de resultados, proyectos de inversión y compromisos de la municipalidad y la sociedad civil, identificación y evaluación técnica de los proyectos, así como de concertación para la priorización y formulación de acuerdo y compromisos entre los agentes participantes, cuyos resultados deben constar en actas.

El alcalde provincial o a quien delegue informara el resumen presupuestal para el año fiscal 2013 donde dará a conocer el total de ingresos municipales, gastos corrientes y recursos para inversiones.

TALLERES DE TRABAJO

Los talleres de trabajo son reuniones conjuntas de los agentes participantes donde se plantean acciones a implementar acorde a las necesidades de la provincia. Para el mecanismo de discusión en el desarrollo de talleres de trabajo del proceso participativo se tomara en cuenta lo siguiente:

a) Se contara con un moderador o facilitador quien conducirá el desarrollo del taller

b) Las intervenciones se efectuaran a mano alzada previa identificación de los agentes participantes.

c) La participación se realizara sobre la agenda establecida por espacio de 2 a 3 minutos

d) Se elaborara un rol de preguntas o intervenciones

e) La decisión final se aprobar por consenso de los participantes.

Se llevara a cabo talleres de trabajo por zonas de desarrollo: zona sur occidente (San Marcos, Chavín de Huantar, Huantar), centro oriente (Huari, Cajay, Masin, Rahuapampa, Huachis Sn Pedro De Chana, Ponto, Huacachi), Nor Oriente (Anra, Uco, Paucas, Huacchis, Rapayan)

La rendición de cuentas corresponde al primer taller, tendrá como propósito informar a los agentes participante sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos en el presupuesto participativo 2011 y avances del presupuesto participativo 2012, inversión ejecutada en el desarrollo concertado, debiendo estar a cargo del alcalde provincial o funcionario delegado. De igual manera, los agentes participantes, informan sobre el cumplimiento de los compromisos asumidos en el proceso participativo anterior (comité de vigilancia del presupuesto participativo y los comité de obra) asimismo se hará de conocimiento el presupuesto de apertura del presente ejercicio.

TALLER DE IDENTIFICACIÓN PRIORIZACIÓN DE RESULTADOS Y PROYECTOS DE INVERSIÓN

El equipo técnico, presentara la identificación y priorización de los resultados referidos a problemas de:

a) Acceso a los servicios básicos y oportunidades de mercado

b) Reducción de la desnutrición crónica infantil

c) Acceso a energía en locaciones rurales.

d) Gestión ambiental

e) Acceso a agua potable y disposiciones sanitarias de excretas para poblaciones rurales.

f) Seguridad ciudadana

g) Viabilidad y acceso peatonal

h) Recreación y deportes.

El taller de definición de criterios de priorización e identificación de resultados y priorización de proyectos de desarrollo, se realizara en forma descentralizada por zonas de desarrollo: zona sur occidente (San Marcos, Chavín De Huantar, Huantar), centro oriente (Huari, Cajay, Masin, Rahuapampa, Huachis Sn Pedro De Chana, Ponto, Huacachi), Nor Oriente (Anra, Uco, Paucas, Huacchis, Rapayan)

Se desarrollara el taller de análisis en el avance de ejecución de proyectos priorizados, la capacidad financiera institucional en los años 2012-2013 y programación de proyectos priorizados. En el diagnostico temático se analizara indicadores básicos que tienden a mejorar la calidad de vida de la población, identificando los problemas y potencialidades mas relevantes de la provincia.

En el desarrollo del taller se presentara un resumen de los acontecimientos climatológicos ocurridos en la Provincia de Huari, como base para la priorización de proyectos de prevención y reconstrucción.

En la identificación de proyectos, los agentes participantes del presupuesto participativo 2013, en representación de la sociedad civil, con apoyo del equipo técnico identificaran los problemas existentes en el ámbito provincial y propondrán un conjunto de proyectos de impacto que resuelvan el problema prioritario de la población, que beneficie y favorezca al mayor numero de ciudadanos.

Para tal efecto se aplicaran entre otros los siguientes criterios:

a) Los objetivos estratégicos del plan de desarrollo concertado

b) Las funciones que le competen a la municipalidad (exclusivas y compartidas)

c) Proyectos que presenten mayor rentabilidad social, en base a los problemas priorizados participativamente

d) El cofinanciamiento por parte de la población beneficiaria

e) El impacto en la población beneficiada

f) Los niveles de pobreza

g) El efecto en el empleo local

h) Los grupos vulnerables o en situación de riesgo

i) Numero de necesidades básicas insatisfechas

j) Efectos de prevención y restauración

k) Garantizar la ejecución de los proyectos de continuidad.

l) Otros criterios establecidos en la normatividad.

Concluida la identificación de proyectos se realizara la revisión, actualización y validación de la matriz de consistencia de criterios de priorización de proyectos con los agentes participantes, donde el facilitador del equipo técnico sustentara la propuesta a los agentes participantes de la matriz de consistencia de criterios de priorización de proyectos, concluida la exposición los agentes participantes podrán sugerir propuestas para su actualización y aprobación de la matriz de criterios de priorización de proyectos para el periodo 2013.

Los agentes participantes en función a los problemas prioritarios y las potencialidades con que cuenta la Provincia de Huari, presentaran propuestas, de proyectos que resuelven problemas identificados de acuerdo a la priorización de resultados.

EVALUACIÓN TÉCNICA

El equipo técnico se encargara de efectuar la evaluación técnica y calificación de las ideas de proyectos del año anterior y de los proyectos presentados por los agentes participantes, en base a la matriz de criterios de calificación, siguiendo los siguientes aspectos:

a) El equipo técnico presentara un listado de proyectos con los puntajes obtenidos y orden de priorización por resultados para su discusión y validación por los agentes participantes señalando los costos totales y asignación presupuestal para su ejecución en el año 2013

b) Los integrantes del equipo técnico presentaran y sustentaran los resultados de la evaluación el día de la formalización de acuerdos.

Los agentes participantes elegirán a los miembros de comité de vigilancia del proceso de presupuesto participativo 2013 el comité estará conformado por un (01) representante titular y un accesitario por cada zona del distrito de huari, la elección será a mano alzada y se presentara tres propuestas por cada representante asimismo se considerara un (01) representante por cada distrito

FASE DE COORDINACIÓN ENTRE NIVELES DE GOBIERNO

La fase de coordinación entre niveles de gobierno implica las acciones de articulación y consistencia de proyectos.

El alcalde provincial convocara a las autoridades de las municipalidades distritales y miembros del concejo de coordinación local provincial, para reuniones de coordinación, en procura de la articulación y amortización del proceso del presupuesto participativo basado en resultados.

Articulo 46º: el presidente del consejo de coordinación local provincial informara los acuerdos y propuestas de su instancia al consejo de coordinación regional.

FASE DE FORMALIZACIÓN.

En el taller de formalización de acuerdos el equipo técnico presentara y sustentara ante los agentes participantes el resultado de la evaluación y calificación de proyectos por ejes temáticos para su consideración discusión y aprobación final. Una vez concluido los acuerdos suscribirán en el libro de actas del proceso del presupuesto participativo.

En esta fase se considera las actividades para la inclusión de las prioridades concertadas e el presupuesto institucional

El equipo técnico del proceso participativo basado en resultados, es responsable de sistematizar y consolidar los resultados de la programación del proceso presupuestario y la formulación del “documento del presupuesto participativo basado en resultados año fiscal 2013”, el que será propuesto al alcalde para su presentación a los agentes participantes para su consideración y aprobación final

Los resultados del proceso del proceso del presupuesto participativo comprendido en el documento del presupuesto participativo basado en resultados año fiscal 2013 serán suscritos y formalizados en el acta de acuerdos y compromisos del presupuestos participativo, por parte de los agentes participantes y los miembros del consejo de coordinación local, en cada instancia.

El “documento del presupuesto participativo basado en resultados año fiscal 2013”, es aprobado por el consejo municipal luego de que el consejo de coordinación local y los agentes participantes formalicen suscribiendo el acta de acuerdos y compromisos del proceso del presupuesto participativo.

El documento del presupuesto participativo basado en resultados año fiscal 2013 y acta de acuerdos y compromisos del proceso participativo, deben ser remitidos a la dirección nacional del presupuesto público del ministerio de economía y finanzas, en el plazo establecido por la directiva de programación, formulación y aprobación del presupuesto de los gobiernos locales. El alcalde dispondrá la publicación del documento del presupuesto participativo y acta de acuerdos para conocimiento de la comunidad. Durante el ejercicio presupuestal, en el “aplicativo interactivo para el proceso participativo”, deberá incorporarse la información sobre los avances de la ejecución de los proyectos de inversión, así como los cambios en las priorizaciones que se incorporen en el ejercicio presupuestal.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES.

Los costos que irrogue la realización del proceso del presupuesto participativo, deben ser asumidos por el gobierno municipal y aportes económicos de entidades involucradas en el proceso.

El equipo técnico deberá alcanzar al alcalde municipal las recomendaciones necesarias y suficientes para resolver situaciones no previstas que surjan durante el proceso y serán de aplicación supletoria a lo dispuesto en el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01-01, para el proceso de presupuesto participativo basado en resultados, y deberán ser aprobadas mediante Decreto de Alcaldía

Si alguno de los proyectos priorizados en el presupuesto participativo no pueda ser ejecutado, el alcalde provincial en coordinación con el alcalde del distrito involucrado y representante de la sociedad civil organizada, dispondrá el reemplazo de dicho proyecto por otro lado, según la escala de prioridades establecida participativamente hecho que deberá hacerse de conocimiento del consejo de coordinación local provincial y del comité de vigilancia

En todo lo no previsto en el Reglamento, serán de aplicación las disposiciones de la Ley No. 28056- Ley marco del presupuesto participativo, Decreto Supremo No. 142-2009-EF que aprueba el reglamento de la Ley No. 28056, el Instructivo No. 001-2010-EF/76.01, aprobado por Resolución Directoral No. 007-2010-E/76.01

2.1.1.4. VIGILANCIA Y FISCALIZACIÓN DE LA GESTIÓN

Analizando a Tejada (2011) ; son mecanismos de vigilancia del presupuesto participativo los que permiten el acceso a la información pública, la rendición de cuentas y el fortalecimiento de capacidades.

La Municipalidad de la Provincia de Huari, está obligada a utilizar los medios a su alcance a fin de lograr la adecuada y oportuna información a los ciudadanos, sobre el proceso de programación participativa del presupuesto y ejecución del gasto público.

El Alcalde de la Provincia de Huari como titular del Pliego del gobierno local, está obligado a rendir cuenta de manera periódica, ante las instancias del presupuesto participativo, sobre los avances de los acuerdos logrados en la programación participativa, así como del presupuesto total de la entidad.

El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, en coordinación con la Municipalidad Provincial de Huari, programa e implementa acciones de capacitación dirigidas a los agentes participantes del presupuesto participativo, para los fines de la programación y vigilancia participativa.

El control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, con fines de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes. El control gubernamental es interno y externo y su desarrollo constituye un proceso integral y permanente.

El Control Interno comprende las acciones de cautela previa, simultánea y de verificación posterior que realiza la entidad sujeta a control, con la finalidad que la gestión de sus recursos, bienes y operaciones se efectúe correcta y eficientemente. Su ejercicio es previo, simultáneo y posterior.

El control interno previo y simultaneo compete exclusivamente a las autoridades, funcionarios y servidores públicos de las entidades como responsabilidad propia de las funciones que le son inherentes, sobre la base de las normas que rigen las actividades de la organización y los procedimientos establecidos en sus planes, reglamentos, manuales y disposiciones institucionales, los que contienen las políticas y métodos de autorización, registro, verificación, evaluación, seguridad y protección.

El control interno posterior es ejercido por los responsables superiores del servidor o funcionario ejecutor, en función del cumplimiento de las disposiciones establecidas, así como por el órgano de control institucional según sus planes y programas anuales, evaluando y verificando los aspectos administrativos del uso de los recursos y bienes del Estad, así como la gestión y ejecución llevadas a cabo, en relación con las metas trazadas y resultados obtenidos.

Es responsabilidad del Titular de la entidad fomentar y supervisar el funcionamiento y confiabilidad del control interno para la evaluación de la gestión y el efectivo ejercicio de la rendición de cuentas, propendiendo a que éste contribuya con el logro de la misión y objetivos de la entidad a su cargo.

El Titular de la entidad está obligado a definir las políticas institucionales en los planes y/o programas anuales que se formulen, los que serán objeto de las verificaciones a que se refiere esta Ley.

Se entiende por control externo el conjunto de políticas, normas, métodos y procedimientos técnicos, que compete aplicar a la Contraloría General u otro órgano del Sistema por encargo o designación de ésta, con el objeto de supervisar, vigilar y verificar la gestión, la captación y el uso de los recursos y bienes del Estado. Se realiza fundamentalmente mediante acciones de control con carácter selectivo y posterior.

En concordancia con sus roles de supervisión y vigilancia, el control externo podrá ser preventivo o simultáneo, cuando se determine taxativamente por la presente Ley o por normativa expresa, sin que en ningún caso con- lleve injerencia en los procesos de dirección y gerencia a cargo de la administración de la entidad, o interferencia en el control posterior que corresponda. Para su ejercicio, se aplicarán sistemas de control de legalidad, de gestión, financiero, de resultados, de evaluación de control interno u otros que sean útiles en función a las características de la entidad y la materia de control, pudiendo realizarse en forma individual o combinada. Asimismo, podrá llevarse a cabo inspecciones y verificaciones, así como las diligencias, estudios e investigaciones necesarias para fines de control.

Tejada (2012) ; coincide con Vasconcelos (2011) ; cuando establecen que la acción de control es la herramienta esencial del sistema de control institucional, por la cual el personal técnico de sus órganos conformantes, mediante la aplicación de las normas, procedimientos y principios que regulan el control gubernamental efectúa la verificación y evaluación, objetiva y sistemática, de los actos y resultados producidos por la entidad en la gestión y ejecución de los recursos, bienes y operaciones institucionales. Las acciones de control se realizan con sujeción al Plan Nacional de Control y a los planes aprobados para cada órgano del Sistema de acuerdo a su programación de actividades y requerimientos de la Contraloría General. Dichos planes deberán contar con la correspondiente asignación de recursos presupuéstales para su ejecución, aprobada por el Titular de la entidad, encontrándose protegidos por el principio de reserva. Como consecuencia de las acciones de control se emitirán los informes correspondientes, los mismos que se formularán para el mejoramiento de la gestión de la entidad, incluyendo el señalamiento de responsabilidad que, en su caso, se hubieran identificado. Sus resultados se exponen al Titular de la entidad, salvo que se encuentre comprendido como presunto responsable civil y/o penal. Las acciones de control que efectúen los órganos del Sistema no serán concluidas sin que se otorgue al personal responsable comprendido en ellas, la oportunidad de conocer y hacer sus comentarios y aclaraciones sobre los hallazgos en que estuvieran incursos, salvo en los casos justificados señalados en las normas reglamentarias. Cuando en el informe respectivo se identifiquen responsabilidades, sean éstas de naturaleza administrativa funcional, civil o penal, las autoridades institucionales y aquellas competentes de acuerdo a Ley, adoptarán inmediatamente las acciones para el deslinde de la responsabilidad administrativa funcional y aplicación de la respectiva sanción, e iniciarán, ante el fuero respectivo, aquellas de orden legal que consecuentemente correspondan a la responsabilidad señalada. Las sanciones se imponen por el Titular de la entidad y, respecto de éste en su caso, por el organismo o sector jerárquico superior o el llamado por ley.

2.1.2. DESARROLLO INTEGRAL, SOSTENIBLE Y ARMÓNICO

2.1.2.1. TEORÍAS DE DESARROLLO INTEGRAL, SOSTENIBLE Y ARMÓNICO

Interpretando a Rodríguez (2007) ; los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Los gobiernos locales promueven el desarrollo económico local, con incidencia en el micro y pequeña empresa, a través de planes de desarrollo económico local aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; así como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones.

El proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específicas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales. El sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, consistencia con las políticas nacionales, especialización de las funciones, competitividad e integración.

Los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La promoción del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población. Basándose en los Planes de Desarrollo Municipal Distritales Concertados y sus Presupuestos Participativos, el Consejo de Coordinación Local Provincial procede a coordinar, concertar y proponer el Plan de Desarrollo Municipal ProvinciaI Concertado y su Presupuesto Participativo. Estos planes deben responder fundamentalmente a los principios de participación, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficacia, eficiencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia de las políticas locales, especialización de las funciones, competitividad e integración. Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local.

Interpretando a Valdivia (2012) ; los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La promoción del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población.

Las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificación. Las municipalidades, conforme a las atribuciones que les confiere el artículo 197° de la Constitución, regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos. El presupuesto municipal debe sustentarse en el equilibrio real de sus ingresos y egresos y estar aprobado por el concejo municipal dentro del plazo que establece la normatividad sobre la materia. Para efectos de su administración presupuestaria y financiera, las municipalidades provinciales y distritales constituyen pliegos presupuestarios cuyo titular es el alcalde respectivo.

La Ley de Bases de la Descentralización establece la condición de exclusiva o compartida de una competencia. Las funciones específicas municipales que se derivan de las competencias se ejercen con carácter exclusivo o compartido entre las municipalidades provinciales y distritales, con arreglo a lo dispuesto en la presente ley orgánica. Dentro del marco de las competencias y funciones específicas establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, el rol de las municipalidades provinciales comprende: (a) Planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial, en el nivel provincial. Las municipalidades provinciales son responsables de promover e impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo integral correspondiente al ámbito de su provincia, recogiendo las prioridades propuestas en los procesos de planeación de desarrollo local de carácter distrital. (b) Promover, permanentemente la coordinación estratégica de los planes integrales de desarrollo distrital. Los planes referidos a la organización del espacio físico y uso del suelo que emitan las municipalidades distritales deberán sujetarse a los planes y las normas municipales provinciales generales sobre la materia. (c) Promover, apoyar y ejecutar proyectos de inversión y servicios públicos municipales que presenten, objetivamente, externalidades o economías de escala de ámbito provincial; para cuyo efecto, suscriben los convenios pertinentes con las respectivas municipalidades distritales. (d) Emitir las normas técnicas generales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo así como sobre protección y conservación del ambiente. Cuando se trate del caso de municipalidades conurbadas, los servicios públicos locales que, por sus características, sirven al conjunto de la aglomeración urbana, deberán contar con mecanismos de coordinación en el ámbito de la planificación y prestación de dichos servicios entre las municipalidades vinculadas, de modo que se asegure la máxima eficiencia en el uso de los recursos públicos y una adecuada provisión a los vecinos.

2.1.2.2. DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL

Laureano (2012) ; la idea básica del Desarrollo Económico Local (DEL) es facilitar a los actores principales de una región económica a emprender de manera independiente, iniciativas conjuntas orientadas al desarrollo económico de su región y a su posicionamiento estratégico en el país e incluso en el contexto global a través del desarrollo de ventajas competitivas. El desarrollo económico local es un proceso de concertación público-privado entre los gobiernos locales, la sociedad civil organizada y el sector privado, con el propósito de mejorar la calidad de vida de la población, mediante la creación de más y mejores empleos y la dinamización de la economía de un territorio definido, en el marco de políticas nacionales y locales. Requiere de: i) Creación y fortalecimiento de la institucionalidad local de gestión del DEL; ii) Fortalecimiento de competencias en la población; iii) Creación de un ambiente favorable de negocios para la atracción de inversiones y la creación de nuevas empresas; iv) Promoción de la competitividad de las empresas; v) Generación de ventaja competitiva regional.

Desarrollo Local es un concepto más amplio que el de DEL, porque abarca el desarrollo de una región que involucra desarrollo de las comunidades, social, ambiental, institucional y otro tipo de iniciativas locales encaminadas al bienestar general de la población. Más bien DEL forma parte del proceso de desarrollo local con focalización a aspectos económicos; en el ámbito regional se complementan y encuentra sinergias para su realización y sostenibilidad. Asimismo se diferencia del desarrollo económico, que es otro concepto más amplio de desarrollo a nivel de país, que abarca el ámbito general de política económica nacional y marco legal de empleo. DEL es un concepto territorial. Se conceptualiza DEL como un proceso en marcha por medio del cual los actores clave y las instituciones de la sociedad civil, del sector público y privado trabajan conjuntamente para crear ventajas únicas y diferenciadas para su región y sus empresas, afrontan las fallas del mercado, remueven obstáculos burocráticos para los negocios locales y fortalecen la competitividad de las empresas locales para la generación de más y mejores empleos.

La importancia de promover el Desarrollo Económico Local (DEL) en las Municipalidades tiene por objetivo mejorar el ingreso económico de los actores económicos, generar empleo decente y una vida sana en un determinado ámbito geográfico.

En el PROGRAMA CSE , se ha reconocido con más claridad que el enfoque de cadenas productivas sea el enfoque orientador para promover el DEL y que esas serán el motor del desarrollo de los territorios donde actúan. En ese contexto, las autoridades tienen el papel de generar un marco adecuado para el desarrollo y fortalecimiento de esas cadenas. De esta forma, el PROGRAMA CSE mediante su enfoque de Desarrolló Económico Local promueve el liderazgo de los gobiernos regionales y locales apoyándoles en la identificación y cumplimiento de sus roles de apoyo al DEL. En la estrategia de apoyo a la promoción de Desarrollo Económico Local-DEL promovida por el PROGRAMA CSE se considera un triangulo en el que cada ángulo representa un componente, que desde nuestra experiencia, comprenden las tres dimensiones en las cuales se debe de trabajar para lograr resultados: I) Dimensión política que representa el trabajo de sensibilización, capacitación, asesoría y acompañamiento a las autoridades para que comprendan los alcances de la promoción DEL en sus territorios, dictando las normas y políticas necesarias a favor del desarrollo económico de sus territorios, realizando los cambios necesarios en sus instrumentos de gestión y estructura institucional t destinando los recursos necesarios; II) Dimensión operativa para que la población sienta que la promoción del DEL se expresa en servicios y acciones concretas que los benefician. En este contexto, el PROGRAMA CSE ha desarrollado una metodología que permite lograr la incorporación de los Órganos de Desarrollo Económico Local – ODEL en la estructura de cada gobierno local para que sea el área especializada en brindar apoyo a las iniciativas económicas.

Dimensión asociativa, que permite comprender a autoridades y población que la promoción del DEL es un esfuerzo que requiere la participación de la población organizada y de la alianza con otros territorios. El PROGRAMA trabajó entre parte apoyando la constitución de mancomunidades municipales, como una estrategia para enfrentar de manera conjunta los problemas de desarrollo que actualmente enfrentan.

Analizando a Hernández (2011) ; en el marco del desarrollo económico y social, las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones específicas para contribuir con el desarrollo integral, sostenible y armónico, en las materias siguientes:

1) Organización del espacio físico - Uso del suelo: Zonificación; Catastro urbano y rural; Habilitación urbana; Saneamiento físico legal de asentamientos humanos; Acondicionamiento territorial; Renovación urbana; Infraestructura urbana o rural básica; Vialidad y Patrimonio histórico, cultural y paisajístico.

2) Servicios públicos locales: Saneamiento ambiental, salubridad y salud; Transito, circulación y transporte público; Educación, cultura, deporte y recreación; Programas sociales, defensa y promoción de derechos ciudadanos; Seguridad ciudadana; Abastecimiento y comercialización de productos y servicios; Registros Civiles, en mérito a convenio suscrito con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, conforme a ley; Promoción del desarrollo económico local para la generación de empleo; Establecimiento, conservación y administración de parques zonales, parques zoológicos, jardines botánicos, bosques naturales, directamente o a través de concesiones; Otros servicios públicos no reservados a entidades de carácter regional o nacional.

3) Protección y conservación del ambiente: Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Proponer la creación de áreas de conservación ambiental; Promover la educación e investigación ambiental en su localidad e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles; Participar y apoyar a las comisiones ambientales regionales en el cumplimiento de sus funciones; Coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y regional, la correcta aplicación local de los instrumentos de planeamiento y de gestión ambiental, en el marco del sistema nacional y regional de gestión ambiental.

4) En materia de desarrollo y economía local: Planeamiento y dotación de infraestructura para el desarrollo local; Fomento de las inversiones privadas en proyectos de interés local; Promoción de la generación de empleo y el desarrollo de la micro y pequeña empresa urbana o rural; Fomento de la artesanía; Fomento del turismo local sostenible; Fomento de programas de desarrollo rural.

5) En materia de participación vecinal: Promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local; Establecer instrumentos y procedimientos de fiscalización; Organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de su jurisdicción.

6) En materia de servicios sociales locales: Administrar, organizar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y desarrollo social; Administrar, organizar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, y otros que coadyuven al desarrollo y bienestar de la población; Establecer canales de concertación entre los vecinos y los programas sociales; Difundir y promover los derechos del niño, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor; propiciando espacios para su participación a nivel de instancias municipales.

7) Prevención, rehabilitación y lucha contra el consumo de drogas: Promover programas de prevención y rehabilitación en los casos de consumo de drogas y alcoholismo y crear programas de erradicación en coordinación con el gobierno regional; Promover convenios de cooperación internacional para la implementación de programas de erradicación del consumo ilegal de drogas.

2.1.2.3. SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL

Interpretando a Marchiaro (2011) ; la sostenibilidad ambiental aquél desarrollo que es capaz de satisfacer las necesidades actuales sin comprometer los recursos y posibilidades de las futuras generaciones. Intuitivamente una actividad sostenible es aquélla que se puede mantener. Esta definición es la del informe de la Comisión Brundlandt. La señora Brundlandt fue la primera ministra de Noruega y el año 1990 recibió el encargo de la ONU de redactar un primer informe para preparar la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro dos años más tarde. Hay otras definiciones también interesantes como la que proponen D. Pearce, A. Markandya y E.B. Barbier, en la cual se establece que en una sociedad sostenible no debe haber: un declive no razonable de cualquier recurso, un daño significativo a los sistemas naturales, un declive significativo de la estabilidad social, Otra definición se debe a H. Daly. Esta persona propone que una sociedad sostenible es aquélla en la que: “los recursos no se deben utilizar a un ritmo superior al de su ritmo de regeneración, no se emiten contaminantes a un ritmo superior al que el sistema natural es capaz de absorber o neutralizar, los recursos no renovables se deben utilizar a un ritmo más bajo que el que el capital humano creado pueda reemplazar al capital natural perdido. Concretando esta definición en un caso práctico, el de los combustibles fósiles, significa que se tiene que utilizar una parte de la energía liberada para crear sistemas de ahorro de energía o sistemas para hacer posible el uso de energías renovables que proporcionen la misma cantidad de energía que el combustible fósil consumido. Son tres formas de definir el desarrollo sostenible. La primera es la más simple, seguramente la que ha tenido más éxito, mientras que en la segunda y la tercera se complican los razonamientos. Hay que tener en cuenta que se trata de una definición estratégica de carácter conceptual y globalizadora, y se produce una notable dificultad al traducirla al día a día. Sin embargo, hay que hacer un esfuerzo para superar las dificultades de orden práctico que supone el principio ecologista del pensar globalmente y actuar localmente.

La incapacidad de la especie humana para vivir en armonía con el planeta, la gran interacción entre el hombre y el sistema natural, son los grandes problemas medioambientales de hoy. Hasta nuestros días, ninguna especie, excepto el hombre, ha conseguido modificar tan substancialmente, en tan poco tiempo, las características propias del planeta. Así, se plantean los grandes problemas planetarios siguientes: Superpoblación y desigualdades, El incremento del efecto invernadero, Destrucción de la capa de ozono, Humanización del paisaje, Preservación de la biodiversidad, La erosión, la desertización y la destrucción de la selva, Y a escala local: El sistema productivo, El agua, Los residuos domésticos, Suministro energético, El sistema de transportes

Todos los problemas planteados a escala planetaria y local tienen un denominador común y radican en el funcionamiento del actual sistema económico. El modelo hoy dominante es aquél que dice que la economía va bien cuando crece el producto interior bruto (PIB). Este modelo no tiene en cuenta cuánto cuesta a la colectividad en términos ecológicos y sociales el crecimiento de un punto del PIB. No tiene en cuenta que la capacidad de crecimiento económico es finita, ni tampoco tiene en cuenta las limitaciones del sistema natural que están llevando al planeta al infarto ecológico.

El PIB es la vaca más sagrada de todas las vacas sagradas de la economía. El PIB mide el valor de las mercancías producidas. Cuanta más producción, más crecerá el PIB; cuanto más crezca el PIB, mejor viviremos y más riqueza habrá. Pero la estadística nos enseña que en los últimos quince años el número de empleos no ha ido en aumento y en cambio el PIB habrá crecido un 60% en términos nominales.

La perversión del sistema vigente de contabilidad puede llegar a extremos insólitos. Es el caso del gravísimo terremoto de 1994 en Kobe (Japón). Alguien con autoridad pronosticó un impacto positivo con la reconstrucción de la zona de Kobe en el producto interior bruto japonés. Al cabo de pocos días empezó a subir la bolsa de Tokio. Tenemos un sistema de medida que permite afirmar que es bueno para la economía que haya destrozos.

Para Beas (2011) ; el desarrollo es el resultado de la integración de distintos temas en las vidas de las personas. El programa Desarrollo integral comunitario fue estructurado para realizar el desarrollo. Para cada comunidad, rural, urbana o indígena, se debe tener en cuenta sus necesidades demográficas, económicas y sociales. El programa de Desarrollo integral comunitario reúne una multitud de asuntos—por ejemplo, la violencia, la adicción, la nutrición, la prevención de las enfermedades crónicas—en un todo cohesivo. Esta manera de tratar de los intereses de una comunidad es una manera más eficaz que abordarlos como cuestiones separadas e independientes.

Glosario

Presupuesto Participativo:

El Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado – Sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel de Gobierno Regional o Local, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos.

Agentes Participantes:

Entiéndase por Agentes Participantes a quienes participan, con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones en el proceso del presupuesto participativo. Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Regional, Consejo de Coordinación Local, los miembros de los Consejos Regionales y Concejos Municipales, los representantes de la Sociedad Civil identificados para este propósito según lo señalado en el artículo 5° del Reglamento y los representantes de las entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el ámbito de la región, provincia o distrito y designados para tales fines. Integran también los Agentes Participantes un Equipo Técnico de soporte del proceso que participa con voz pero sin voto en el proceso.

Sociedad Civil:

Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática así como a Organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito regional o local.

Plan de Desarrollo Concertado:

Documento orientador del desarrollo regional o local y del proceso del presupuesto participativo, que contiene los acuerdos sobre la visión del desarrollo y objetivos estratégicos de la comunidad en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. Debe ser elaborado como resultado de un proceso de naturaleza participativa, concertada y permanente, que promueve la cooperación entre todos los actores, optimice el uso de los recursos financieros, físicos y humanos, estimule la inversión privada, las exportaciones y la competitividad regional y local, propicie el manejo sustentable de los recursos naturales, coordine las acciones para una efectiva lucha contra la pobreza y coadyuve al proceso de consolidación de la institucionalidad y gobernabilidad democrática en el país. El proceso de presupuesto participativo se desarrolla en el marco de las orientaciones, aportes y prioridades establecidas en los planes de desarrollo concertado a nivel regional y local y, considerando los lineamientos de política de carácter nacional o sectorial y armonizado con los Planes Institucionales de las entidades públicas que participan del proceso.

Talleres de Trabajo:

Reuniones de Agentes Participantes convocadas por los Presidentes Regionales y Alcaldes con la finalidad de identificar desde una perspectiva temática y territorial los problemas y las potencialidades de la Región, Provincia o Distrito así como también proponer acciones que implementar. En estos talleres de trabajo se definen también los criterios de priorización para las acciones propuestas con el fin de atenderlos en orden de prioridad dadas las restricciones de recursos presupuestarios existentes.

Equipo Técnico:

Lo integran los profesionales y técnicos de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional; los funcionarios de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de los Gobiernos Locales; de la Oficina de Programación e Inversión en el Gobierno Regional y Local, o quienes hagan sus veces, pudiendo estar integrado además, por profesionales con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto provenientes de las Sociedad Civil. Es presidido por el jefe del área de Planeamiento y Presupuesto, o quien haga sus veces, en el Gobierno Regional o Local y tiene la misión de brindar soporte técnico en el desarrollo del proceso del presupuesto participativo, así como la de desarrollar el trabajo de evaluación técnica a que hace referencia el artículo 8° del Reglamento.

Participación.

Los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como, en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos.

Transparencia.

Los presupuestos de los gobiernos regionales y gobiernos locales son objeto de difusión por los medios posibles de información, a fin de que la población pueda tener conocimiento de ellos.

Igualdad.

Las organizaciones de la sociedad tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, racial o de otra naturaleza, en los procesos de planificación y presupuesto participativo.

Tolerancia.

Es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construcción de consensos.

Eficacia y eficiencia.

Los gobiernos regionales y gobiernos locales organizan su gestión en torno a objetivos y metas establecidos en los planes concertados y presupuestos participativos, desarrollando estrategias para la consecución de los objetivos trazados y con una óptima utilización de los recursos. La medición de los logros se basa en indicadores de impacto, de resultados y de productos, normados por las instancias correspondientes.

Equidad.

Las consideraciones de equidad son un componente constitutivo y orientador de la gestión regional y local, sin discriminación, igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial.

Competitividad.

Los gobiernos regionales y gobiernos locales tienen como objetivo la gestión estratégica de la competitividad. Para ello promueven la producción y su articulación a los ejes de desarrollo o corredores económicos, así como la ampliación de mercados interno y externo, en un entorno de innovación, de calidad, de alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado.

Respeto a los Acuerdos.

La participación de la sociedad civil en los presupuestos de los gobiernos regionales y gobiernos locales se fundamenta en el compromiso de cumplimiento de los acuerdos o compromisos concertados.

Conclusiones

1) El presupuesto participativo facilita el desarrollo integral, sostenible y armónico de la Provincia de Huari- Región Ancash; mediante la asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos lo que fortalece las relaciones Municipalidad - Sociedad Civil.

2) La programación participativa del presupuesto facilita el desarrollo económico y social de la Provincia de Huari- Región Ancash; mediante la intervención de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos.

3) La vigilancia y fiscalización de la gestión facilita la sostenibilidad ambiental en la Provincia de Huari-Región Ancash; mediante el control previo, simultáneo y posterior de las actividades y recursos.

4) El proceso del presupuesto participativo comprende las siguientes fases: preparación (acciones: comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación y capacitación de los agentes); concertación (desarrollo de talleres para priorización de proyectos y compromisos); coordinación (acciones de articulación y consistencia de proyectos); y, formalización ( Evaluación y calificación de proyectos por ejes temáticos)

5) Son Agentes Participantes del Proceso de Presupuesto Participativo los siguientes: El alcalde Provincial, alcaldes Distritales, Consejo de Coordinación local; Consejo Municipal Provincial, Equipo técnico del Proceso Participativo; Comité de Vigilancia y Control; Representantes de la Sociedad Civil; y, Organismo e instituciones públicas y privadas. Estos agentes deben informar a las entidades que representan; coordinar con su base institucional y establecer prioridades en el segmento social que representan.

6) El Documento del presupuesto participativo y el Acta de acuerdos y compromisos del proceso participativo, deben ser remitidos a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en el plazo establecido por la Directiva de programación, formulación y aprobación del Presupuesto de los gobiernos Locales.

Recomendaciones

1) Se recomienda aplicar el presupuesto participativo porque además de cumplir la Ley se facilita el desarrollo integral, sostenible y armónico de la Provincia de Huari- Región Ancash; mediante la asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos lo que fortalece las relaciones Municipalidad - Sociedad Civil.

2) Se recomienda cumplir con la programación participativa del presupuesto porque además de cumplir la Ley se facilita el desarrollo económico y social de la Provincia de Huari- Región Ancash; mediante la intervención de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos.

3) Se recomienda ejerce una constante vigilancia y fiscalización de la gestión municipal, porque así lo establecen las leyes y porque facilita la sostenibilidad ambiental en la Provincia de Huari-Región Ancash; mediante el control previo, simultáneo y posterior de las actividades y recursos.

4) Se recomienda el estricto cumplimiento del proceso del presupuesto participativo por imposición legal y por convenir al desarrollo integral, sostenible y armónico de la Provincia de Huari. Dicho cumplimiento debe comprender las siguientes fases: preparación; concertación; coordinación y formalización.

5) Se recomienda que como parte del proceso participativo se considere la participación activa y dinámica de los Agentes Participantes del Proceso de Presupuesto Participativo, porque ellos son el enlace entre la Municipalidad y las entidades que representan. Sin estos agentes, no tiene sentido la gestión municipal.

6) Se recomienda a los funcionarios municipales que el Documento del presupuesto participativo y el Acta de acuerdos y compromisos del proceso participativo, deben ser remitidos en forma oportuna a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, al respecto se tiene el plazo establecido por la Directiva de programación, formulación y aprobación del Presupuesto de los gobiernos Locales. Además debe hacerse de conocimiento de la comunidad, siendo este ultimo acto de lo más relevante.

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Autor:

Domingo Hernández Celis

domingo_hc@yahoo.com

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