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Regimen Tributario


Enviado por   •  5 de Abril de 2014  •  1.950 Palabras (8 Páginas)  •  248 Visitas

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INGRESO POR ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES SUJETOS DEL ISR

Información general

Esta guía está dirigida a personas físicas que deben presentar Declaración Anual y que obtengan sólo ingresos por la renta de bienes inmuebles, como casas habitación, locales comerciales, oficinas, bodegas, entre otros.

Contiene explicaciones generales sobre el llenado de los principales campos del programa Declaración automática, como enviar la declaración al SAT y realizar el pago del impuesto a cargo. En caso de que tenga dudas adicionales, utilice los servicios gratuitos y confidenciales que se señalan al final de esta guía.

Cuándo se presenta la Declaración Anual 2012

En abril de 2013; pero puede presentarse desde febrero o marzo. Cuando se haga en estos meses, se considerará presentada el 1 de abril.

Qué impuestos debe declarar

 Impuesto sobre la renta (ISR).

 Impuesto empresarial a tasa única (IETU).

 Impuesto al valor agregado (IVA). No se hace Declaración Anual de este impuesto, sólo se presenta información de los pagos mensuales. Sin embargo, no se tiene que presentar la información cuando por todos los meses de 2012 haya presentado la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).

Qué necesita para elaborar y presentar la Declaración Anual 2012

 Declaración Automática versión 2013 en línea. No requiere de instalación, ya que funciona en línea desde el Portal de internet del SAT.

 En su caso, la constancia de pagos y retenciones del ISR e IVA.

 Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) o Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente para enviar la Declaración Anual por internet. La Fiel es obligatoria cuando obtenga saldo a favor en el ISR igual o mayor a 13,970 pesos y solicite su devolución.

 La clave bancaria estandarizada (Clabe) a 18 dígitos que le proporcionan los bancos en los estados de cuenta, la cual debe ser única, estar activa y a nombre del contribuyente, para que se le efectúe el depósito de su devolución si le resulta saldo a favor en el ISR.

 La Bitácora de información necesaria; que obtiene en el Portal de internet del SAT; si no la tiene al corriente le sugerimos llenarla para tener a la mano todos los datos que necesita.

Los comprobantes de gastos personales (deducciones personales), facturas y recibos de honorarios que reúnan los requisitos fiscales y que correspondan a 2012.

 Los comprobantes de los pagos por servicios educativos (colegiaturas) efectuados durante 2012.

 Equipo de cómputo con servicio de internet.

Qué gastos puede deducir por arrendar bienes inmuebles

Para calcular el ISR puede elegir cualquiera de las siguientes deducciones:

 Deducción opcional: 35% del total de las rentas cobradas en 2012, más el impuesto predial pagado por los bienes inmuebles arrendados.

 Deducciones autorizadas: los gastos o inversiones que haya realizado en los bienes inmuebles que rente, como son impuesto predial, agua que haya pagado, contribuciones locales, gastos de mantenimiento, intereses reales, salarios, comisiones, honorarios pagados, seguros que amparen los inmuebles e inversiones en construcciones, incluidas las adiciones y mejoras al bien inmueble. Si opta por estas deducciones, debe contar con las facturas correspondientes que reúnan todos los requisitos fiscales.

Recuerde que para determinar el IETU únicamente puede deducir los gastos indispensables para la obtención de los ingresos, con excepción de los sueldos pagados a los empleados y las aportaciones de seguridad social (cuotas al IMSS) ya que por dichos gastos se determina un crédito fiscal que se acredita (se resta) contra el IETU determinado.

Qué gastos personales y estímulos fiscales puede deducir

 Los pagos por honorarios médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, Análisis y estudios clínicos.

 Gastos funerarios. Se puede deducir hasta un salario mínimo anual de su área geográfica.

 Primas por seguros de gastos médicos.

Los gastos anteriores sólo serán deducibles si se pagaron a instituciones o a personas que residan en México, y sean para usted, su cónyuge, concubino/a, hijos, nietos, padres o abuelos, siempre que estas personas no hayan percibido ingresos iguales o mayores a un salario mínimo general de su área geográfica, elevado al año.

 Los intereses reales, pagados en 2012, por créditos hipotecarios para su casa habitación, contratados con el sistema financiero, Fovissste o Infonavit, entre otros organismos públicos, siempre que el monto del crédito no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión.

Donativos no onerosos ni remunerativos (gratuitos). El monto que se deduzcan no debe exceder de 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el ISR en 2011 antes de aplicar las deducciones personales.

 Transporte escolar de sus hijos o nietos, siempre que sea obligatorio o cuando se incluya en la colegiatura para todos los alumnos y se señale por separado en el comprobante.

 El importe de los depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro, pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro, así como la adquisición de acciones de sociedades de inversión. El monto que puede deducir por estos conceptos no debe exceder de 152,000 pesos.

 Las aportaciones a la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o a las cuentas de planes personales, así como a la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que en este último caso cumplan con el requisito de permanencia para los planes de retiro. El monto máximo de esta deducción es de 10% de los ingresos acumulables, que no excedan de cinco salarios mínimos generales de su área geográfica, elevados al año.

 Los pagos por servicios educativos

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