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Registro Federal De Contribuyentes

gmaximiliano15 de Abril de 2015

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Síntesis

El Registro Federal de Contribuyentes (o RFC) es una clave que requiere toda persona física o moral en México para realizar cualquier actividad económica lícita por la que esté obligada a pagar impuestos a toda persona moral, con algunas excepciones. A estas personas se les llama contribuyentes. La clave debe incluir datos personales del contribuyente o persona física (por ejemplo, su nombre y fecha de nacimiento) o de la persona moral (por ejemplo, nombre y fecha de origen de la persona moral). El registro se hace ante las oficinas del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, y es obligatorio para todos los que señale el Código Fiscal de la Federación.

Por firma electrónica se entenderán los datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo, que puedan ser utilizados para identificar al firmante en relación con el mensaje de datos e indicar que el firmante aprueba la información recogida en el mensaje.

Por sus características, la Fiel brinda seguridad a las transacciones electrónicas de los contribuyentes, con su uso se puede identificar al autor del mensaje y verificar no haya sido modificado.

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

La fiscalización de la Cuenta Pública comprende la revisión de los ingresos, los egresos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, fondos, los gastos fiscales y la deuda pública; del manejo, la custodia y la aplicación de recursos públicos federales, con excepción de las participaciones federales, así como de la demás información financiera, contable, patrimonial, presupuestaria y programática que las entidades fiscalizadas deban incluir en dicho documento, conforme a las disposiciones aplicables.

Por lo cual se tiene que tomar medidas que coadyuven y faciliten el ejercicio fiscal, como lo son medidas de control (registro federal de contribuyentes) y certificados de identidad (firma electrónica). Con los cuales las entidades destinadas a la recaudación se apoyan y desarrollan para que su ejercicio sea óptimo.

En este trabajo desarrollare el concepto del Registro Federal de contribuyente para que se entienda por qué de su creación y con que se conforma, es decir, enunciare los elementos que conforman el RFC y las maneras en que se obtiene tanto para las personas físicas como para las personas jurídicas.

Hoy en día la mayoría de los tramites se hacen o se pueden hacer por internet por lo cual es necesario desarrollar herramientas que identifiquen a los usuarios, como lo es la Firma Electrónica, una herramienta que conjunta datos de identidad de los usuarios, el fisco se ha dedicado a desarrollar estas herramientas e instituciones que certifiquen y vigilen su ejercicio. En el siguiente trabajo desarrollo veinticuatro puntos en manera de pregunta para especificar situaciones y se entienda de mejor manera.

Concepto de Registro Federal de Contribuyentes (RFC)

El Registro Federal de Contribuyentes (o RFC) es una clave que requiere toda persona física o moral en México para realizar cualquier actividad económica lícita por la que esté obligada a pagar impuestos a toda persona moral, con algunas excepciones. A estas personas se les llama contribuyentes. La clave debe incluir datos personales del contribuyente o persona física (por ejemplo, su nombre y fecha de nacimiento) o de la persona moral (por ejemplo, nombre y fecha de origen de la persona moral). El registro se hace ante las oficinas del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, y es obligatorio para todos los que señale el Código Fiscal de la Federación.

Tramite del RFC

El trámite de registro en el Registro Federal de Contribuyentes debe realizarse en la página de Internet y completarse en cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud.

Para acudir a la Administración Local del SAT, el solicitante debe concretar una cita debe presentar los siguientes documentos:

1. Acta de nacimiento o constancia de la CURP

2. Comprobante de domicilio

3. Identificación personal

4. Número de folio asignado que se le proporcionó al realizar el envío de su preinscripción

5. En su caso, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario público o fedatario.

En lo relativo a personas morales (compañías), deberá entregarse una copia certificada del documento constitutivo debidamente protocolizado en lugar del acta de nacimiento.

Objetivo del RFC

El Registro Federal de Contribuyentes, constituye el medio por el cual las autoridades fiscales ejercen su control sobre los contribuyentes; por tanto, es importante que los datos que se proporcionen sean correctos, como el nombre de la persona física, la denominación o razón social de la persona moral, domicilio, fecha de nacimiento o de constitución, etc.

Corresponde a la S.H.C.P. llevar el Registro Federal de Contribuyentes de acuerdo con los datos que le proporcionen las personas y con los que la propia Secretaría obtenga por cualquier medio. Así mismo dicha Secretaría asignará la clave que corresponda a cada persona inscrita, quien deberá citarla en todo documento que presente ante las autoridades fiscales y jurisdiccionales, cuando en éste último caso se trate de asuntos en que la Secretaría sea parte. Las personas inscritas deberán conservar en su domicilio la documentación comprobatoria de haber cumplido con las disposiciones del Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.

Reglas para la formulación de la clave del registro federal de contribuyentes

Todos los países requieren de controles para sus ciudadanos ya sea como control de ciudadano o control de recaudación fiscal específicamente.

En México, a partir del 22 de Abril de 1957, se crea el “Padrón Federal de causantes”, con el objeto de controlar la recaudación fiscal. El 13 de Diciembre de 1962, se publica el reglamento al Registro Federal de Causantes, ya más depurado y más aplicable. En 1980 cambia de nombre a “Registro Federal de Contribuyentes”, que es el que actualmente rige, regulado por el “Reglamento del Código Fiscal de la Federación” del 15 de Mayo de 1990, en su capítulo II de los derechos y obligaciones de los contribuyentes.- sección II del Registro Federal de Contribuyentes.

Es así como las personas físicas y morales afectas en forma habitual al pago de impuestos federales y en algunos casos estatales, deberán estar inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), a cargo de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la que les asignará un número único de registro. Aún y cuando es obligación de la SHCP asignar el número del RFC, en ocasiones nos corresponde determinarlo anticipadamente o bien, conocer su determinación.

El número de registro es el dato de que se valdrán las Oficinas Federales de Hacienda, las direcciones administradoras de los impuestos y el departamento de correspondencia y archivo, para localizar las tarjetas de control y los expedientes de los contribuyentes y estos tendrán la obligación de citarlo en toda declaración, manifestación, promoción, solicitud o gestión que hagan ante cualesquiera oficina o autoridad.

El número de registro para las personas morales se compondrá de doce caracteres y para las personas físicas de trece caracteres divididos en cuatro secciones:

1. Se compondrá de tres letras para personas morales y de cuatro letras para personas físicas.

2. Se compondrá de seis dígitos numéricos.

3. “Homónimo” se forma indistintamente de letras números o combinado, siendo dos caracteres.

4. “Digito verificador” se forma indistintamente de letra o número con un solo carácter.

La tercera y cuarta sección en ambos contribuyentes conforman lo que se conoce actualmente como la HOMOCLAVE.

Para asignar el número de registro, se aplican las siguientes reglas:

• Personas Físicas

REGLA 1ª.- Para formar el número de registro se tomará:

1. La primera letra del apellido paterno y la siguiente primera vocal del mismo.

2. La primera letra del apellido materno.

3. La primera letra del nombre.

Ejemplo:

Apellido paterno: BAÑOS BA

Apellido materno: FRIAZ F

Nombre: JAIME J

Resultado de la expresión alfabética: BAFJ.

A continuación se anotará la fecha de nacimiento del contribuyente en el siguiente orden:

• AÑO Se tomarán las dos últimas cifras escribiéndolas con números arábigos.

• MES Se tomará el mes de nacimiento en su número de orden, escribiéndolo con números arábigos.

• DIA Se escribirá con números arábigos.

La fecha completa de nacimiento de la persona física se anotará con seis dígitos: dos para el año, dos para el mes y dos para el día.

Cuando el año, mes o día, de la fecha de nacimiento aparezca solamente un guarismo se le antepondrá un cero.

Ejemplos:

AÑO: 1907 07

MES: Abril 04

DIA: 1 01

Como resultado tendremos la expresión numérica del registro: 070401

El número de Registro Federal de Contribuyentes, para las Personas Físicas invariablemente se compondrá

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