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chenta6 de Diciembre de 2012

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Con respecto a la formalidad del Trabajo Académico:

3.- Un mínimo de 10 y un máximo de 20 páginas.

4.- Además deberá tener, carátula, índice, introducción, contenidos, fuentes de investigación, conclusiones y/o recomendaciones.

Preguntas

1.- Haga un comentario sobre el significado de concentración empresarial, desarrolle las características, ventajas y desventajas. Mencione y comente un ejemplo conocido de este fenómeno. (5 puntos)

Significado :

Oswaldo Hundskopf Exebio

“El fenómeno por el cual dos o más empresas convienen en unir esfuerzos y capitales para obtener un beneficio común”

Alonso Morales Acosta

“la acumulación de medios de producción en un negocio, en una actividad económica o en un titular”.

LA CONCENTRACIÓN EMPRESARIAL

La concentración empresarial es un fenómeno de raíz económico y con consecuencias jurídicas, mediante el cual dos o más empresas integran sus recursos (económicos, humanos, etc.), a efectos de conseguir un beneficio común.

Para crear una empresa eran necesarias altas inversiones como resultado de las innovaciones tecnológicas y de las nuevas fuentes energéticas y por eso las empresas no podían autofinanciarse. A consecuencia de esto, la empresa individual fue sustituida por las sociedades anónimas. La crisis económica y la competencia obligaron a las pequeñas empresas a cerrar o a fusionarse con empresas más poderosas. La fusión, vista desde una perspectiva estratégica, es una decisión de negocios que está llamada a generar valor en el contexto de un proyecto de inversión de una empresa que involucra a la empresa objetivo, de manera tal que una vez fusionadas, el valor de la empresa absorbente debería ser mayor al valor de las dos empresas (absorbente y absorbida) independientemente consideradas, gracias al trabajo en conjunto que se han producido entre ellas con motivo de la fusión.

Existen diversas razones de índole empresarial, económico o financiero por las cuales las empresas deciden realizar procesos de fusión.

La noción básica que se suele tener de estas reorganizaciones es que, en virtud de una fusión se unen dos o más empresas; y mediante una escisión, (la escisión suele utilizarse para especializar o separar actividades empresariales, racionalizando su explotación mediante el ejercicio de cada una de esas actividades por una sociedad diferente). se divide o segrega el patrimonio de una empresa en bloques, los cuales son transferidos a otra empresa.

La concentración empresarial, fusiones y escisiones constituyen mecanismos creados y regulados por el derecho, a través de los cuales se transmite el patrimonio (los activos y pasivos) de una empresa a otra empresa, de manera más eficiente, sea en bloques (o por partes) o como un todo, los cuales para que surtan sus efectos jurídicos, deben ceñirse a las formalidades y procedimientos exigidos por la Ley.

El Estado interviene asumiendo una función reguladora según la cual establece políticas de índole económico y social mediante planes de desarrollo que orientan la actividad de las empresas.

La Ley General de Sociedades (LGS) no contiene una normativa específica que regule de manera expresa y directa los procesos de fusiones internacionales o transfronterizos, sean que estos se realicen desde el Perú hacia el extranjero, o viceversa. Ello no significa que una empresa peruana no pueda fusionarse con una empresa extranjera, sin embargo el procedimiento societario a seguir resultará en la práctica un tanto más largo y complicado que aquel establecido por nuestra ley para la fusión de sociedades peruanas.

En efecto, la fusión puede llevarse a cabo en dos sentidos, es decir, sea para que finalmente la sociedad absorbente radique en el Perú; ó, sea para que la sociedad absorbente radique en el extranjero.

Así, la sociedad extranjera que desee fusionarse para ser absorbida por una compañía constituida en el Perú, deberá previamente radicarse en el país transformándose al efecto en alguna de las formas societarias previstas por la ley peruana. Una vez convertida en una persona jurídica peruana, podrá hacer el proceso de fusión conforme a la LGS aplicable a las sociedades peruanas.

Las motivaciones mas comunes por las que algunas empresas se fusionan, son por: la reducción de costos administrativos, el aprovechamiento de mejores canales de distribución de los productos o de la cartera de clientes de la sociedad absorbida, la mejora en la gestión de todo el proceso productivo; incluso algunas motivaciones pueden ser de índole tributario, como por ejemplo, el hecho de que la transferencia patrimonial por fusión no se encuentra afecta al impuesto general a las ventas ni al impuesto a la renta en el Perú, el mejor aprovechamiento de un crédito fiscal de la sociedad absorbida o el goce de algún beneficio tributario

Características :

- Técnicamente distinguimos entre:

Concentración horizontal: en la que se asocian empresas de un mismo sector. se da cuando el agrupamiento se realiza entre empresas que pertenecen al mismo sector o realizan el mismo proceso de transformación o fabricación. El objetivo es reducir o eliminar a la competencia. Son los denominados cárteles, prohibidos por la UE para que no se dañe la competencia. El cártel del petróleo ya que algunos países controlan la fase de producción de ese bien.

Concentración vertical: En la que se asocian sociedades de actividades complementarias.

Se produce mediante la agrupación de empresas con actividades que completan la totalidad de las fases del proceso productivo y que aumentan la oferta dentro del mismo sector mediante productos complementarios del principal. La integración "hacia atrás" si la empresa es su propio proveedor o "hacia delante" si es su propio cliente. Sus objetivos son, por un lado, mejorar su rentabilidad mediante la reducción de costes (economías de escala, simplificación del proceso productivo, eliminación de intermediarios y costes de transacción); y por otro, mejorar su posición competitiva: asegurar el suministro de factores, incrementar su poder de negociación. Por ejemplo, algunas empresas dedicadas a la transformación y congelado del pescado han adquirido su propia flota pesquera a la manera de concentración vertical hacia atrás. El trust es un tipo de concentración vertical cuando se completa la totalidad de las fases del proceso productivo.

- Financieramente distinguimos entre los tipos más importantes de concentración de empresas a:

TRUST:

Fusión de empresas de un mismo sector (concentración horizontal) con un consejo de administración propio y que por lo tanto en el proceso de fusión han desaparecido las industrias preexistentes y han perdido su personalidad jurídica. Un trust pretende eliminar la competencia y como se formaron en los sectores claves de la producción (carbón, acero, hierro, ...) fueron prohibidas por los gobiernos. Hoy en todos los países existen leyes antitrust.

Para evitar el trust se forma el cártel.

CÁRTEL: Otra forma de organización horizontal en la que se asocian empresas de un mismo sector para fines concretos: generalmente se ponen de acuerdo en los precios de venta pero siguen conservando su independencia jurídica.

MONOPOLIO: Situación de mercado en la que un fabricante o distribuidor tiene la exclusiva sobre la elaboración o distribución de un producto. La competencia ha sido eliminada y los consumidores no influyen sobre los precios. No existen legalmente.

Ejemplos: Telefónica, Tabacalera, Camsa.

HOLDING: Corporación financiera que es dueña de multitud de empresa diversas. Es dueña total o parcialmente de empresas muy variadas.

- La fusión puede efectuarse:

En dos sentidos, es decir,

Primer supuesto: Que una sociedad extranjera sea absorbida por una sociedad peruana.

Esta clase de fusión se podría llevar a cabo a través de dos reorganizaciones societarias:

(a) Redomiciliar la sociedad extranjera en el Perú:

El artículo 394 de la LGS establece que cualquier sociedad constituida y con domicilio en el extranjero, siempre que la ley no lo prohíba, puede radicarse en el Perú (cambiar su domicilio social al Perú), conservando su personalidad jurídica y transformándose y adecuando su pacto social y estatuto a la forma societaria que decida asumir en el Perú.

(b) Fusión de sociedad redomiciliada con sociedad peruana:

Una vez que la sociedad extranjera se encuentre inscrita o radicada en el Perú, se llevará a cabo su fusión con la sociedad peruana, de acuerdo al procedimiento regulado por los artículos 344 al 366 de la LGS.

Consecuentemente, la sociedad extranjera que desee fusionarse para ser absorbida por una sociedad constituida en el Perú, deberá previamente radicarse en el Perú transformándose al efecto en alguna de las formas societarias previstas por la ley peruana. Una vez convertida en una persona jurídica peruana, podrá llevar a cabo el proceso de fusión conforme a las disposiciones de la LGS aplicables a las sociedades peruanas.

Segundo supuesto: Que una sociedad peruana sea absorbida por una sociedad extranjera.

Esta clase de fusión puede llevarse a cabo a través de dos procedimientos diferentes y alternos:

(a) El primer procedimiento sería a través del cambio de domicilio al extranjero de una

sociedad

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