TLC Mexico-Chile
3njoyy5 de Marzo de 2012
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Índice
¿QUE ES UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO (TLC)?
• Objetivos del TLC
ANTECEDENTES DEL TLC MÉXICO-CHILE
EL TLC MÉXICO-CHILE
• Comercio de Bienes
• Reglas de Origen
• Procedimientos Aduaneros
• Salvaguardias, Medidas sanitarias y fitosanitarias
• Medidas relativas a la normalización y metrología
• Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios Inversión
• Comercio Transfronterizo de Servicios
• Transporte Aéreo
• Telecomunicaciones
• Entrada Temporal de Personas de Negocios
• Política en Materia de Competencia
• Monopolios y Empresas del Estado
• Propiedad Intelectual, Solución de Controversias
• Disposiciones Institucionales
• El tratado tiene 6 anexos
RELACIONES ECONÓMICAS ENTRE CHILE Y MÉXICO, 1991 – 2003
VENTAJAS Y DESVENTAJAS TLC MEXICO- CHILE
• Ventajas
• Desventajas
CONCLUSIONES
BIBLIORAFIA
¿QUE ES UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO (TLC)?
Un TLC consiste en un acuerdo comercial regional o bilateral para ampliar el mercado de bienes y servicios entre los países participantes. Básicamente, consiste en la eliminación o rebaja sustancial de los aranceles para los bienes entre las partes, y acuerdos en materia de servicios. Este acuerdo se rige por las reglas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) o por mutuo acuerdo entre los países
Es Formar una Zona de Libre Comercio, estableciendo reglas claras y permanentes para el intercambio comercial, que permita el incremento de flujo comercial e inversión, así como nuevas oportunidades de empleo y mejores niveles de vida.
Objetivos del TLC
• Eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de bienes y servicios.
• Promover condiciones de competencia leal. Proteger y hacer valer, adecuada y efectivamente, los derechos de propiedad intelectual.
• Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del tratado, para su administración conjunta y solución de controversias.
• Establecer lineamientos para una ulterior cooperación trilateral, regional y multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios.
• Reducir la vulnerabilidad de las exportaciones ante medidas unilaterales y discrecionales.
• Fortalecer la industria nacional mediante un sector exportador sólido y competitivo.
• Coadyuvar a la creación de empleos
Los tratados de libre comercio son importantes pues se constituyen en un medio eficaz para garantizar el acceso de productos a los mercados externos, de una forma más fácil y sin barreras. Además, permiten que aumente la comercialización de productos nacionales, se genere más empleo, se modernice el aparato productivo, mejore el bienestar de la población y se promueva la creación de nuevas empresas por parte de inversionistas nacionales y extranjeros. Pero además el comercio sirve para abaratar los precios que paga el consumidor por los productos que no se producen en el país.
Formalmente, el TLC se propone la ampliación de mercado de los participantes mediante la eliminación de los derechos arancelarios y cargas que afecten las exportaciones e importaciones. En igual sentido busca la eliminación de las barreras no arancelarias, la liberalización en materia comercial y de subsidios a las exportaciones agrícolas, la reestructuración de las reglas y procedimientos aduanales para agilizar el paso de las mercancías y unificar las normas fitosanitarias y de otra índole.
ANTECEDENTES DEL TLC MÉXICO-CHILE
En septiembre de 1991, Chile y México suscribieron un Acuerdo de Complementación Económica (ACE Nº 17) en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). Este Acuerdo, que constituyó un nuevo modelo de integración entre Chile y los países latinoamericanos, se fijaba como meta intensificar las relaciones económicas bilaterales por medio de “una liberalización total de gravámenes y restricciones a las importaciones originarias de las Partes”.
Los positivos resultados en el campo del comercio de bienes y el interés por impulsar una relación que incorporara las distintas dimensiones del comercio de conformidad con la política comercial global de ambos gobiernos estimularon la negociación de un acuerdo de última generación basado en las disposiciones del NAFTA y del TLC Chile - Canadá.
El Tratado de Libre Comercio entre Chile y México fue firmado en abril de 1998 y ratificado en agosto de 1999.
Este acuerdo incorpora, además de las disciplinas tradicionales en el área del comercio de bienes, reglas en materia de inversiones, comercio de servicios, propiedad intelectual y un sistema moderno de solución de controversias que resguarda los derechos y obligaciones asumidos.
En materia de inversiones se liberalizan los flujos de inversión, estableciéndose normas claras, transparentes y no discriminatorias, otorgando protección y seguridades plenas, de acuerdo al Derecho Internacional, para las inversiones e inversionistas de los respectivos países.
En materia de comercio de servicios, Chile y México abrirán sus mercados a los prestadores de servicios. De esta manera, actividades tan diversas como servicios profesionales, de telecomunicaciones, de transporte aéreo y marítimo, turismo, y otros quedarán regidos por el principio de no discriminación y sujetos a disposiciones que estimularán el crecimiento del comercio de servicios.
Una de las dimensiones más complejas del comercio global es la relativa a la propiedad intelectual. Chile y México incorporaron esta dimensión otorgando protección a los derechos de autor, de artistas intérpretes y ejecutantes y productores de fonogramas, y de señales de satélite portadoras de programas. En este último caso las disposiciones serán implementadas dentro de un plazo de 5 años. Un aspecto de especial relevancia es el relativo a la protección de denominaciones de origen. En el marco de este Tratado, Chile reconoce al “Tequila” y “Mezcal” como denominaciones de origen para uso exclusivo de productos originarios de México. Por su parte, México reconoce a Chile la denominación “Pisco” como de uso exclusivo para los productos originarios provenientes de Chile.
Asimismo, se estudiarán las denominaciones de origen de los vinos chilenos. Se establece, además, la exigencia del uso de marcas de fábrica o comerciales, que Chile aceptó como un compromiso a ser adoptado en un plazo de 5 años, considerando la competencia leal, favoreciendo la inversión, la creación, y evitando la copia.
Este Tratado contempla, además, un programa de negociaciones futuras en áreas no incorporadas actualmente, específicamente en materias relacionadas con servicios financieros; eliminación de derechos antidumping, y compras de gobierno.
Finalmente, este Tratado incorpora un capítulo sobre materias relacionadas con políticas de competencia, monopolios y empresas del Estado, lo que refleja la actualidad del mismo.
De esta manera, este nuevo Tratado profundiza el Acuerdo suscrito en 1991 recogiendo la experiencia acumulada por ambos países en otras negociaciones desde la suscripción de ese instrumento, muy especialmente, la conclusión de las negociaciones de la Ronda Uruguay del GATT. Es así como México y Chile coincidieron respecto del tipo de modelo de acuerdo que deseaban negociar, el primero, teniendo como punto de partida su experiencia en el NAFTA y el segundo, su experiencia acumulada en la negociación del Tratado de Libre Comercio entre Chile y Canadá.
Desde el punto de vista de Chile, el Tratado suscrito con México avanza respecto del vigente con Canadá en nuevas áreas que recogen los intereses específicos de la relación bilateral. Esto explica que se incorporen áreas que no fueron negociadas con Canadá, como es el caso de normalización, medidas sanitarias y fitosanitarias, propiedad intelectual y transporte aéreo.
TLC MÉXICO-CHILE
Por medio de este Tratado se establece una zona de libre comercio entre Chile y México, de conformidad con las disposiciones de la Organización Mundial del Comercio y con el Tratado de Montevideo de 1980.
El Tratado tiene como principales objetivos, estimular la expansión y diversificación del comercio, promover condiciones para una competencia leal, aumentar las oportunidades de inversión, proporcionar protección adecuada a los derechos de propiedad intelectual y crear procedimientos eficaces para la solución de controversias.
Comercio de Bienes.- En materia de comercio de bienes se consagra el principio de no discriminación a través del otorgamiento del Trato Nacional.
En materia de acceso a mercados se consagra la situación vigente resultado del ACE Nº 17 descrito anteriormente. En consecuencia, se establece que al entrar en vigor el Tratado, se deberán eliminar todos los aranceles aduaneros para bienes originarios, salvo lo dispuesto en los Anexos 3-04 (3) (programa de desgravación aplicable exclusivamente a las manzanas que terminará el año 2006) y 3-04 (4) (lista de excepciones). Los productos contemplados en las listas de excepciones son aproximadamente cien clasificaciones arancelarias.
Reglas
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