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TLC Mexico Costa Rica


Enviado por   •  10 de Diciembre de 2011  •  2.980 Palabras (12 Páginas)  •  1.022 Visitas

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Introducción

Desde mediados de la década de los años ochenta en que se impulsó con decisión una política comercial orientada al impulso de la diversificación de las exportaciones y los mercados de destino, el país inició negociaciones comerciales internacionales orientadas a buscar mayores y mejores opciones para sus productos de exportación y un marco jurídico más sólido para las inversiones y el comercio.

Es así como se inicia en el año 1987 la negociación de ingreso al GATT, antigua OMC, que se concreta en el año 1990 y se impulsa la negociación de acuerdos comerciales bilaterales, conocidos como tratados de libre comercio, orientados a profundizar aún más el proceso de integración y liberalización comercial con algunos socios comerciales.

El Tratado de Libre Comercio con México, que entra en vigencia en 1995, es el primero de estos acuerdos bilaterales que negocia el país, el que además representa el primer acuerdo de este tipo negociado por dos países latinoamericanos. Este acuerdo moderno y comprensivo inaugura una serie de negociaciones bilaterales que lleva al país a negociar acuerdos similares con Chile, República Dominicana, Canadá y más recientemente con CARICOM y Estados Unidos.

Al cumplirse cinco años de vigencia del acuerdo con México el Ministerio de Comercio Exterior realizó una evaluación del comportamiento de la evolución del comercio y la inversión con este país bajo el TLC, así como de las labores de administración o aplicación de dicho acuerdo.

Antecedentes

El Tratado de Libre Comercio entre Chile y México fue firmado en abril de 1998 y ratificado en agosto de 1999. Este acuerdo incorpora, además de las disciplinas tradicionales en el área del comercio de bienes, reglas en materia de inversiones, comercio de servicios, propiedad intelectual y un sistema moderno de solución de controversias que resguarda los derechos y obligaciones asumidos.

En materia de inversiones se liberalizan los flujos de inversión, estableciéndose normas claras, transparentes y no discriminatorias, otorgando protección y seguridades plenas, de acuerdo al Derecho Internacional, para las inversiones e inversionistas de los respectivos países.

Tratado de Libre Comercio México-Costa Rica.

El Tratado de Libre Comercio entre México y Costa Rica entró en vigor el 1 de enero de 1995.

El tratado con Costa Rica establece normas transparentes, promueve el comercio de bienes y servicios, facilita el desarrollo de inversiones y atiende las relaciones con una región estratégica para México, reconociendo los sectores sensibles de cada país.

El calendario de desgravación pactado en este tratado establece que el 70% de las exportaciones mexicanas no agropecuarias a Costa Rica quedaron exentas de aranceles a partir de su entrada en vigor; Otros 20% se desgravará en cinco años y el último 10% en 10 años, de manera que el año 2005 la mayor parte del comercio entre los dos países estará libre aranceles

Asimismo, se establece normas que aseguran el trato nacional a los bienes y servicios de ambos países y se fijan mecanismos para efectiva eliminación de las barreras no arancelarias.

En los primeros ocho años de operación del tratado de libre comercio México - Costa Rica, de acuerdo a cifras del Banco de México, el intercambio de bienes se ha multiplicado por cinco al sumar 760 millones de dólares en 2002, registrando una tasa promedio anual de crecimiento de 25 por ciento, el más alto entre nuestros socios comerciales con los que en ese periodo teníamos tratados de libre comercio.

Las exportaciones de México a Costa Rica sumaron 344 millones de dólares, 2 por ciento más que en 2001.

Las importaciones mexicanas de ese país sumaron 416 millones de dólares, 126 por ciento superior a las registradas en el 2001.

El 4 de julio de 2001 se llevó a cabo la IV. Reunión de la Comisión Administradora del Tratado, en dicha reunión se destacó el crecimiento del comercio y la inversión, en materia de inversiones se resaltó que Costa Rica es el principal inversionista centroamericano en México con 9.2 millones de dólares en el periodo 1994-2000. Adicionalmente, se revisaron asuntos de implementación e interés comercial entre las Partes. Con el fin de facilitar el aprovechamiento de las oportunidades del Tratado e impulsar el intercambio comercial y los flujos de inversión entre los países integrantes del TLC, los representantes de la Comisión Administradora acordaron un plan de trabajo que arrancó el 21 de septiembre de 2001, con la realización de un seminario sobre Oportunidades Comerciales del TLC, al cual asistieron alrededor de 300 empresarios de ambos países.

Denominaciones de origen

En materia de comercio de servicios, Chile y México abrirán sus mercados a los prestadores de servicios. De esta manera, actividades tan diversas como servicios profesionales, de telecomunicaciones, de transporte aéreo y marítimo, turismo, y otros quedarán regidos por el principio de no discriminación y sujetos a disposiciones que estimularán el crecimiento del comercio de servicios. Una de las dimensiones más complejas del comercio global es la relativa a la propiedad intelectual. Chile y México incorporaron esta dimensión otorgando protección a los derechos de autor, de artistas intérpretes y ejecutantes y productores de fonogramas, y de señales de satélite portadoras de programas. En este último caso las disposiciones serán implementadas dentro de un plazo de 5 años. Un aspecto de especial relevancia es el relativo a la protección de denominaciones de origen. En el marco de este Tratado, Chile reconoce al “Tequila” y “Mezcal” como denominaciones de origen para uso exclusivo de productos originarios de México. Por su parte, México reconoce a Chile la denominación“Pisco” como de uso exclusivo para los productos originarios provenientes de Chile.

Asimismo, se estudiarán las denominaciones de origen de los vinos chilenos. Se establece, además, la exigencia del uso de marcas de fábrica o comerciales, que Chile aceptó como un compromiso a ser adoptado en un plazo de 5 años, considerando la competencia leal, favoreciendo la inversión, la creación, y evitando la copia. Este Tratado contempla, además, un programa de negociaciones futuras en áreas no incorporadas actualmente, específicamente en materias relacionadas con servicios financieros; eliminación de derechos antidumping, y compras

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