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Tipos De Cheques

karionga15 de Mayo de 2014

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La letra de cambio es un título de crédito de valor formal y completo que contiene una orden incondicionada y abstracta de hacer pagar a su vencimiento al tomador o a su orden una suma de dinero en un lugar determinado, vinculando solidariamente a todos los que en ella intervienen.1 La letra de cambio nace a finales de la Edad Media, con la necesidad del comercio monetario y su acumulación ilimitada en contra de la renta feudal.

Vale

Para la radio argentina, véase FM Vale 97.5.

Un vale es un documento comercial, para pagar un producto, ya sea bien o servicio. Puede representar el pago total o parcial (descuento inmediato en el momento de la compra por la cantidad que aparece en el vale). Lo más habitual es que los establecimientos comerciales proporcionen vales a sus clientes para fidelizarlos.

También sirve para darse a conocer a clientes nuevos, ofreciéndoles un artículo más barato o gratuito. En otros casos forma parte del proceso de devolución, el comercioextiende un vale que permite cambiar un producto adquirido por otro en un tiempo futuro.

Por último, el vocablo vale se utiliza para movimientos internos de una oficina o empresa. Cuando un empleado toma dinero para comprar algún material o artículos que no haya en existencia en la empresa, o porque desea un adelanto sobre su salario, se llena un «vale de caja». Este vale contiene:

Fecha

Cantidad (en número y letra)

Especificación clara sobre el concepto

Rúbrica de autorización

Firma de la persona que recibe el dinero

El vale es una oferta de reducción del precio final del artículo que puede estar patrocinado por el fabricante o por el minorista.

Vale del fabricante[editar]

Es un medio de promoción muy apropiado para introducir nuevos productos en el mercado. Los consumidores están más dispuestos a probar una novedad si el precio que deben pagar es menor que el recomendado. En este tipo de promoción se implican también las tiendas ya que admiten el descuento propuesto por el fabricante cuando un cliente redime un vale. A lo largo de la campaña de promoción, la tienda va recuperando ese dinero más una gratificación por su colaboración.

Vale del distribuidor[editar]

Es un medio de promoción que beneficia a compradores que ya consumían el producto. El minorista los emite para mantener a esos clientes y conseguir que aumente o el gasto por compra o el gasto por cliente (incrementando el número de veces que acude al establecimiento).

Estos vales pueden estar formulados de diversas formas:

15 % descuento en la compra de XXX cantidad del artículo YYY hasta el día ZZZ.

20 % de descuento en XXX, si compra 2 ó más unidades hasta el día ZZZ.

9,99 € de descuento en la compra de XXX hasta el día ZZZ.

Pagaré

Un pagaré es un documento que contiene la promesa incondicional de una persona (denominada suscriptora), de que pagará a una segunda persona (llamada beneficiaria o tenedora), una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. Su nombre surge de la frase con que empieza la declaración de obligaciones: "debo y pagaré". La diferencia entre la letra y el pagaré es que el pagaré es emitido por el mismo que contrae el préstamo.

Antecedentes[editar]

El pagaré aparece como una forma exclusiva del contrato de cambio que se contiene en la cambial y como medio de eludir la prohibición de estipular, que la Iglesia repudiaba. Como originalmente el título de cambio era expresión del contrato de cambio trayectorio y el derecho canónico prohíbe del pacto de intereses, se ideó la emisión de un título análogo al cambiario en el cual la obligación de pagar los intereses se ocultara bajo la apariencia de una deuda comercial o un préstamo, sin que, de otro lado, tuviese que emitirse el título para pagar en una plaza diferente a la orden de tercera persona.

Características[editar]

Al ser un instrumento de pago formal, el pagaré debe poseer ciertos requisitos llamados de validez a la persona debida.

Mención de ser pagaré[editar]

Se debe indicar que el instrumento es un "pagaré" -o de otra forma- deberá contener este término dentro del texto del documento, siendo expresado en el idioma que se firme el convenio de pago. Al ser impreso el documento, el título del pagaré debe ser escrito totalmente en el mismo idioma del país donde se suscribe. Este requisito es imprescindible.

Promesa incondicional de pago[editar]

El pagaré, a diferencia de la letra de cambio, posee una promesa incondicional de pagar una suma de dinero y sus respectivos intereses en moneda nacional o su equivalente internacional. La suma se debe expresar en número(s) y en letras, como también el tipo de moneda en que se efectuará el pago. Si se paga en moneda extranjera, se debe indicar el tipo de cambio o equivalencia entre las monedas, que deberá tenerse en cuenta a su vencimiento. Este requisito es lo que lo distingue de los otros títulos de crédito.

Nombre del beneficiario[editar]

Es imprescindible identificar a la persona a quien debe hacerse efectivo el pagaré. Puede ser a favor de una persona natural o persona jurídica. En este último caso se trataría de una denominada "razón social" o sociedad comercial.

Fecha de vencimiento[editar]

La fecha de vencimiento corresponde al día en que el título deberá ser pagado. El vencimiento debe ser una fecha posterior a la fecha en que se suscribe. El pagaré debe indicar el lugar en que se debe presentar el documento para su propio pago.

Fecha y lugar en que se suscribe[editar]

El pagaré debe contener la fecha en que ha sido creado. Es imprescindible para su relación con la fecha de vencimiento (determinando del plazo); y además para respetar los tiempos en que corresponde aplicar (cuando la ley lo disponga) el sellado o timbrado correspondiente. hay varios timpos de vencimiento los cuales són: - a la vista: aquí el pagaré vencerá en el momento de su presentación al pago que debe realizarse dentro del año siguiente a la fecha de su emisión. - a cierto tiempo vista: en este tipo de vencimiento el plazo indicado debe de contarse desde la fecha del visto. - a cierto tiempo fecha: indica que el pagaré vence el día que se cumpla el plazo que se señaló, contando desde el día de la emisión del pagaré. - a día fijo: este nos indica que vence el día que está señalado.

Firma del suscriptor[editar]

No se exige el nombre del suscriptor, sino solamente su firma, y no admite otro medio para sustituirla, sino la firma de otra persona, que suscriba a ruego o en nombre del girador. No se admitirá el uso de marcas o huellas digitales. La firma es indispensable y lógicamente torna nulo al tí¬tulo su falta, ha de considerarse que no podrá ser suplantada por la impresión digital.

Transmisibilidad[editar]

El pagaré será transmisible por endoso, que será total, puro y simple, es decir, no será transmisible el endoso por una parte del pagaré ni aquel que incluya condiciones.

1.- Obligaciones de las sociedades debentures

* Definición:

Son títulos de crédito que surgen de la declaración unilateral de voluntad de unasociedad anónima que incorporan una parte alícuota de un crédito colectivo cuyo sujeto pasivo-deudor es la sociedad creadora. Estos títulos son llamadostambién “obligación, bono o debentures”, y nacen de la necesidad que tiene una sociedad anónima de poseer más fondos de inversión, pero no se tiene elpropósito de aumentar el capital social; o sea, la sociedad crea debentures para obtener capital de trabajo que lo proporcionan quienes adquieren los títulos.Articulo 544 del Código de Comercio de Guatemala

Obligaciones. Las obligaciones son títulos de crédito que incorporan una parte alícuota de un créditocolectivo constituido a cargo de una sociedad anónima. Serán consideradas bienes muebles, aún cuando estén garantizadas con derechos reales sobreinmuebles.

Requisitos del título:

Además de los requisitos generales que estatuye el artículo 386 del Decreto 2-70 del Congreso de la República de Guatemalalos requisitos específicos de los debentures son los que establece el artículo 548 del mismo cuerpo legal, los cuales son los siguientes:

* Ladenominación de la obligación social o debenture;

* El nombre, objeto y domicilio de la sociedad creadora;

* El monto del capital autorizado y la partepagada del mismo, así como el de su activo y pasivo, según el resultado de la auditoría que deberá practicarse, precisamente para proceder a la creación de

Bono de prenda[editar]

El Bono de Prenda es un documento financiero que acredita el vínculo o la existencia de un crédito prendario sobre las mercancías o los bienes indicados en el Certificado de Depósito al que el Bono de Prenda está adherido. En base al Artículo 11 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito el bono o bonos expedidos podrán ir adheridos al certificado o separados de él.

La carta de porte como su nombre lo indica es el escrito en el que constan las mercancías que se transportan por vía terrestre, la importancia de la carta de porte radica en que, a través de este documento se tiene conocimiento de la mercancía que se transporta; mientras que el conocimiento de embarque hace referencia al transporte tanto marítimo como aéreo, el conocimiento de embarque no es más que la constancia de embarque de la mercancía.

La carta de porte y el conocimiento de embarque

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