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Trabajo: Suministros Martínez


Enviado por   •  7 de Junio de 2019  •  Ensayos  •  388 Palabras (2 Páginas)  •  110 Visitas

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Trabajo: Suministros Martínez

Preguntas del profesor

Con los datos facilitados en el caso práctico y los que necesites extraer de la unidad, responde a las siguientes cuestiones:

1. En primer lugar, indica los criterios legales que serían de aplicación en este caso, indicando las disposiciones y artículos relacionados.

Al caso práctico habría que aplicarle la LEY 31/1995 del 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales:

• El Art. 4 donde aparece la definición de diversos términos, con el fin de establecer con precisión su concepto.

• El Art. 5 donde se habla de la mejora de las condiciones de trabajo como fin de la Política preventiva

• El Art. 6 donde el gobierno a través de las normas reglamentarias y consultas a las organizaciones sindicales y empresariales regulan las materias que relacionan en dicho artículo. (RD39/1997, RD485/1997…)

2. ¿Estaría el empresario cumpliendo con la normativa que hemos analizado en el apartado uno? Y en todo caso, ¿qué debería de realizar para dar cumplimiento a dicha normativa?

Con la información que tenemos del caso práctico se observa que el empresario no cumple con el RD39/1997 del 17 de enero, por lo cual se aprueba EL Reglamento de los servicios de Prevención. La empresa Suministros Martínez S.A. es una pequeña empresa que consta de 7 trabajadores y la prevención la lleva el gerente, que aunque suele estar de forma habitual en el centro solo dispone de formación básica, siendo insuficiente para llevar la Prevención, el empresario debe contar con el servicio de Prevención.

3. Si la actividad que se realizase fuese alguna de las consideradas como actividades peligrosas del Anexo I del RD 39/1997, ¿sería obligatoria la constitución de un servicio de prevención propio? Razona la respuesta.

• El empresario debe constituir el un Servicio de Prevención propio cuando se trate de empresas que cuenten con:

• Más de 500 trabajadores

• Empresa con más de 250 trabajadores que desarrollen una actividad incluida en el ANEXO 1 del RD39/1997.

• Decisión de autoridad actual.

En nuestro caso, aun considerando que realizamos una actividad peligrosa incluida en el anexo 1 del RD39/1997, no tienen más de 250 trabajadores, luego no sería necesario tener un servicio de Prevención propio.

BIBLIOGRAFÍA:

VV AA. (2010). Memento práctico. Prevención de riesgos laborales 2011-2012. Madrid: Francis Lefebvre.

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales

Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención

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