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Unidad 1 ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA


Enviado por   •  23 de Noviembre de 2013  •  1.853 Palabras (8 Páginas)  •  507 Visitas

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TALLER. UNIDAD 1

ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

Artículo 81. Queda prohibida la fabricación, importación, posesión y uso de armas

Químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de

Residuos nucleares y desechos tóxicos.

RTA= Debido a esta ley se ayudo y se incremento la seguridad en cuanto al uso indebido de la explotación de los mismos los recursos naturales el cual prohíbe la importación de armas químicas y biológicas que atentan contra la naturaleza y la población.

Artículo 154. Las leyes pueden tener origen en cualquiera de las Cámaras a propuesta

De sus respectivos miembros, del Gobierno Nacional, de las entidades señaladas en el

Artículo 156, o por iniciativa popular en los casos previstos en la Constitución.

No obstante, sólo podrán ser dictadas o reformadas por iniciativa del Gobierno las leyes

A que se refieren los numerales 3, 7, 9, 11 y 22 y los literales a, b y e, del numeral 19

Del artículo 150; las que ordenen participaciones en las rentas nacionales o

Transferencias de las mismas; las que autoricen aportes o suscripciones del Estado a

Empresas industriales o comerciales y las que decreten exenciones de impuestos,

Contribuciones o tasas nacionales.

Las Cámaras podrán introducir modificaciones a los proyectos presentados por el

Gobierno.

Los proyectos de ley relativos a los tributos iniciarán su tramite en la Cámara de

Representantes y los que se refieran a relaciones internacionales, en el Senado.

RTA= Para generar una propuesta de ley primero debe originarse en cualquiera de las cámaras con sus respectivos miembros del gobierno nacional y sus debidas entidades, Las cuales no pueden ser dictadas o reformadas por el gobierno, solo las cámaras podrán modificar los proyectos presentados por el gobierno.

Artículo 200. Corresponde al Gobierno, en relación con el Congreso:1. Concurrir a la formación de las leyes, presentando proyectos por intermedio de los

Ministros, ejerciendo el derecho de objetarlos y cumpliendo el deber de sancionarlos

Con arreglo a la Constitución.

2. Convocarlo a sesiones extraordinarias.

3. Presentar el plan nacional de desarrollo y de inversiones públicas, conforme a lo

Dispuesto en el artículo 150.

4. Enviar a la Cámara de Representantes el proyecto de presupuesto de rentas y

Gastos.

5. Rendir a las cámaras los informes que éstas soliciten sobre negocios que no

Demanden reserva.

6. Prestar eficaz apoyo a las cámaras cuando ellas lo soliciten, poniendo a su

Disposición la fuerza pública, si fuere necesario.

RTA= Todos los proyectos deben ser presentados al congreso para que ellos lo puedan estudiar y evaluar con el fin de que sea aprobado, además de que el gobierno debe apoyar al congreso en todo lo necesario. Todo esto se hace para mayor transparencia con el estado sobre el manejo de los gastos, reservas que se puedan utilizar para dichos proyectos.

Artículo 339. Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una parte general

Y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional. En la parte

General se señalarán los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y

Prioridades de la acción estatal a mediano plazo y las estrategias y orientaciones

Generales de la política económica, social y ambiental que serán adoptadas por el

Gobierno. El plan de inversiones públicas contendrá los presupuestos plurianuales de

Los principales programas y proyectos de inversión pública nacional y la especificación

De los recursos financieros requeridos para su ejecución.

Las entidades territoriales elaborarán y adoptarán de manera concertada entre ellas y el Gobierno nacional, planes de desarrollo, con el objeto de asegurar el uso eficiente de Sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les hayan sido asignadas Por la Constitución y la ley.

Los planes de las entidades territoriales estarán conformados por una parte estratégica Y un plan de inversiones de mediano y corto plazo.

RTA= Al igual que para todo proyecto el gobierno debe contar con este plan de inversiones de las entidades publicas el cual como su nombre lo indica es el que se dispone para gastos de la ciudad, de la sociedad, del ambiente y solo debe usarse para estos fines.

Artículo 340. Habrá un Consejo Nacional de Planeación integrado por representantes

De las entidades territoriales y de los sectores económicos, sociales, ecológicos,

Comunitarios y culturales. El Consejo tendrá carácter consultivo y servirá de foro para la Discusión del Plan Nacional de Desarrollo.

Los miembros del Consejo Nacional serán designados por el Presidente de la República De listas que le presenten las autoridades y las organizaciones de las entidades y Sectores a que se refiere el inciso anterior, quienes deberán estar o haber estado Vinculados a dichas actividades. Su período será de ocho años y cada cuatro se Renovará parcialmente en la forma que establezca la ley.

En las entidades territoriales habrá también consejos de planeación, según lo determine La ley. Él Consejo Nacional y los consejos territoriales de planeación constituyen el Sistema Nacional de Planeación.

RTA= Este articulo asegura a la población sobre el hecho de que para cada actividad hay un representante que de opinión y no solo que tenga conocimiento

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