ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Valor Devengado


Enviado por   •  4 de Junio de 2014  •  1.084 Palabras (5 Páginas)  •  1.062 Visitas

Página 1 de 5

VALOR DEVENGADO O DEVENGADOS DE LA NÓMINA

Es el valor total de ingresos que va a tener un trabajador por haber cumplido cierta cantidad de tiempo de productividad.

LOS VALORES QUE GENERALMENTE SE DEVENGAN DE LA NÓMINA SON:

Salario básico mensual, asignado en el contrato de trabajo.

• El recargo nocturno si la jornada o parte de ella se cumple durante la noche.

• Las horas extras diurnas y extras nocturnas.

• Los días dominicales y festivos, como las horas extras diurnas y nocturnas en dominicales y festivos.

• El auxilio de transporte, tiene la naturaleza de un auxilio económico con destinación específica y por mandato de la ley se debe incorporar al salario única y exclusivamente para efectos de liquidación de prestaciones.

• Los viáticos de carácter permanente en aquella parte destinada a proporcionar al trabajador manutención y alojamiento. Los viáticos ocasionales no constituyen salario en ningún caso.

SALARIO:

Es el sueldo representado en dinero o en bienes materiales, el cual obtiene el trabajador por el cumplimiento de dicho periodo o tiempo laborado.

Cuando existe salario diario, es decir el trabajador recibe la bonificación diaria, se llama jornal.

SALARIO MINIMO:

- Es el salario mensual establecido por el estado, en donde el trabajador recibe cierta cantidad de dinero por el tiempo establecido en la ley. El cual tiene derecho cualquier persona que este prestando un servicio, esto se debe tener claro en ambas partes tanto el patrono como el trabajador.

- Salario mínimo mensual legal vigente, es el que está establecido por la ley como el sueldo básico que recibe un trabajador mensualmente.

SALARIO BASICO:

Es el ingreso económico que tendrá el trabajador fijo mensual, sin que varié de acuerdo a la productividad, esto significa que desde que cumpla con los horarios asignados obligatorios no habrá ningún inconveniente con el salario, a esto se le sumara comisiones, bonificaciones, horas extras, dominicales, y festivos, auxilio de transporte etc.

SALARIO INTEGRAL:

Es el valor total del salario mensual, más todas las prestaciones prestadas por la empresa, como las primas, horas extra etc. Lo único que no va incluido en el salario integral son las vacaciones. Pero esto no quiere decir que no las va a tener, el empleador está en la obligación de brindarle las vacaciones al trabajador de acuerdo a las leyes establecidas.

El Salario Mínimo Integral es en el que se considera que “ya está incluido dentro del valor total del salario las prestaciones, recargos y otros beneficios como el correspondiente recargo nocturno, extraordinario, las primas legales y extralegales, las cesantías, sus intereses, subsidios y suministros en especie”.

El salario mínimo integral según lo establece el numeral 2 del artículo 132 del código sustantivo del trabajo ha de ser de 10 salarios mínimos más un factor prestacional que no pude ser inferior al 30%, esto es, 3 salarios mínimos, de manera tal que el salario integral no puede ser inferior a 13 salarios mínimos.

Tenemos entonces que discriminado el salario integral mínimo es:

Factor salarial: 10x616.000 = $6.160.000

Factor prestacional: 3x616.000 = $1.848.000

Para un total de $8.008.000

COMISIÓN:

Es un método de incentivo implantado en algunas organizaciones con el fin de promover en los trabajadores un buen desempeño productivo. Es decir el trabajador estará consiente que entre más beneficios busque para la empresa, más garantías económicas o en especie se le van a ser representados.

AUXILIO DE TRANSPORTE:

Según la ley, está establecido que el subsidio de transporte del trabajador quedo representado actualmente por $72.000. Esto tiene como finalidad la movilización del trabajador hacia su punto de trabajo, esto no va reflejado en el salario ya que no va a beneficio del trabajador sino de la misma entidad.

RECARGO NOCTURNO:

Cuando se trabaja en horas nocturnas las cuales están establecidas por la ley de las 10pm a las 6am. Las cuales quedaran representadas por el 35% sobre la hora ordinaria.

DESCANSOS REMUNERADOS:

Esto quiere decir que cuando el obrero trabaja un día más del cual está acordado entre el patrono y el trabajador. Se le otorgara un día o dependiendo de qué tiempo trabaje así

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (7.2 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com