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Buena Comunicacion


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2012  •  1.029 Palabras (5 Páginas)  •  475 Visitas

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El Código de Ética Profesional es el instrumento diseñado para facilitar el cumplimiento y la puesta en práctica del mandato de los Estatutos del Colegio de Psicólogo/as, en el que se enfatiza la ética como valor central de la profesión y su ejercicio. Su objetivo generales regular el quehacer profesional con acento en la propuesta de criterios de acción y conducta.

Un Código de Ética profesional es un conjunto de normas de conducta profesional

Respaldadas por principios que constituyen su marco teórico – ético. Necesariamente

tiene un carácter no exhaustivo, no pudiendo abarcar todas las conductas y sus matices y deja un margen razonable de interpretación.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

El Código de Ética Profesional es el instrumento elaborado con el objeto de:

1. Dilucidar y resolver dudas y conflictos de tipo ético profesional.

2. Facilitar la resolución de dilemas éticos en las diferentes especialidades de la

profesión.

3. Analizar y clarificar opciones de acción.

4. Configurar, evaluar y juzgar las eventuales infracciones a las propias normas.

5. Proteger y/o defender a los psicólogo/as frente a acusaciones o acciones que afecten injustamente su prestigio y ejercicio profesional.

ESTRUCTURA

La estructura del Código de Ética está constituida por:

“Principios Éticos Generales” (Capítulo Primero, Artículo 1 al 6) que constituyen el marco teórico-ético que lo sustenta, por lo tanto, no tienen un carácter normativo.

CAPITULO PRIMERO - PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 1º: Respeto por los Derechos y la Dignidad de las Personas

El psicólogo/a se compromete a respetar y adherir a los principios establecidos en la

Declaración Universal de Derechos Humanos. En particular, respetar la dignidad y el valor de todas las personas y el derecho a la privacidad, confidencialidad, autodeterminación, diversidad y autonomía. Así mismo, respetar las diferencias

Individuales, culturales, de género, etnia, religión, ideología, orientación sexual, condición socioeconómica, u otras.

Artículo 2º: Competencia

Es responsabilidad del psicólogo/a tener un nivel de competencia idóneo, proveyendo

sólo aquellos servicios y técnicas para las que está capacitado por su formación profesional, al igual que reconocer las fronteras de su disciplina. Es también su responsabilidad la actualización permanente de sus conocimientos e información científica y profesional relevante a los servicios que brinda. Asimismo, tener presente que las competencias que se requieren en la asistencia, enseñanza y/o estudio de personas o grupos humanos, varían según las características diversas de éstos.

Artículo 3º: Compromiso Profesional y Científico

El psicólogo/a adherirá a los principios y normas de conducta contenidos en este Código, asumiendo la responsabilidad por su cumplimiento. Así como también el compromiso de promover la psicología en cuanto saber científico. En aquellas situaciones para las cuales aún no existen normas y/o criterios profesionales reconocidos, corresponderá al psicólogo/a ejercer un juicio cuidadoso, establecer redes de interconsulta, si es necesario interdisciplinarias, e informar y prevenir a las personas con quienes trabaja del carácter experimental de los instrumentos o intervenciones.

Artículo 4º: Integridad

El psicólogo/a se guiará por principios de probidad, honestidad, justicia y respeto por los otros en su ejercicio profesional. En este contexto, el psicólogo/a tendrá en cuenta sus propios sistemas de creencias, valores, necesidades y límites y del efecto que éstos tienen en su trabajo. Del mismo modo, el psicólogo/a evitará comportamientos en su vida privada que puedan generar dudas públicas sobre su honestidad o conformación ética que afecten la imagen de la profesión.

Artículo 5º: Independencia

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