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¿Cómo afectaría el matrimonio homosexual a la familia como núcleo fundamental de la sociedad?


Enviado por   •  23 de Noviembre de 2016  •  Documentos de Investigación  •  1.773 Palabras (8 Páginas)  •  318 Visitas

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¿Cómo afectaría el matrimonio homosexual a la familia como núcleo fundamental de la sociedad?

Para abarcar este tema es imprescindible conocer la definición de familia, en vista de que a través del análisis de su concepto se puede llegar a concluir que un matrimonio homosexual no podría llegar a cumplir los fines propios de la familia que en este caso es perpetuar la especie humana,  por ello se tomará como referencia  doctrina que  defina el concepto de familia.

Familia es la unión socialmente aprobada por los vínculos de filiación, alianza y consanguinidad, de un hombre, una mujer y sus hijos, es el conjunto de personas entre las que median relaciones de matrimonio o de parentesco (consanguinidad, afinidad o adopción) a las que la ley atribuye algún efecto jurídico[1].

En el artículo 16, numeral 3, la Declaración Universal de Derechos Humanos  se consagra que “La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado[2]’’.

En base al párrafo señalado anteriormente se puede deducir que la familia es el núcleo social de orden natural, en otras palabras el núcleo fundamental de la sociedad, por ende la sociedad es una suma de núcleos familiares.

Las familias se dan por relación matrimonial, pueden darse por uniones de hecho o por relaciones accidentales entre hombres y mujeres más no por parejas del mismo sexo.

En el caso del matrimonio tal como lo estipula el código civil ecuatoriano en su artículo 81:

“Matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente[3]

De lo anteriormente señalado un matrimonio homosexual no cumpliría con la parte que implica la procreación por cuestiones naturales.

Por otro lado tenemos la familia que surge a través de uniones de hecho y debemos tener en cuenta que “la forman las parejas que viven en común, unidos por vínculos afectivos y sexuales, incluyendo la posibilidad de tener hijos, pero sin mediar el matrimonio”[4]

Respecto a las parejas homosexuales algunas constituciones han reconocido la unión de hecho entre personas del mismo sexo y en otros países como por ejemplo España que aprobó el matrimonio homosexual en el año 2005.

Parecería lógico que en las sociedades democráticas, los adultos puedan tener libertad para elegir las opciones de vida a nivel emocional y sexual que crean conveniente, la modalidad de matrimonio homosexual mantiene dividida a la sociedad por diversas razones:

  1. Por el nombre de matrimonio, el cual siempre ha sido entendido como una unión de un hombre y una mujer, con posibilidades abiertas a la procreación[5].
  2. Porque esta unión se reconozca como familia, y con el derecho de adopción de hijos en las mismas condiciones que las parejas heterosexuales[6].

Los que no aceptan este matrimonio insisten en el origen heterosexual de la familia abierta a la procreación, y en que el derecho a ser adoptado es del niño y no del adulto.

Defienden que el modelo adecuado de familia es el ecológico, con padre y madre, tal y como viene programado por naturaleza.

La discusión se enmarca dentro de una perspectiva de género y de un concepto de familia entendida como una arena de disputa de distintas prácticas y significados, donde las familias de homosexuales y lesbianas representan un desafío a los modelos tradicionales de parentesco.

De hecho las normas de derecho familiar están caracterizadas por ser de carácter ético, moral y de orden natural,   por esta situación muchas personas no aceptan la idea de que dos personas del mismo sexo contraigan matrimonio, estar casados implica además  poder adoptar, en caso de que una pareja homosexual adopte se estaría vulnerando principalmente el derecho a la individualidad del niño(a) o adolescente.

Por otro lado en el artículo 67 de la Constitución de la República, el Estado ecuatoriano señala:

Se reconoce la familia en sus diversos tipos. El Estado la protegerá como núcleo fundamental de la sociedad y garantizará condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Éstas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes.

El matrimonio es la unión entre hombre y mujer, se fundará en el libre consentimiento de las personas contrayentes y en la igualdad de sus derechos, obligaciones y capacidad legal.[7]

De esta forma el Estado protege a la familia como núcleo fundamental de la sociedad y así mismo aporta para que pueda llegar a la consecución de sus fines.

Todo individuo tiene derecho a una familia, es por esta razón que la constitución vela por proteger los derechos de los miembros de la familia.

Además todo individuo tiene garantizados y protegidos derechos fundamentales imprescindibles para cada sujeto entre ellos tenemos:

  • Derecho a la vida
  • Derecho a la individualidad
  • Derecho a la dignidad
  • Derecho a la integridad
  • Derecho a la libertad
  • Todos los demás

En el caso de existir un matrimonio homosexual y por consecuencia del mismo se produzca adopción se estaría vulnerando directamente el derecho a la individualidad del sujeto.

La identificación nominal de los sujetos es una exigencia inexcusable de la vida social, toda persona tiene un interés legítimo en afirmarse con individualidad distinta de las demás personas, en orden a lo cual juegan un papel importante los signos distintivos de la identidad (nombre civil, seudónimo, sobrenombre). Por ello el ordenamiento jurídico confiere a las personas derechos de la personalidad.

Tal como está estipulado en el artículo 66 numeral 28 de la Constitución de la República del Ecuador:

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