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EL RECONOCIMIENTO DE LAS VICTIMAS


Enviado por   •  21 de Marzo de 2020  •  Ensayos  •  1.544 Palabras (7 Páginas)  •  92 Visitas

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EL RECONOCIMIENTO DE LAS VICTIMAS.

En Colombia se ha vivido desde los años 60’s un  conflicto  interno de inmensas proporciones con el  grupo armado denominado FARC, causando que  a toda su población incluyendo a la población  infantil y de la tercera, población más vulnerable, se vean involucrados en dicha guerra. Por primera vez el Estado colombiano ha actuado para resarcir y enmendar  el daño causado por la guerra; El programa de gobierno del Juan Manuel Santos, presidente elegido , tiene como uno de sus ejes el diseño y la implementación de una política pública orientada a la reparación integral de las víctimas del conflicto armado interno en Colombia, el fortalecimiento de aparato judicial y administrativo y la generación de condiciones propicias para promover y consolidar la paz y la reconciliación nacional, logrando el pasado 26 de Septiembre del año 2016 , el presidente de la republica logro lo acordado en sus visiones  . Este tratado de paz   pretende analizar la magnitud del daño  con el fin de dar una solución a la integración y reparación justa para estas personas.

Uno de los puntos más cruciales para que haya Hacer efectivo  una verdadera paz  es que su victimas tengan el goce pleno de sus derechos, esto  no solo implica devolvérselos sino mantenérselos, se deben establecer  medidas que busquen evitar que las violaciones de los derechos humanos vuelvan a ocurrir. Entre estas se encuentran: la implementación de programas de educación en derechos humanos, la abolición  de las leyes o normas que permitan o faciliten la violación de derechos humanos, programas de reconciliación social e individual, la participación del sector privado en generación de proyectos productivos, y muchas otras más. Durante el transcurso de este tratado se debe asegurar   el acercamiento al trabajo con víctimas  prevaleciendo el reconocimiento de la subjetividad, de las necesidades frente al acompañamiento y de los recursos de las poblaciones, además el contexto rural se deberá incluir en los procesos de acompañamiento comunitario y social que hay alrededor de la práctica psicológica. En primera estancia, porque el conflicto armado en Colombia es rural aun y el acceso a los recursos que se fortalecen se desarrollan dentro de ese mismo contexto, y, en ocasiones, aún con la presencia de condiciones de intimidación o amenaza por parte de los grupos organizados al margen de la ley. El acompañamiento psicosocial debe tener como  objetivo principal  construir un proceso de reflexión  entre la población víctima, su participación  social y la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, que contribuyan  a la superación de los efectos sociales y emocionales de la violencia a través de la  significación de la identidad  individual y social perdida,  el reconocimiento de los recursos personales y sociales, en la categoría de ser sujeto de derechos. Uno de los programas bandera del nuestro  Gobierno actual es la “Ley 1448 de 2011 la cual tiene por objeto establecer un conjunto de medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas, individuales y colectivas, en beneficio de las víctimas de las violaciones contempladas en el artículo 3º” de la Ley antes mencionada, dentro de un marco de justicia,  posibilita hacer efectivo el goce de sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación con garantía de no repetición, de modo que se reconoce  su condición de víctimas y se dignifica a través de la materialización de sus derechos constitucionales. Cuando una persona ha vivido en una comunidad  sometida al control de los actores armados, donde las decisiones de cómo vestirse, comportarse, con quien y de qué hablar, han sido reguladas por las normas impuestas por el terror y la intimidación ejercida por los actores armados, es difícil que participe activamente en los procesos  sociales y es más probable que se muestre como un sujeto pasivo o ajeno  a  la reparación. Ese proceso  de ser un sujeto pasivo o ajeno, a uno activo  en su propio proceso de reparación, pasa por el acompañamiento psicosocial y por abordar varios de los daños o impactos generados por la violencia a la que fue sometida, se debe partir del   principio de buena fe que está encaminado a liberar a las víctimas de la carga de su condición. Se debe dar un trato  especial al  peso de ser  declarado  víctima, y se presumirá que lo que manifiesta es verdad, de esta forma que en caso de duda será el Estado es quien tendrá la obligación de demostrar lo contrario. La víctima podrá legitimar  el daño sufrido por cualquier medio legalmente aceptado. En consecuencia, bastará a la víctima probar de manera concisa el daño sufrido ante la autoridad administrativa, para que esta proceda a relevarla la prueba de esto. La víctima podrá aceptar o no, de forma expresa y voluntaria, la entrega y recepción de la indemnización administrativa se  realiza en el marco de un contrato de transacción en el cual  acepta y manifiesta que el pago realizado incluye todas las sumas que este debe reconocerle por concepto de su victimización, con el objeto de evitar futuros procesos judiciales o terminar un litigio pendiente. Lo anterior, sin perjuicio del reconocimiento de las demás medidas de reparación consagradas en la ley presentado por el tratado de paz, de los derechos no patrimoniales de las víctimas, y  entendido de que ello no releva o no hace responsable al victimario de su obligación de reparar a la víctima según sea establecido en el marco de un proceso judicial de cualquier naturaleza. Si la víctima acepta la entrega y recepción de la indemnización administrativa se entiende como  realizada.

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