ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El Derecho como universal de la conducta. El Derecho como Ciencia.


Enviado por   •  16 de Mayo de 2017  •  Apuntes  •  1.532 Palabras (7 Páginas)  •  902 Visitas

Página 1 de 7

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD RAFAEL BELLOSO CHACÍN

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

CÁTEDRA: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO I

SECCIÓN:

[pic 1]

PRESENTADO POR:

Villalobos Rosaura C.I. 23.453.413

Maracaibo, 10 de Mayo de 2017

Desarrollo

  1. El Derecho como principio de unidad psíquica.

  1. El Derecho como universal de la conducta. El Derecho como Ciencia.

     El derecho se especifica como ciencia, puesto que se constituye en la aplicación de un conjunto de conocimientos ordenados, sistematizados, de carácter racional que tienen discrepancias jurídicas de los mismos hechos por los cuales constituyen sus entidades de estudio, a demás se encuentran establecidos por principios fundamentales.

  1. Jurisprudencia técnica Elementos de la Ciencia del Derecho o Jurisprudencia Técnica.

     La jurisprudencia técnica es aquella que posee por objeto la correcta manifestación de forma ordenada y coherente de aquellos modelos jurídicos que se encuentran en vigencia para una época y lugar determinado, y para el estudio de los problemas de su interpretación y aplicación.

  1. Sistemática jurídica.

     Es la rama de la Jurisprudencia Técnica que se encarga de presentar según un orden todas las normas jurídicas positivas, bien sean legisladas, consuetudinarias, jurisprudenciales o voluntarias.  Presenta como fin razonar sobre la organización, estructuración y coherencia del sistema jurídico.

     También la Sistemática Jurídica agrupa las normas según su contenido, materia y jerarquía. Su trabajo es fundamental para poder resolver los conflictos que se presentan entre normas, que se pueden mostrar entre aquellas que pertenecen a un mismo sistema jurídico o entre normas que pertenecen a distintos sistemas jurídicos.

  1. Ramas tradicionales de la sistemática jurídica.

  1. Técnica jurídica. Creación, integración, interpretación y aplicación del Derecho en el tiempo y en el espacio.
  • Creación: El proceso de creación de la norma según el autor Rifert es la técnica formal y la técnica fundamental.

Técnica formal: La puesta en forma de la norma y el conjunto de condiciones que son necesarias para la puesta en forma de la norma, el legislador debe ser muy cuidadoso cuando va a crear normas, para que el lenguaje sea entendible y comprensible para los ciudadanos, no debe presentar  expresiones inútiles y debe evitarse las contradicciones o choques entre normas.

Técnica fundamental: Las condiciones de fondo para la creación de la norma, se establecen de acuerdo:

El sujeto de la norma: El derecho fue creado con el fin de regular al hombre o al ser humano como persona, pero a veces el derecho está regulado a animales, cosas o al medio ambiente, pero siempre estará en función del hombre.

El objeto de la norma: EL objeto de esta es la regulación de la conducta humana social de forma prohibitiva o en forma permisiva, impidiendo determinado actos y facultando otros.

La generalidad: Es la característica principal de la normas, esta es creada por los posibles o probables casos, y esta garantiza la igualdad frente a la ley.

La permanencia: Esta es la vigencia de la norma a través del tiempo y la duración de esta no puede ser muy corta o muy larga.

La obligatoriedad: La norma no pide, ni suplica, ni ruega, esta se impone de manera obligatoria porque ella tiene respaldo de la fuerza organizada.

Ausencia de contradicciones: El legislador debe ser muy cuidadoso para no caer en contradicciones o choques, para poder lgrar la coherencia del ordenamiento jurídico.

Principio de la irretroactividad: La norma se crea para el futuro, para aquellos probables o posibles casos, para este principio se tiene una excepción que se da en materia penal cuando se beneficia al reo.

  • Interpretación: Es el aclaración de los hechos y el análisis de las normas, cuya aplicación se pretende realizar, esta constituyen operaciones angostamente vinculadas que repercuten mutuamente una sobre otra, la interpretación de derecho es un problema que enlaza no solo a las autoridades, sino que también a los particulares y científicos.

      La interpretación puede ser privada esta es obra de los particulares, judicial resulta de los jueces o tribunales que se encuentran encargados, y legislativa cuando es realizada por el mismo legislador.

  • Integración: Es el procedimiento que se lleva a cabo para colmar las lagunas y determinar cuál es el derecho aplicable; esta consiste en crear una norma especial para un determinado caso, cuando el jurista encuentra una laguna, es decir cuando existe un vacío en la norma.

  • La aplicación del derecho en el tiempo y en espacio

     También es conocido como el conflicto de leyes, toda norma jurídica tiene un ámbito temporal y un ámbito espacial de validez.    

Ámbito temporal: Esta aplicación posee como principios fundamentales, la retroactividad y la irretroactividad.

  • Retroactividad: Consiste en la aplicación de leyes actuales a hechos o actos jurídicos anteriores o, aplicar las leyes anteriores a hechos o actos jurídicos cuyas consecuencias de derecho no se agotaron durante la vigencia de la ley anterior.

  • Irretroactividad: La norma no puede tener efectos hacia atrás en el tiempo, sus efectos operaran después de la fecha de promulgación de esta.

     Ámbito espacial: El ámbito de vigencia temporal de una norma es la parte o espacio en que se rige, esto quiere decir, que cuando una norma está vigente se aplicara a todos los casos a la cual esta se encuentra dirigida.

     La aplicación en el espacio posee unas excepciones, las cuales son la territorialidad y la extraterritorialidad.

  • Territorialidad: Es cuando las leyes establecen que solo se podrán aplicar a aquellas personas reincidentes en un país determinado.

  • Extraterritorialidad: Es cuando las leyes de un país pueden ser aplicadas en otros países, debido a las relaciones jurídicas que han sido constituidas en el extranjero.

  1. Análisis de los elementos de la jurisprudencia Técnica.
  1. El Derecho Internacional.

     Es el conjunto de normas jurídicas y principios que vienen a regular la conducta de las relaciones de  los estados y otros sujetos internaciones.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (10 Kb)   pdf (100.2 Kb)   docx (22.2 Kb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com