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Fundamentos Profesionales

mhg033811 de Abril de 2014

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. CIUDADANO DE LA CULTURA

Cultura ciudadana es el conjunto de valores, actitudes, comportamientos y reglas mínimas compartidas que generan sentido de pertenencia, impulsan el progreso, facilitan la covivencia y conducen al respeto del patrimonio común y al reconocimiento de los derechos y deberes ciudadanos.

También podemos decir que se refiere a diversos aspectos de la relación del individuo con la ciudad como su hábitat. Comportamiento en las calles, movilidad, respeto por el otro, convivencia en la diferencia y participación son algunos de esos elementos que deben tenerse en cuenta a la hora de hablar de cultura ciudadana.

Cultura ciudadana es un marco de análisis con tres distintos niveles: descriptivo, normativo y prescriptivo.

A nivel descriptivo, se entiende por cultura ciudadana el conjunto de actitudes, costumbres, acciones y reglas mínimas compartidas por los individuos de una comunidad, que permiten la convivencia y generan sentido de pertenencia. La encuesta de cultura ciudadana es la herramienta diseñada por Corpovisionarios para medir estas dimensiones en ciudades y organizaciones.

A nivel normativo, se entiende por cultura ciudadana una visión positiva de convivencia que contempla la tolerancia o el aprecio por distintos proyectos de sociedad, la no violencia, la capacidad de celebrar y cumplir acuerdos, el cumplimiento de la ley, la confianza o expectativa de cooperación de los demás y el interés por lo público.

La cultura ciudadana a nivel prescriptivo corresponde al enfoque de política pública orientado a incrementar el bienestar de los ciudadanos a través del cambio de comportamientos colectivos de parte de los mismos. Esto conlleva una concepción de co-responsabilidad de lo público, en el cual no sólo el Estado es responsable del bienestar de sus ciudadanos, o de luchar contra la corrupción y garantizar el cumplimiento de la ley, sino que se reconoce en los ciudadanos un enorme potencial de cooperación.

Este enfoque centra en dos objetivos fundamentales: en primer lugar, aumentar la capacidad de los ciudadanos de cumplir y cooperar de manera voluntaria; y en segundo lugar, aumentar la regulación social por medio de la armonización de desarrollos formales (jurídicos) con sus correlatos informales (regulación cultural y moral), para lograr así comportamientos, actitudes y justificaciones de la gente que sean congruentes con las políticas públicas

2.9. DEBERES SOCIALES.

Los deberes sociales son el conjunto de obligaciones de orden moral, social, que invitan a los ciudadanos a colaborar, pero que, en caso de ser necesario, tienen mecanismos de obligatorio cumplimiento.

Un deber es todo aquello que por ley u obligación moral, debe ser cumplido por los ciudadanos para un buen funcionamiento de la sociedad.

El cumplimiento de los deberes da el privilegio de gozar de derechos, ya que éstos están íntimamente relacionados y cada deber corresponde a un derecho; Ejemplo, un estudiante que cumple con sus obligaciones escolares (Deber de estudiar), tiene derecho a salir, jugar, recrearse (Derecho a la recreación).

Hay deberes de cualquier naturaleza. Algunos de ellos son, derechos políticos, económicos y sociales. Estos últimos son aquellos cuya función es fomentar y velar por la regulación y protección de las instituciones propias del Derecho de Familia, derecho a la identidad, la familia, la adopción, el matrimonio, los hijos, así como también todo lo referido a la seguridad social, la salud, el trabajo y todo lo relacionado al desarrollo social de los ciudadanos.

La convivencia humana producto de la condición del hombre de ser un ser que vive en sociedad, genera deberes para cada uno, impuestos por la necesidad, ya que si cada uno hiciera lo que quisiera,

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