INVESTIGACIÓN EVIDENCIA Y VULNERACION DIGNIDAD HUMANA
María Fernanda SCEnsayo26 de Abril de 2018
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Estrategia Interestructurante
Estefany Ascuntar Guerrero
María Fernanda Sánchez
Esp. Idaly Vélez Guerrero
Institución Universitaria CESMAG
Facultad de Ciencias Sociales y Humanas
Psicología
San Juan de Pasto
2017
ESTRATEGIA INTERESTRUCTURANTE ii
Justificación
En este proyecto veremos la vulneración de uno de tantos derechos que garantizan una vida digna a la que todos los individuos sin distinción alguna tienen derecho en virtud de seres humanos y también lo que corresponde a las problemáticas que nuestra sociedad está atravesando la gente de tercera edad y tratándose de una parte de la población menos protegida en estos casos, también se podría estar hablando de que ellos lleven una vida digna hasta el fin de sus días y por consiguiente puedan tener una muerte digna.
Este derecho que se vulnera en estas personas pertenecientes a la tercera edad no es de ahora no más, eso viene desde hace varios años atrás, sólo que la mejor manera de ocultar esto para algunas personas era haciéndole caso omiso y hacer como si nada pasara. En la actualidad hay personas que luchan en cierto modo para que estos derechos se cumplan como en cualquier otro individuo partiendo desde el punto de vista de que ellos también son seres humanos y sienten.
Veremos temas que apuntan a la importancia que tiene esta problemática que asecha el futuro de todos y cada uno de los habitantes que a medida que pasa el tiempo irán envejeciendo, cuando este momento llegue habrá derechos que no se respetarán y si no paran esto a tiempo esta triste realidad que las personas de la tercera edad están padeciendo les tocará padecerla algún día de su vejez.
ESTRUTURA INTERESTRUTURANTE iii
Objetivo General
Esta investigación tiene como objetivo general observar una situación donde haya vulneración y garantía de los derechos humanos para personas de tercera edad, su manifestación en protecciones y debilidad, sus antecedentes. Además, se pretende establecer diferencias entre la población vulnerada y la población amparada por el Estado, conocer sus rangos y por cientos y analizar las relaciones entre estos grupos y el Estado.
ESTRUTURA INTERESTRUTURANTE 4
Marco Teórico
Contexto: La presente investigación estará centrada en el derecho a la dignidad humana y se realizara con población de tercera edad (desde los 60 años y más), hombres y mujeres grupo perteneciente a la Fundación Social Guadalupe, asilo ubicado en el barrio Fátima, y personas de la misma edad habitantes de la calle donde se encuentra ubicada la iglesia La Merced, ambos lugares de la Ciudad de Pasto.
Desarrollo de Marco Teórico:
Empezando por el concepto, los derechos humanos en primera instancia son universales, innatos e igualitarios sin distinción alguna, estos derechos están basados principalmente en los principios del respeto y la igualdad; éstos además son beneficios que un individuo tiene en virtud de ser humano.
Así, la problemática social en que se encuentra el mundo como consecuencia de la vulneración de los derechos humanos es causada principalmente porque:
- No hay un respeto absoluto de parte de los individuos hacia éstos.
- El abuso del poder de los grupos dominantes económicos y políticos.
- falta de conocimiento de los derechos ya mencionados y esto abarca una inexistencia de su práctica.
A lo que nos referimos es que algunos gobiernos, sin importar el sistema que utilicen se sienten en la obligación de limitar algunos derechos a sus ciudadanos para sus fines políticos y a los grupos e individuos vulnerados no se los toma en cuenta al momento de emplear los derechos, ya que ellos no tienen idea a que no más no tienen privilegios, y el gobierno no se preocupa en que los conozcan; esto ha conducido a una crisis que pone de manifiesto la necesidad de reorientar hacia la concientización de la importancia de cada uno de los derechos humanos para garantizar una buena calidad de vida y supervivencia al resto de la comunidad.
De acuerdo con lo anterior, se puede decir que varias veces en la sociedad que vivimos es casi o poco difícil evidenciar derechos humanos por varias causas y algunas ya
manifestadas posteriormente. Lo anterior no quiere decir que del todo no se pueda demostrar casos sobre derechos humanos en parte ejecutados, por ello en éste argumento se centra en derechos que protegen y amparan al adulto mayor, y dar a conocer la vulneración y cumplimiento en sí del derecho a la dignidad humana, estipulado en la Declaración de Los Derechos Humanos y evidenciado en los siguientes artículos:
El artículo 22 “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.”
ESTRATEGIA INTERESTRUCTURANTE 5
En el punto No. 3 del artículo 23 “Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.”
En el punto No. 1 del artículo 25 “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene, asimismo, derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.”
En artículo 28 “Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.”
La psicogerontóloga Nora Pochtar (2012- 2013a), coordinadora de la comisión Adultos Mayores, manifestó: “Las personas que se ven afectadas con esta situación si le preguntamos lo que piensan al respecto lo único que nos pueden agregar es -se ha perdido el respeto- cuando en realidad se ha violado alguno de sus derechos”.
Por lo tanto, se deben establecer campañas donde se les instruya tanto a los adultos mayores como a los profesionales y a personal que se ocupa de las personas de la tercera edad sobre cuáles son sus derechos y cómo defenderlos.
"Los derechos de las personas mayores no tendrían que ser otros que los derechos humanos, pero ocurre que al llegar a la vejez hay una discriminación por edad", a lo que se denomina "edaísmo", explicó la profesional. Asimismo, remarcó que las mujeres mayores sufren "una triple discriminación: la de género, que arrastran desde chicas; de edad; y de posición económica". En este marco, sostuvo que "si bien es cierto que no debería haber derechos humanos para niños o para adultos mayores, sino derechos humanos para todos, cuando uno va envejeciendo hay derechos que no se respetan". Otro de los derechos primordiales que no se respetan "es a la salud en la medicina prepaga, dado que las personas mayores tienen dificultades para adherirse a una prepaga o a medida que avanza la edad le aumentan las cuotas", señaló Pochtar (2012- 2013b)
En pocas palabras, se entiende que los individuos de tercera edad también son personas y como se aclara y reiterando el principio de esta síntesis basándose desde un marco internacional, en donde los derechos de las personas adultas mayores se encuentran considerados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, donde se proclama “el derecho de toda persona a un nivel de vida digna y la garantía de seguridad para la vejez” por lo tanto se concluye que los derechos humanos son universales, sin distinción alguna lo que abarca la edad en este caso, y son beneficios que se aplican en virtud de ser humano.
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