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Inimputabilidad en un caso de Homicidio simple


Enviado por   •  4 de Septiembre de 2014  •  2.070 Palabras (9 Páginas)  •  413 Visitas

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Inimputabilidad en un caso de Homicidio simple

En el siguiente apartado se expondrá y analizará un caso en el que se resuelve sobreseer al imputado del delito de homicidio simple por considerarlo inimputable, categoría jurídica que hemos desarrollado anteriormente. Como se menciona en el Artículo 336 del Código Penal Procesal “el sobreseimiento procederá cuando: (...) 5) Media una causa de justificación, inimputabilidad, inculpabilidad o una excusa absolutoria”. Es decir, el artículo manifiesta claramente que la inimputabilidad es motivo de sobreseimiento, tal como sucede en el caso que analizaremos.

Es interesante, para dimensionar el alcance de la figura mencionada, plantear que el homicidio es contemplado en el artículo 79 del Código Penal donde se expresa claramente que "Se aplicará reclusión o prisión de 8 a 25 años, al que matare a otro, siempre que en este Código no se estableciese otra pena". El homicidio puede definirse como la acción de matar a otro ser humano (Soler, 1964), en este caso es por acción, es decir, provocándole la muerte a la víctima de manera directa. Se habla de homicidio simple o doloso ya que en esta figura sostiene que el autor tiene la intencionalidad de matar a la víctima.

A continuación desarrollaremos los aspectos centrales del expediente en cuestión.

2.1 Acta de procedimiento policial

A partir del Acta de procedimiento policial del día 26 de octubre de 2004, se toma conocimiento de un hecho ocurrido en la localidad de San José, partido de Alte. Brown. Estando una patrulla de control policial de recorriendo la jurisdicción en forma preventiva, son informados de un “hecho de sangre” cercano al sector correspondiente a su cuadrícula, por lo que los efectivos se dirigen al lugar. En el mismo, un campo deshabitado perteneciente a un club de fútbol, se encuentran con una mujer que les informa que mientras caminaba con su novio cerca de un estanque del lugar comenzaron a oír disparos, uno de los cuales impactó en la cabeza de su pareja. La policía al ingresar el predio encuentra a la víctima con un impacto de bala en la frente, sin signos vitales. Debido a que comienza a aglomerarse mucha gente en el lugar piden apoyo policial, previamente se solicita la asistencia de una ambulancia. Varios de los presentes dan testimonio voluntario de lo ocurrido. Un joven menciona haber visto al cuidador del campo entrando en la casa rodante que utiliza como vivienda “con un arma de fuego en sus manos”. Ante este testimonio el personal policial se dirige hacia la casa rodante donde tras revisar la misma se constata la presencia de tres armas de fuego, municiones y cartuchos servidos. Una de las armas inspeccionadas presenta un cartucho en su recamara y un revolver a tambor de diez cargas presenta nueve cartuchos y un decimo servido. También hallan ochos cartuchos servidos en una bolsa en el suelo correspondientes a un pistolón. Se procede a identificar al sujeto del lugar, quién dice ser Atilio Neri Gervasoni, argentino, de 47 años de edad, trabajar como cuidador en el predio. El mismo es aprendido y trasladado a la seccional de la zona.

2.2 Declaración ante el fiscal, pruebas en su contra y hecho atribuido

El día 28 de octubre de 2004 es llevado ante el fiscal a prestar declaración. El imputado acepta ser defendido por un representante de la Unidad Penal N° 8 departamental, donde se le ha asignado un abogado defensor. Manifiesta en este acto no requerir la presencia de su abogado. Del interrogatorio de indagación solamente expondremos aquellos datos necesarios para el presente trabajo. Podemos mencionar que:

• Dice tener 47 años, ser oriundo de Itatí, provincia de Corrientes, de oficio cuidador de un predio en el cual vive hace más de 6 años en una casilla rodante. Refiere no tener antecedentes, solo una causa por portación de arma.

El fiscal, luego de tomarle declaración expone las pruebas en su contra. A continuación enumeramos las mismas:

1- Acta de procedimiento policial

2- Informe médico sobre la víctima

3- Declaraciones testimoniales (siete testigos del hecho prestaron declaración)

4- Croquis ilustrativo

5- Actas policiales y placas fotográficas de las pericias realizadas en la casilla rodante.

Acerca del hecho atribuido, el fiscal informa que se encuentra legalmente acreditado que el día 26 de octubre de 2004 el compareciente le efectuó al menos dos disparos con arma de fuego a la víctima, dirigidos con clara intención de terminar con su vida, provocándole heridas que resultaron en su fallecimiento.

El imputado manifiesta negarse a prestar declaración, siguiendo lo aconsejado por su abogado.

El fiscal le hace saber que se lo imputa por el delito de homicidio simple, delito que no es excarcelable.

2.3 Primer informe pericial médico psiquiátrico

El día 8 de noviembre de 2004 se envía al fiscal el primer informe pericial médico psiquiátrico. Según el mismo, el imputado refiere:

• Haber tenido muchos problemas durante la infancia, haber repetido varias veces varios grados, situación que enojaba mucho a sus padres. Ambos eran alcohólicos y solían pegarle mucho.

• El imputado menciona ser alcohólico desde chico, que no puede contener su deseo de beber alcohol, que solo ha realizado tratamientos ambulatorios pero sin resultado. Nunca estuvo internado, y en un tiempo ha tomado alguna medicación para dormir que no recuerda que era..

• Refiere no poder capacitarse para trabajar en algo concreto y que hasta la fecha se desempeñaba como sereno, cuidando un campo. De su discurso, impacta significativamente la mención que hace acerca de oír la voz de su madre que le dice que tome alcohol, que siga tomando para morirse como ella. Según comenta su madre se murió al caer de un caballo.

• El psiquiatra expone que se presenta al examen vigil, no lúcido, tranquilo y en regulares condiciones de aseo y cuidado personal. Con facultades intelectuales disminuidas, desorientación temporal, de indiferencia afectiva, pensamiento concreto y fallas judicativas.

• La conclusión de la pericia es que “resulta necesario que el imputado pasa a una Unidad Penitenciaria con asistencia psiquiátrica” donde deberán realizarse estudios con el objeto de descartar

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