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Lesion Y El Mercader De Venecia


Enviado por   •  5 de Febrero de 2014  •  437 Palabras (2 Páginas)  •  296 Visitas

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¿Puede el Derecho imponer el bien o debe limitarse a impedir el mal?

En el Mercader de Venecia, Shakespeare ilustra, que la seguridad jurídica en los contratos – sobre todo en una ciudad mayoritariamente mercantil como Venecia – no se opone ni repele al ideal de justicia o equidad. Es así que, deja sentado el rostro del eclecticismo entre el respeto por el formalismo del derecho, su naturaleza sistémica y la necesidad de incluir los valores sociales en un contrato a través de perspicaces estrategias interpretativas.

Siendo así y para un mejor entendimiento de la figura jurídica desarrollada: lesión, es menester que viremos un poco la naturaleza del contrato celebrado entre Antonio, su garante y Shylock. Imaginemos primero, que la libra de carne en cuestión representa solo una metáfora literaria, pues lo que presupone no es discutir la posibilidad de la disposición onerosa del cuerpo humano sino, la figuración de un bien de alta valorización. Shylock, entonces, para lo que a la Lesión le interesa, había pactado un contrato de compraventa con Antonio, en el que se obligaba a entregar 300 ducados, por la libra de carne (metafóricamente entendida).

Es así que, conociendo el estado de necesidad de Antonio claramente reflejado en la boda con Porcia, para sanear sus deudas y evitar de esta manera su muerte civil por insolvente, el mercader de Venecia se mantiene firme en sus condiciones y termina obteniendo para sí, una posición ventaja desproporcionada frente a la otra parte de la relación contractual; la que precisamente se torna imprescindible por las circunstancias apremiantes de Antonio.

Vale hacer una precisión, sobre la insistencia en el carácter formalista del Derecho – el pacta sunt servanda – que alega Shylock , puesto que el juez de nuestro relato no opta por la necesidad de la seguridad jurídica para el comercio desde una aplicación hipertécnica de las leyes positivas; sino que da el lugar a la rigurosidad formal del acreedor, sin prescindir de la “imaginación” creadora y adaptativa de las relaciones jurídicas , que pretenden blindar de equilibro a las partes contratantes.

Es así que, la rescisión del contrato sería una opción marcadamente excesivo, incluso desde un vistazo histórico que no sitúa a Shylock –como usualmente se piensa – como el “villano” sino un simple defensor de su minoría cultural ante un aplastante antisemitismo plagado en la época. En consecuencia, ni Shakespeare ni nosotros, preferimos a la justicia contractual o a la seguridad jurídica de modo excluyente, sino que, se arguye del uso estratégico de las normas contractuales dentro de un Derecho concebido como una guerra reglamentada de intereses, valores y búsqueda de equilibrio entre las partes.

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