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Los Derechos Humanos

27 de Noviembre de 2014

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular Para la Educación Superior Universitario

Universidad Yacambu Núcleo Portuguesa

Acarigua

UNIDAD IV

LOS DERECHOS HUMANOS Y LA SEGURIDAD PUBLICA EN VENEZUELA

Integrante

Francesca D` Andrea ACP-14300049 CI 27244576

INTRODUCCIÓN

Los derechos humanos son un conjunto de principios, de aceptación universal reconocidos constitucionalmente y garantizados jurídicamente, orientados a asegurar al ser humano su dignidad como persona, en su dimensión individual, social, material y espiritual.

El origen de los derechos humanos aparece por la propia necesidad del hombre de convivir con sus semejantes debido a que no es capaz de bastarse por sí mismo. Esto confiere a la vida social una gran importancia y es por ello que nos vemos obligados a establecer algunas normas básicas. A partir de estas normas, el hombre puede relacionarse con su semejantes sabiendo q se encuentra en las mismas condiciones que los demás.

Los derechos humanos forman un código ético imprescindible para llevar a cabo una buena convivencia entre los hombres del planeta. A continuación se va a desarrollar el tema sobre los derechos humanos en Venezuela, empezando por su origen histórico y su desarrollo así como también los derechos humanos dentro del marco constitucional y el papel de la comunidad internacional en los mismos.

LOS DERECHOS HUMANOS

Son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

MARCO JURÍDICO ACTUAL

Debemos distinguir la normativa supranacional y los textos nacionales que contemplan y regulan lo atinente a los derechos humanos, tenemos entonces:

-Derecho supranacional. Textos aplicables al continente americano en general.

Los derechos humanos reconocidos hacen de instrumentos sin otra fuerza vinculante que no sean los principios éticos que recogen de la evolución histórica de la sociedad humana, como son la declaración universal de los derechos humanos aprobado por la asamblea general de las naciones unidas el 10 de diciembre de 1948 y la declaración americana de los derechos y deberes del hombre, aprobada por la novena conferencia interamericana, también en 1848, que consagran los principios éticos que luego han sido desarrollados tanto por las naciones unidas como por la organización de estados americanos, a través de instrumentos de obligatorio cumplimiento por los estados signatarios por ser tratados, constituidos por el pacto internacional de derechos civiles y políticos, que entro en vigor el 23 de marzo de 1976 ( en Venezuela desde el 10 de mayo de 1978) y en la convención americana sobre los derechos humanos, adoptada el 22 de noviembre de 1969 y ratificada por Venezuela el 09 de agosto de 1977.

Existen otros instrumentos normativos de protección de los derechos humanos como : declaraciones, reglas mínimas, códigos de conducta y resoluciones, que son adoptadas por organismos del sistema universal, (ONU,OEA), cuya obligatoriedad para los estados suscriptores es discutida, por no ser propiamente tratados, ya que la mayor parte de las legislaciones nacionales contemplan un mecanismo especifico de aprobación de estas.

De los tratados, surgen procedimientos convencionales y no convencionales. Los primeros, contemplan la creación de comités específicos. Así, del pacto internacional de derechos civiles y políticos, el órgano convencional más importante es el comité de derechos humanos, ante el cual toda persona que alegue violación de derechos humanos puede acudir, cumpliendo ciertos requisitos de admisibilidad. Otros comités son: el comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer (creado por la convención sobre los derechos del niño). La competencia de estos comités depende del reconocimiento expreso de los estados.

ENTRE LA BENEFICENCIA PÚBLICA INTERNACIONAL Y EL ESTADO DEL BIENESTAR MUNDIAL

Como considerar a los procesos de cambio que ha venido y viene enfrentado el mundo en la actualidad, donde todo transcurre de manera inmediata y se plasma en las reorganizaciones de poder, de hegemonía política, económica y militar y otros que cada vez hacen sucumbir a la sociedad en su conjunto, donde a las finales se ve la redefinición de la autoridad, la soberanía y las identidades, lo que conlleva principalmente a los centros de poder y a la enorme desigualdad que impera en el mundo.

Tenemos siempre presente que las políticas de ayuda externa de unos países hacia otros en lo que se denomina cooperación internacional viene a ser sin lugar a dudas un rasgo permanente de las relaciones internacionales, donde los países del primer mundo supuestamente ayudan a los del segundo o tercer mundo, pero la pregunta que fluye aquí es: a cambio de que? o porque?

Es sin lugar a dudas un tema de investigación apasionante al tratar de buscar que hay detrás de esas ayudas, teniendo en consideración que a veces la ayuda es más perjudicial que hacerlo por nuestros propios medios, teniendo en consideración que se cae en el facilismo de las cosas y quizás en vez de ayuda sea un obstáculo para el crecimiento y desarrollo de un país.

Ahora bien la mayoría de los países del tercer mundo recurren a la cooperación internacional porque al parecer constituye un instrumento para la corrección de las fallas o imperfecciones del mercado, con el supuesto de que a través del progreso de los países desarrollados se expanden los diferentes mercados y se minimizan los riesgos. Siendo en este sentido rescatable lo que se mencionó en el XV Congreso de Estudios Vascos : "¿Es realista, entonces, seguir pensando en términos de "pacto eco-keynesiano", fundamento de una especie de Estado de bienestar mundial? ¿No provocaría tal intento, por el contrario, la generación de un inaceptable apartheid mundial? Todas las propuestas de reformular la solidaridad redistributiva chocan con la imposibilidad de generalizar el modo de vida y desarrollo de las sociedades ricas y, a pesar de ser en muchos casos conscientes de tal contradicción, se limitan a sobrevolar la problemática de nuestro estilo de vida sin llegar a asumir las consecuencias derivadas de reconocer que por vivir como vivimos mueren como mueren. No debe extrañarnos, en estas circunstancias, que Franz Hinkelammert denuncie la transformación del Tercer Mundo en un mundo de población sobrante: "Se sigue necesitando del Tercer Mundo, sus mares, su aire, su naturaleza, aunque sea únicamente como basurero para sus basuras venenosas, y se siguen necesitando sus materias primas. Pese a que ciertas materias primas pierden relevancia, el Tercer Mundo sigue siendo de importancia clave para el desarrollo del Primer Mundo. Lo que ya no se necesita, es la mayor parte de la población del Tercer Mundo". Así pues, el modelo de solidaridad para el futuro debe consistir, en palabras de Reyes Mate, no en "repartir entre los menos-iguales el excedente de los más-iguales (mecánica propia redistributiva del Estado del bienestar), sino de organizar todo desde los derechos de los menos-iguales". Una solidaridad compasiva".

La solidaridad del futuro debe seguir reivindicando estratégicamente, una redistribución de la riqueza pues las diferencias sociales, también en las sociedades opulentas, siguen siendo escandalosas; pero nunca más podrá limitarse a esta reivindicación. Debemos internalizar la explotación del Tercer Mundo, como ya se está empezando a hacer con el medio ambiente. Y esto no es algo que pueda hacerse sin costes.

Que tan cierto es esto, es otro tema para analizar, lo que debemos de ver y enmarcar es lograr unos estándares o niveles mínimos de bienestar, entendiendo todo ello como la materialización de los derechos básicos del ser humano, poniéndolo de otra manera es lograr llegar a la dignificación de la persona.

Como se logra dicho bienestar, pueden ser muchas alternativas, dentro de ellas se encuentra la ayuda y cooperación internacional, pero cada Estado o sociedad no puede encontrarse supeditada a los que otros van a hacer por uno, si no simplemente por sus propios medios tratar de lograr la construcción de algo y salir adelante.

Si bien es cierto, toda ayuda es bienvenida, no debemos de esperanzarnos en ella, si no que cada uno de nosotros debemos de lograr que las cosas se realicen por nuestros propios medios y que en todo momento lo que se busque es la dignidad de la persona con ayuda o sin ella, teniendo

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