PERSONAS FISICAS Y MORALES
AlbertonC28 de Agosto de 2012
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PERSONAS FISICAS Y MORALES.
Para fines fiscales, es necesario definir si una persona realizará sus actividades económicas como persona física o como persona moral, ya que las leyes establecen un trato diferente para cada una, y de esto depende la forma y requisitos para darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y las obligaciones que adquieran.
• Persona física es un individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos.
• Persona moral es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociación civil.
Por ejemplo, en el caso de personas físicas existen varios regímenes de acuerdo con la actividad y el monto de los ingresos.
En el caso de personas morales, el régimen fiscal y las obligaciones que les corresponden son diferentes en relacion a si tienen o no fines de lucro.
Persona física es un individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos; pueden prestar servicios, realizar actividades comerciales, arrendar bienes inmuebles y trabajar por salarios. Conozca las actividades que como persona física puede realizar.
Persona moral es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociación civil. De acuerdo con su objeto social, una persona moral puede tributar en regímenes específicos como:
• Personas morales del régimen general
• Personas morales con fines no lucrativos
• Asociaciones Religiosas
• Personas morales del régimen simplificado
• PESONA FISICA:- Es el ser humano, hombre o mujer. El derecho moderno no admite la posibilidad de la existencia de una persona que carezca de la capacidad jurídica en abstracto.
• ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS FISICAS:- Las personas físicas o seres humanos, tienen los siguientes atributos:- Capacidad, Estado Civil, Patrimonio, Nombres, Domicilio, Nacionalidad, los atributos mencionados son constantes y necesarios en toda persona física
• La personalidad jurídica se adquiere por el nacimiento y se extingue con la muerte, pero desde el momento en que un ser humano es concebido entra bajo la protección de la ley Art.l8 Codico Civil..
• Las cualidades o propiedades de un ser constituyen sus atributos ya mencionados en el párrafo anterior como atributos de la personalidad individual se señalan los siguientes.
• NOMBRE.- Es el signo que distingue a una persona de las demás en sus relaciones jurídicas y sociales. el nombre civil se compone del nombre propio ( Juan, Pedro, Antonio etc.) y del nombre de familia o apellidos ( Rodríguez, Moreno , González etc).
• E nombre como atributo de la personalidad es, en términos generales, inmutable, el nombre se encuentra protegido por el derecho y en este sentido se dice que toda persona tienen derecho al nombre , como lo establece el código civil que dispone que en el acta de nacimiento de la persona física deben constar, necesariamente , el nombre y apellidos Art.58.Código Civil.
• DOMICILIO.-El domicilio de la persona física es el lugar en que reside con el propósito de establecerse en el, a falta de éste, el lugar en que tiene el principal asiento de sus negocios, y a falta de uno y otro, el lugar en que se halle. El Código Civil presume el propósito de establecerse en un lugar de las circunstancias de que se resida en él por más de seis meses.
• El domicilio completa la identificación de la persona, que el apellido contribuye a asegurar, lo mismo que todo individuo tienen un nombre y un apellido, debe tener un a sede legal en la cual se le ha de considerar siempre presente, aun cuando se hecho se encuentre momentáneamente alejado de ella.
• Existen tres tipos de domicilio:- el voluntario, el legal, y convencional, según el sistema jurídico.
• Domicilio voluntario:- es aquel que la persona elige y puede cambiar a su arbitrio.
• Domicilio Legal:- de una persona es el lugar donde la ley fija su residencia para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, aunque de hecho no esté allí presente.
• Domicilio convencional: es aquel que designa alguna autoridad para el cumplimiento de determinadas obligaciones, estas facultadas por el Código Civil.
• EL ESTADO:- Al que se alude generalmente con la calificación de CIVIL, es el conjunto de las cualidades que la ley toma en consideración para atribuirles efectos jurídicos.
• El estado es una relación, jurídica.(y, por lo mismo fuente de derechos y deberes jurídicos), de tal modo inherentes a la persona que no puede cederse ni trasmitirse por lo que las cuestiones que a ella se refieren n o pueden ser objeto de compromiso o transacción.
• Ofrece dos aspectos:- como estado de familia y como estado de nacionalidad .En relac ión con el primero, las personas pueden ser padres, hijo, esposas, maridos, hermanos, etc, en relación con el segundo pueden ser nacionales o extranjeras.
• PATRIMONIO:-Es el conjunto de bienes o riquezas que corresponden a una persona o familia y están regulados en el libro primero , titulo noveno del patrimonio de la familia, capitulo único artículos del 633 al 659 del código Civil del Estado de Tamaulipas..
• NACIONALIDAD.-Son mexicano por nacimiento los que nazcan en territorio de la Republica Mexicana, sea cual sea la nacionalidad de sus padres.
• PERSONAS MORALES: podemos decir que son todas aquellas entidades formadas para la realización de los fines colectivos y permanentes de los hombres, a las que el derecho reconoce capacidad para tener derechos y obligaciones.
• El fundamento de las personas morales se encuentra en la necesidad de su creación para el cumplimiento de fines que el hombre, por si solo con su actividad puramente individual, no podría realizar de manera satisfactoria, y en la inclinación natural que siente de agruparse con sus semejantes.
• Son personas morales La Federación, los Estados, Los Municipios, y las demás instituciones de carácter público reconocidas legalmente, las sociedades civiles y mercantiles, los sindicatos, las asociaciones profesionales, las sociedades cooperativas y socialistas, las asociaciones y fundaciones temporales o perpetúas constituidas para algún fin o por algún motivo de utilidad pública y particular.
• También todas aquellas distintas a las enumeradas, que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquier otro fin lícito, siempre que no fueran desconocidas por la ley. (Art. 22 Frac. I, II, III, IV; V, VI, del Código Civil del Estado de Tamaulipas)
• Las personas Morales tienen los mismos atributos que la Físicas, salvo el del estado, Capacidad, Patrimonio, Denominación o razón Social, Domicilio, y Nacionalidad.
• De la capacidad de las personas morales habla el Art. 23 del Código Civil del Estado de Tamaulipas.
• Las personas morales tienen su domicilio en el lugar donde se halle establecida su administración ( Art. 29 Código Civil. ).
• NACIONALIDAD:- son personas morales de nacionalidad mexicana las que se constituyan conforme a las leyes de la República y tengan en ella su domicilio legal( no basta que una persona moral se constituya de acuerdo a las leyes de determinado estado sino radica en su territorio ) cumplidos estos requisitos tendrán la nacionalidad mexicana.
• La Denominación o razón social de las personas morales, equivale al nombre de las personas físicas
• En cuanto al patrimonio de las personas morales, observaremos que aún cuando de hecho algunas entidades como los sindicatos y las asociaciones políticas, científicas, artísticas o de recreo pudieran funcionar sin tener patrimonio, existe siempre por el derecho de ser personas la capacidad de adquirirlos.
• Todo lo anteriormente expuesto está tipificado en el libro primero, titulo primero capitulo I y II y III del Código Civil del Estado de Tamaulipas.
El autor Rafael Rogina Villegas expresa en su libro De Compendio de Derecho civil Introducción, Personas y familia, nos habla en el Titulo v correspondiente al derecho de las personas en su capitulo primero nos habla
de los atributos de las personas Físicas y Morales.
1.−Atributos de las personas físicas.
Las personas físicas o seres humanos, tienen los siguientes atributos:
1.−Capacidad; 2.−Estado Civil; 3.−Patrimonio;4.−Nombre;5.−Domicilio;6.−Nacionalidad.
Como no lo meciona el Código civil para esl estado de Guanajuato en el LIBRO PRIMERO De las personas,
en ÉL TITULO PRIMERO correspondiente de las personas físicas
Art. 20.− Son personas físicas los individuos de la especie humana, desde que nacen hasta que mueren.
2.−Atributos de las persona morales.
Las personas morales.− Tienen los siguientes atributos:1.−Capacidad; 2.−Patrimonio ;3.−Denominación o
razón social ; 4.−Domicillo; 5.−Nacionalidad.
Art. 25.− Las personas morales pueden ejercitar todos los derechos que sean necesarios para realizar el objeto
de su institución
Art. 27.− Las personas morales se regirán por las leyes correspondientes, por su escritura constitutiva y por
sus estatutos.
Existe una correspondencia entre los atributos de la persona física y los de la moral, exceptuándose lo
relacionado con el estado civil, que sólo puede darse en las personas físicas, ya que deriva del parentesco, del
matrimonio, del divorcio o del concubinato.
La capacidad de las
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