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Personas Fisicas Y Morales


Enviado por   •  27 de Septiembre de 2012  •  2.013 Palabras (9 Páginas)  •  747 Visitas

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Introducción

Debemos entender el concepto de persona moral y física, ya que la persona físicas corresponden al sujeto individual, es decir, el hombre en cuanto a sus derechos y obligaciones; el segundo nos dice de los derechos y obligaciones de las personas asociadas formando una personalidad distinta a la de sus integrantes.

Desarrollo

Persona física

Es un individuo con capacidad e contraer obligaciones y ejercer derechos; pueden prestar servicios, realizar actividades comerciales, arrendar bienes inmuebles y trabajar por salarios.

A continuación se mostrara cuales son las actividades de las personas físicas de acuerdo a su régimen fiscal:

Arrendamiento de bienes inmuebles

• Renta de bienes inmuebles

Prestación de servicios

• Abogados

• Actores

• Deportistas

• Escritores

• Ingenieros

• Médicos y dentistas

• Músicos

• Otros servicios independientes

Actividades comerciales

• Vendedores ambulantes, en tianguis, en la vía publica o en mercados

• Tortillerías

• Talleres mecánicos

• Imprentas

• Restaurantes, fondas, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares

• Tiendas de abarrotes, misceláneas

• Minisúper

• Escuelas, Kinders, Guarderías

• Artesanos

• Empresas

• Integradoras

• Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo

• Otras actividades comerciales o de servicios

Trabajar por salarios

• Asalariados

• Empleados de embajadas

1) Otros ingresos con tratamiento similar al régimen de salarios

• Funcionarios y trabajadores de la Federación, Entidades Federativas y de los Municipios

• Miembros de las fuerzas armadas

• Rendimientos y anticipos a miembros de sociedades cooperativas de producción

• Anticipos a miembros de sociedades y asociaciones civiles

• Honorarios a personas que presten servicios a un prestatario en sus instalaciones

• Los comisionistas o comerciantes que trabajan en empresas personas físicas o personas morales

Atributos de las personas Físicas

Nombre

Es el atributo de que sirve para distinguir a una persona de los demás.

En nuestro país el nombre completo de una persona se encuentra compuesto por el nombre de pila o apelativo, así como por los apellidos paternos y maternos.

En principio, el nombre de una persona es inmutable, pero los jueces podrán autorizar el cambio de nombre, mediante la rectificación de acta del Registro Civil, solo cuando no exista propósito de ocultación o se lesionen los derechos de terceros y siempre que la pretensión de cabio no sea caprichosa, sino que las circunstancias del caso lo hagan necesario.

Domicilio

Es el lugar donde una persona reside con el propósito de establecerse.

En el art. 29 del Código Civil Federal, el domicilio de las personas físicas es donde residen habitualmente; a falte de este el lugar donde simplemente residan, y en su defecto el lugar donde se encontraren.

El consentimiento de lección de establecimiento del domicilio es libre; sin embargo, en algunos casos la ley o la autoridad limitan esa libertad, tomando en cuenta los casos de incapacidad de las personas, o porque concurren circunstancias que pueden afectar el interés público.

Se consideran tres tipos de domicilio:

- Voluntario. Es aquel declarado por el individuo sin ningún requerimiento legal, tal como su domicilio particular. Lo puede cambiar cuando lo desee.

- Convencional. Es el que la persona debe designar conforme al derecho para el cumplimiento de determinado acto jurídico, por lo que no puede ser tomado para otro fin; por ejemplo, un contrato.

- Legal. Es el que la ley señala de modo forzoso para el ejercicio de los derechos de los cumplimientos de las obligaciones de una persona (art. 31 del Código Civil Federal y para el Distrito Federal.)

Capacidad

Es la aptitud que tiene una persona para ser titular de derechos y sujetos a obligaciones.

La capacidad de las personas para actuar en el campo del Derecho puede ser de goce o de ejercicio.

1) Capacidad de goce. Es la aptitud de la persona para ser titular de derechos y obligaciones. Es adquirida por la persona física desde el momento de su nacimiento.

2) Capacidad de ejercicio. Significa que el individuo puede ejercer sus derechos y obligaciones; se adquiere cuando a la persona física cumple 18 años.

La minoría de edad, el estado de interdicción y las demás incapacidades establecidas en la ley para las personas físicas, son restricciones a la capacidad de ejercicio que no significa menoscabo a la dignidad de la persona ni a la integridad de la familia.

A los incapaces, la ley les permite ejercitar sus derechos o contraer obligaciones por medio de sus legítimos representantes.

El mayor de edad tiene la facultad de disponer libremente de su persona y de sus bienes, salvo las limitaciones que le establece la ley.

Nacionalidad

Es el vínculo jurídico que existe entre el individuo y el Estado al cual pertenece; dicho vínculo produce obligaciones y derechos recíprocos.

La persona física

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