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PSICOLOGIA DE LAS NORMAS DE ETICA


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2015  •  Documentos de Investigación  •  335 Palabras (2 Páginas)  •  94 Visitas

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DE LAS NORMAS DE ETICA

Artículo 40: Son deberes del Psicólogo en relación con los demás colegiados:

a) No denigrar el prestigio y la capacidad de ningún colegiado;

 b) No competir para conseguir posiciones o privilegios; y,

c) No aceptar cargos a posiciones que estén siendo desempeñados por otros colegiados mientras no tengan la certeza de que tal sustitución no lesiona en forma alguna al otro colegiado.

Resumido: Se trata de la ética profesional, respetar los espacios y funciones de los colegas (porque hablamos de una ciencia que trata de la psiquis Humana, que debemos proteger ante todo), así mismo practicamos valores como la solidaridad, respeto.

Artículo 43: Los Psicólogos están en el deber de combatir el uso de la Psicología en cualquiera de sus ramas con fines de explotación del público o a través de comercialismo, instrucción, charlatanería y cualquier otra practica indebida. Igual deberá combatirse el ejercicio ilegal de la profesión y practica de métodos o sistemas que no tengan una sólida base científica.

Resumen: La psicología es una ciencia muy delicada y sensible por que estudiamos la conducta del hombre y esto no se debe tomar a la ligera por que el paciente nos confía sus emociones y ve en el psicólogo alguien que pueda sanar sus heridas emocionales, por tanto se debe tomar muy enserio la práctica de tal profesión como un sacerdocio

DE LAS SANCIONES

Artículo 49: Los colegiados a quienes se haya impuesto alguna sanción pueden apelar ante la Asamblea General.

R: Todo ser humano tiene derecho a la defensa y es inocente mientras no se demuestre lo contrario con pruebas irrefutables, y tenemos deberes y derechos que nos protegen y debemos tener conocimiento de las leyes.

DE LA PÉRDIDA DE LOS DERECHOS:

Artículo 8: Los colegiados perderán sus derechos por acción de fallo de las autoridades competentes del COPSIH de acuerdo a lo indicado en la Ley y Reglamento de Sanciones.

R: Si se comprueba que el profesional a cometido delito debe ser consciente de las penas que se le va aplica como lo indica la ley.

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