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Para que una persona conozca si es declarante del Impuesto sobre la renta debe tener en cuenta


Enviado por   •  3 de Enero de 2015  •  Síntesis  •  551 Palabras (3 Páginas)  •  250 Visitas

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Para que una persona conozca si es declarante del Impuesto sobre la renta debe tener en cuenta:

Patrimonio

Ingresos

Compras con tarjetas de crédito o en efectivo

Consignaciones bancarias efectuadas entre el primero de enero y el 31 de diciembre de 2013.

También debe establecer a qué grupo de contribuyentes pertenece: empleados, trabajador por cuenta propia o demás personas naturales y asimiladas residentes, e identificar los topes que lo exoneran de la obligación, o que por el contrario, lo habilitan para declarar y/o pagar este tributo.

Así mismo, y de acuerdo a la categoría de persona natural a la que se pertenezca, debe establecer el sistema por el cual va a determinar el impuesto sobre la renta ya sea el sistema ordinario, el Impuesto Mínimo Alternativo Nacional (IMÁN) o el Impuesto Mínimo Alternativo Simplificado (IMÁS).

Los vencimientos de renta para personas naturales irán entre el 12 de agosto y hasta el 22 de octubre del 2014, según los dos últimos dígitos del NIT consignado en el Registro Único Tributario, RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Impuesto al patrimonio

En el año 2014 se cancelan la cuota séptima y octava del impuesto al patrimonio. (Ver anexo)

IVA

En cuanto al impuesto al valor agregado, IVA, los responsables deberán tener en cuenta sus ingresos a 31 de diciembre de 2013 para determinar la periodicidad de su declaración y pago. (Ver anexo)

Es importante resaltar que el plazo para la presentación y pago del tercer cuatrimestre de IVA del año gravable 2013, es decir, el correspondiente a septiembre – diciembre de mismo año para los que están obligados a declarar por este período, así como la declaración anual de IVA (2013) y el último pago, se deberán presentar y pagar entre el 10 y 23 de enero de 2014, de conformidad con lo señalado en el Decreto 0187, del 12 de febrero 2013.

Impuesto nacional al consumo

El primer bimestre del año (enero y febrero) se deberá declarar y pagar entre el 11 y el 25 de marzo de 2014. (Ver anexo)

Declaración simplificada del impuesto nacional al consumo

Para la declaración simplificada del Impuesto Nacional al Consumo del año gravable 2014, los vencimientos serán entre el 26 y 30 de enero de 2015. Así mismo, con este Decreto, el Gobierno Nacional modificó los vencimientos para presentar la declaración simplificada del Impuesto Nacional al Consumo por el año gravable 2013 que se habían establecido inicialmente en el literal e)

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