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Psicología Jurídica

WadalupTesis18 de Junio de 2014

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INTRODUCCION

MARCO TEORICO

Psicología Jurídica

Definición y sub-áreas de la Psicología Jurídica

El concepto de Psicología Jurídica se ha utiliza¬do en algunos contextos como sinónimo de otros términos tales como Psicología Legal, Psicología Forense y Psicología Criminológica. En la actuali¬dad, el desarrollo histórico y conceptual de esta área permite realizar algunas precisiones sobre la definición y distinción de unos y otros conceptos.

En primer lugar, la revisión de la literatura su¬giere que en los países de habla inglesa se utili¬zan de forma frecuente los términos: Psicología Forense (Forensic Psychology) y Psicología Legal (Legal Psychology). En países de habla castellana, y en parte del continente europeo, se emplea el concepto de Psicología Jurídica y se le diferencia de sub-áreas como la Psicología Criminológica o la Forense, que se definirán más adelante.

En general, la Psicología Forense en el mundo anglosajón se define como la relación entre la Psicología y la ley (Crespi, 1994). Aunque es de anotar que esta relación suele circunscribirse a la tarea específica de evaluación psicológica, con el propósito de asistir a los administradores de justicia (como un área auxiliar del Derecho) (Otto & Heilbrun, 2002).

En el orden internacional, una de las más pres¬tigiosas asociaciones de psicólogos, la American Psychological Association, APA por sus siglas en inglés, se refiere a la Psicología Forense como un área que aplica los principios psicológicos al cam¬po legal y al estudio de la interacción entre Psi¬cología y ley. Para la APA este campo del conoci¬miento abarca aspectos científicos y profesionales de la Psicología aplicados a cuestiones relaciona¬das con la ley y con el sistema legal (APA, 2010). Dada la importancia de esta disciplina, la APA cuenta con una división específica, la 41, que lle¬va por nombre American Psychology-Law Society.

Por otro lado, en España se ha definido la Psi¬cología Jurídica como una rama de la Psicología aplicada al mejor ejercicio del derecho (Mira & López, 1932) y como el área del conocimiento en la que confluyen la Psicología y la ley (Garrido, 1994). Miguel Clemente conceptualizó esta rama de la Psicología como:

El estudio de las personas y de los grupos, en cuanto tienen la necesidad de desenvolverse dentro de ambientes regulados jurídicamente, así como de la evolución de dichas regulaciones jurídicas o leyes en cuanto los grupos sociales se desenvuelven en ellos (1989, p. 25).

En la actualidad, el Colegio Oficial de Psicólogos de España –COP– (s.f) define la Psicología Jurídica como: “un área de trabajo e investigación especiali¬zada, cuyo objeto es el estudio del comportamiento de los actores jurídicos en el ámbito del derecho, la ley y la justicia” (COP, 2010; Escaff, 2002). Ade¬más, de acuerdo con el Colegio, esta especialidad comprende el estudio, explicación, promoción, eva¬luación, prevención y en su caso, asesoramiento y tratamiento de aquellos fenómenos conductuales y relacionales que inciden en el comportamiento le¬gal de las personas, mediante la utilización de mé¬todos propios de la Psicología científica.

En América Latina, la definición de la Psicología Jurídica ha ido en la misma línea. Por ejemplo, en Colombia, Beltrán y Vargas (1993) la entienden como la encargada de los problemas relacionados con el comportamiento humano y que surgen en el sistema jurídico legal (policía, juzgados, tribu¬nales, correccionales para infractores e institu¬ciones carcelarias y penitenciarias, etc.). Hoyos (1999) la ha definido como la Psicología aplicada en el campo del Derecho, que le ofrece al psi¬cólogo un campo de acción interdisciplinario y que le permite asumir su ejercicio, utilizando los instrumentos que le son propios en armonía con elementos ofrecidos por el campo jurídico, como son las actuaciones judiciales y extrajudiciales, el medio carcelario y el conjunto de individuos suje¬tos de obligación o derecho que los hacen valer.

En México se ha propuesto que la Psicología Ju¬rídica es el estudio, la investigación y el análisis del comportamiento humano en relación con el Derecho y la Justicia (García, Lacalle & Pérez- Marqués, 2006; García, Murueta, Vaca & Pérez- Marqués, 2007, García & Robles, en prensa).

Como se puede observar, en las diferentes defini¬ciones existe un punto en común que da identidad a este ramo de la psicología: el estudio del com¬portamiento humano en el ámbito jurídico (con¬textos sociales regulados por normas legalmente establecidas).

En general, se puede entender la Psicología Jurí¬dica como un área que, tal como lo explicó Cle¬mente (1989), se ha desarrollado por la necesidad de intervención en determinados ambientes, es decir, ante demandas sociales específicas, y se ha ido consolidando en un cuerpo organizado de co¬nocimientos, con un uso cada vez más frecuente del método científico.

En este sentido, vale la pena citar a García-Pablos (2000) cuando concede un carácter científico, empírico, interdisciplinario e interprofesional a este campo de estudio, en su tarea de colaborar en la construcción de un sistema legal que “expli¬que y justifique racionalmente sus decisiones, un sistema en el que no se instrumente el saber cien¬tífico, utilizándolo, ex post, como perversa coar¬tada legitimadora o vacío ejercicio de predicción, sino que erija a aquel en garantía de acierto, de seguridad y de igualdad”

Además, tal como lo define Garrido (1994) en uno de los puntos de encuentro entre la Psicología y la ley, es importante reconocer que la Psicolo¬gía Jurídica también estudia la manera en que las normas o leyes influyen en las personas. Así, el concepto de Psicología Jurídica debe ser entendi¬do en un sentido amplio y dinámico de relaciones entre la ciencia del comportamiento y la ley.

Con lo anterior, y en atención al desarrollo histó¬rico, práctico y de investigación de la Psicología Jurídica, se propone definirla como un área de la Psicología encargada de describir, explicar, pre¬decir e intervenir sobre el comportamiento hu¬mano que tiene lugar en el contexto jurídico, con la finalidad de contribuir a la construcción y prác¬tica de sistemas jurídicos objetivos y justos. Des¬de esta perspectiva, el comportamiento humano se concibe como un conjunto que incluye no sólo la conducta fácilmente observable, sino también los procesos cognoscitivos y emocionales, y las creencias y actitudes de las personas. Interesan dentro de esta área el comportamiento de diver¬sos actores como los delincuentes, las víctimas, los administradores y procuradores de justica, demandantes, demandados, testigos, guardias, policías y sociedad en general en el marco de la ley y de los sistemas de justicia.

Dentro de esta amplia definición de la Psicología Jurídica, se pueden identificar una serie de sub-áreas en función del contexto y del quehacer de la disciplina.

En países anglosajones, la función de los psicó¬logos en el ámbito legal se ha relacionado con escenarios como el de la justicia juvenil, las insti¬tuciones correccionales, los servicios de atención y la terapia a víctimas (Otto & Heilbrun, 2002). También se ha propuesto que el psicólogo forense debe usar su conocimiento de la conducta huma¬na y varios instrumentos de evaluación psicológi¬ca para proveer el sistema legal con una evalua¬ción, un diagnóstico y algunas recomendaciones respecto a la persona evaluada, y que, a su vez, estos datos deben servir para tomar decisiones de la sentencia de una persona o para ayudar a de¬terminar el lugar al que debe ir un joven infractor (Crespi, 1994).

En la división 41 de la APA se propone que los estudiantes entrenados en el estudio de la Psi¬cología y de la ley deben encargarse, entre otras funciones, de investigar y desarrollar políticas pú¬blicas y legales en las que trabajen tanto aboga¬dos como psicólogos. Así, se han propuesto como funciones de la Psicología Forense (Crespi, 1994):

La aplicación de pruebas psicológicas para proveer información al sistema legal.

• La intervención en poblaciones en el ámbito forense (para lo cual es importante conocer las ventajas y desventajas de diferentes inter¬venciones), además, se establecen de manera novedosa los planes de tratamiento persuasi¬vos, dado que en el contexto legal son muy frecuentes los casos en que las personas no desean participar voluntariamente en un pro¬grama de tratamiento.

• La consultoría en la que se provee informa¬ción a diferentes instancias como las cortes, los departamentos de policía, los jueces, los abogados y, en general, el personal de esce¬narios psiquiátricos forenses y correccionales.

• La investigación, que permite proveer al Sis¬tema de Justicia de respuestas a preguntas sobre el comportamiento humano, por ejem¬plo: ¿qué intervención es más efectiva con los delincuentes sexuales?, ¿cuáles son las im¬plicaciones de un prolongado abuso sexual?, ¿cuáles son los efectos de ser testigo de re¬petidos actos de violencia en el hogar o de vivir en un vecindario caracterizado por la violencia callejera?, ¿qué factores afectan las decisiones de los jurados? y ¿qué caracterís¬ticas conductuales afectan las deliberaciones en el Sistema de Justicia?

A este respecto, Crespi concluye diciendo

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