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Que es el civismo


Enviado por   •  31 de Enero de 2013  •  Tesis  •  6.634 Palabras (27 Páginas)  •  707 Visitas

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Que es el civismo

El civismo es una norma para la conducta de ediciones, comentarios y páginas de discusión de la Wikipedia.

Se consideran incívicas las conductas que causan una atmósfera de conflictos y tensión mayores; nuestra norma de civismo indica sencillamente que las personas deben actuar cívicamente los unos con los otros.

La comunidad de Wikipedia tiene por experiencia desarrollada una jerarquía informal de principios básicos; el más importante de ellos es que los artículos estén escritos en un punto de vista neutral. Después de eso, se pide un grado razonable de civismo hacia los demás. Incluso si «civismo» es una norma informal, es el único principio que se puede aplicar a la conducta en línea, y es la única manera de delimitar la conducta aceptable de la inaceptable. No se puede esperar que siempre las personas amen, honren, obedezcan, o incluso respeten a los demás. Pero hay derecho a pedir civismo.

Concepto y formas

El civismo es el conjunto de ideas, sentimientos, actitudes y hábitos que hacen de los individuos y grupos buenos miembros de las comunidades políticas en que se integran. La palabra civismo se deriva etimológicamente del vocablo latino civis, miembro, con todos los derechos, de la civitas o comunidad política. El uso del término civismo tuvo su origen en la Revolución francesa e inicialmente aparece unido a la secularización de la vida que ésta supuso.

La naturaleza del civismo es compleja. No se puede reducir a una virtud determinada y hay que ver en él, con G. Blardone, M. Chartier, J. Folliet y H. Vial (Iniciacióncívica), un conjunto de ideas, sentimientos, actitudes y hábitos, especificados por referirse al comportamiento de los individuos y grupos en las comunidades políticas. Este aspecto peculiar del civismo es el que lo tipifica y distingue del sentido, espíritu o conciencia social, expresiones más amplias usadas también, que se refieren al conjunto de los deberes sociales, hagan o no referencia como el civismo a las comunidades políticas. El civismo se halla en estrecha relación con la justicia legal, virtud general, según Santo Tomás, que tiene por objeto el bien común (SummaTheologiae), y de la que dependen, como se destaca en la Carta de Pío XII a la Semana Social del Canadá de 1955 («Ecclesia» 743, 8 de octubre de 1955) los derechos y deberes que supone el civismo en el seno de la sociedad política.

Desde el punto de vista del sujeto, se puede hablar, al referirnos a las formas del civismo, de un civismo individual, o de las personas físicas, y de un civismo de los diversos grupos sociales constituidos por los ciudadanos dentro de las organizaciones políticas. También se pueden distinguir un civismo local, provincial, estatal e incluso supranacional, aunque éste no lo sea en sentido propio por no existir todavía una sociedad política universal organizada. Además, existe un civismo organizado, es decir, asociaciones distintas de los partidos políticos que tienen por objeto facilitar el ejercicio de los deberes cívicos, fomentar la educación cívica, o promover cualesquiera otros fines cívicos.

Estudio sociológico

El estudio sociológico del civismo, en cuanto es una cualidad moral del hombre fundamento de la sociedad, debe considerar tanto la influencia del civismo en la sociedad como de la sociedad en el civismo. En relación al primer aspecto, el civismo constituye un factor importante de integración social, considerando este concepto sociológico como el grado en el que el comportamiento de los individuos o grupos sociales se conforma a los valores y normas fundamentales de la sociedad. Tomada en este sentido la integración social, es indudable que el civismo ha de ser un factor importante en la misma, no sólo en el aspecto formal de cumplimiento externo, sino también en el íntimo de adhesión voluntaria, en cuanto que el c. civismo supone el sentido y la preocupación por la comunidad política, el respeto hacia las autoridades e instituciones, la obediencia puntual a las leyes justas y el interés por los asuntos públicos. Esta significación del civismo viene expresada en la citada Carta de Pío XII cuando le caracteriza como «el lazo de una sociedad sana y fuerte».

En cuanto al segundo aspecto, influencia de la sociedad en el civismo, éste, en primer lugar, sólo puede darse propiamente, de una manera generalizada, en un tipo de sociedad adelantada y evolucionada formada por hombres con un cierto nivel cultural y moral. El civismo supone la personalidad adulta del individuo; por eso no puede existir en una sociedad de esclavos en la que se considera al hombre al nivel de las cosas; supone también no sólo la sumisión y obediencia justas, sino, a la vez, el espíritu crítico constructivo y la oposición a la injusticia en la vida política. Por esto, tampoco existe verdaderamente en una sociedad absolutista o dictatorial aunque sea de tipo paternalista, que no reconoce ni respeta los derechos fundamentales del ciudadano. El civismo es preocupación y sentido de responsabilidad por la cosa pública y requiere, como condición indispensable, la existencia de una corriente viva de comunicación de los ciudadanos con la autoridad. En segundo lugar se puede decir que hasta cierto punto el civismo, o incivismo, es un resultado social, en el sentido de que no es algo exclusivamente natural e innato en el individuo, sino, en gran parte, adquirido a través de la sociedad por la educación cívica y la convivencia social.

Comportamiento cívico

La actuación cívica de los individuos y grupos puede ser objeto de una doble consideración: ideal, es decir, cómo debe ser; y real, o sea, cómo es, de hecho, en la práctica. Idealmente, los deberes cívicos de los ciudadanos se pueden encuadrar en las siguientes categorías: conocimiento de la comunidad política, de sus instituciones y funcionamiento; comprensión y simpatía lúcidas por ellas; participación, tanto en el ejercicio de derechos como de obligaciones, y preocupación y esfuerzo por su mejora y reforma. Los deberes cívicos de los ciudadanos crecen de manera especial si se les llama a ocupar cargos públicos, pues entonces no sólo se les exigen los deberes indicados, sino que deben reunir también las cualidades necesarias: tener una preparación y una competencia adecuadas a su cargo; ser honestos, tanto económica como intelectualmente en su función, lo que excluye el fraude y el engaño al pueblo; poseer, sobre todo, un acusado sentido de responsabilidad, no traspasar los límites de su autoridad y dar cuenta de su gestión a los representados.

Los deberes cívicos de los ciudadanos son aplicables también mutatismutandis

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