Testimonio Expertos Abuso Sexual
henryB22 de Marzo de 2014
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19. TESTIMONIOS DE EXPERTOS
JOHN E. B. MYERS
PAUL STERN
Frecuentemente el abuso sexual es difícil de probar en el tribunal (In re Cindy L., 1997,
Pennsylvania v. Ritchie, 1997). El abuso ocurre en secreto y, habitualmente el niño es el
único testigo ocular. Aún cuando muchos niños son excelentes testigos, algunos son
demasiado pequeños para testificar y otros son ineficaces en el estrado. Debido a que con
frecuencia es difícil encontrar evidencia del abuso, los testimonios de expertos desempeñan
un papel importante en los juicios de abuso infantil. Este capítulo describe el alcance y los
límites de los testimonios de expertos.
Los expertos testifican en el tribunal criminal, tribunal juvenil y en otras arenas legales. En
la mayoría de los casos criminales hay un jurado. Sin embargo, los jurados no son
universales en tribunales criminales y cuando no hay jurado, el juez cumple la
responsabilidad de descubrir los hechos normalmente encomendada a los miembros del
jurado. En los casos de tribunales juveniles y de familia, normalmente no hay jurado. En
este capítulo, la palabra ‘jurado’ se usa por conveniencia para describir al descubridor de
los hechos, sea un jurado o un juez.
TESTIGOS LEGOS Y EXPERTOS
Dos tipos de testigos testifican en el tribunal: los testigos legos y expertos. Un testigo lego
es alguien que tiene un conocimiento personal de los hechos relevantes. Ejemplos de
testigos legos son un testigo ocular en un robo a un banco y la víctima en un caso de abuso
infantil. Un testigo lego relata al jurado lo que vio o escuchó.
Un testigo experto es una persona con conocimiento especial que ayuda al jurado a
comprender aspectos técnicos, clínicos o científicos. Dependiendo del tipo de caso, un
experto puede o no necesitar conocimiento personal de los hechos del caso. Un ejemplo de
un testigo experto es un profesional de salud mental quien ayuda al jurado a comprender
que algunos niños abusados sexualmente se retracten después de dar a conocer el abuso.
En juicios de abuso y abandono infantil, los profesionales proporcionan testimonio como
legos y expertos. Por ejemplo, suponga que un niño revela un abuso sexual al
psicoterapeuta. El relato del niño constituye evidencia, y el terapeuta es un testigo ocular de
la ‘revelación del hecho’. En el tribunal, el psicoterapeuta podrá testificar como testigo lego
para repetir la revelación del niño al jurado. En otro caso, el mismo terapeuta podrá
testificar como experto. De hecho, en algunos casos, el profesional testifica como lego y
como experto. Suponga, por ejemplo, que un niño revela un abuso sexual a una enfermera
que lo examina para detectar un posible abuso sexual. En el tribunal, la enfermera testifica
como testigo lego cuando repite lo que le relató el niño. La enfermera ofrece testimonio
como experta cuando interpreta los resultados del examen físico.
Dos categorías de evidencia: substantiva y de rehabilitación
Los casos se ganan y se pierden sobre la base de la evidencia, la cual se define como
“cualquier asunto, verbal o físico, que se puede usar para apoyar la existencia de una
propuesta real” (Lilly, 1996, p. 2). Por consiguiente, la evidencia incluye testimonios de
testigos legos y expertos, documentos escritos, fotografías y objetos tales como armas
usadas para asaltar el banco. La admisibilidad de evidencia es regida por reglas complejas
administradas por el juez.
Evidencia substantiva. La evidencia ofrecida en el tribunal para demostrar que un niño fue
abusado se llama evidencia substantiva. En un caso de abuso físico, la evidencia
substantiva puede ser la ficha médica del niño más el testimonio de un experto en el
síndrome del niño golpeado. En un caso de abuso sexual, la evidencia substantiva puede ser
los hallazgos de un examen físico, la revelación del abuso por parte del niño a una
trabajadora social, el testimonio lego del niño, el testimonio lego de la madre del niño, y el
testimonio experto de un profesional de salud mental. En los casos de abuso físico y abuso
sexual, el testimonio del experto es evidencia substantiva, es decir, evidencia de que se
produjo el abuso.
Rehabilitación. Existe una segunda categoría de testimonio experto. El testimonio de la
segunda categoría no se ofrece como evidencia substantiva del abuso pero cumple el papel
más limitado de rehabilitar la credibilidad de un testigo infantil después de que el abogado
de la defensa lo ataca. Las dos categorías de testimonio de expertos -evidencia substantiva
y rehabilitación- se analizan más adelante en este capítulo.
Testimonio de experto en procesos criminales versus no criminales
En el papel, reglas similares rigen el testimonio de expertos en procesos criminales y no
criminales. Sin embargo, en la práctica, los jueces, frecuentemente permiten a los expertos
más flexibilidad en casos no criminales, como procesos de tribunales juveniles y juicios de
tribunales de familia relacionados con la custodia o las visitas de los niños. Por
consiguiente, en un proceso de un tribunal juvenil, un juez puede permitir a un experto dar
una opinión que el juez no permitiría en un caso criminal. Los jueces tienen más
probabilidades de limitar o no autorizar el testimonio del experto cuando hay un jurado.
Los jueces se preocupan de que algunos miembros del jurado deleguen muy rápidamente a
los expertos renunciando a su responsabilidad como jurado para decidir el caso.
Metaprincipios de testimonio de expertos
El testimonio de expertos se permite cuando los miembros del jurado necesitan ayuda para
comprender aspectos técnicos, clínicos o científicos (Chadwick, 1990; Myers, 1997a; Stern,
1997). En muchos casos de abuso físico, por ejemplo, el acusado argumenta que las
lesiones del niño son accidentales. El jurado no tiene el conocimiento necesario para
diferenciar entre lesiones accidentales e inflingidas. Por lo tanto, para ayudar al jurado, un
médico testifica en calidad de experto. En esencia, el médico es un profesor, y ayuda al
jurado a comprender evidencia médica compleja.
En el caso de abuso sexual, algunos niños se retractan. Muchos miembros del jurado no
comprenden que los niños abusados se retractan (Morison & Greene, 1992). El abogado de
la defensa puede atacar la credibilidad del niño en un esfuerzo por convencer al jurado que
la única explicación de la retractación es que el abuso no ocurrió. A la luz de este ataque a
la credibilidad del niño, un experto puede rehabilitar al infante explicando que la
retractación ocurre frecuentemente en niños víctimas de abuso sexual.
Por consiguiente, los testigos expertos ayudan a los miembros del jurado a comprender
aspectos técnicos, clínicos y científicos. Como ayuda para el jurado como guía para el
testimonio de expertos, la sigla HELP es útil para organizar los metaprincipios subyacentes
al testimonio de expertos.
H – honestidad
E - imparcialidad
L – límites de la pericia profesional
P – preparación
Honestidad. Los testigos expertos deben ser honestos con el jurado, el juez, los abogados,
y, en al análisis final, con ellos mismos (Committee on Ethical Guidelines for Forensic
Psychology, 1991). El deber de proporcionar un testimonio honesto deriva en parte del
juramento. Sin embargo, la honestidad tiene raíces más profundas. La honestidad yace en el
centro del profesionalismo y la integridad personal. Los expertos que permiten que medias
verdades queden sin verificar o que tiñen la verdad para favorecer a una parte del litigio
socavan el objetivo de la ley. Los expertos medianamente honestos con poca frecuencia
ayudan al jurado.
Imparcialidad. En nuestro sistema legal un experto desempeña un papel muy diferente del
de un abogado. El papel del abogado es ganar el caso para su cliente. El objetivo final del
sistema legal es la verdad, pero la teoría de nuestro sistema de justicia adversario es que la
verdad emerge a través de la confrontación de los adversarios en la sala del tribunal. Por
consiguiente, los abogados son defensores de sus clientes y no se supone que tengan que ser
objetivos.
A diferencia de los abogados, los testigos expertos no son, o al menos, no debieran ser
defensores partidarios. La responsabilidad del experto no es ganar el caso sino que ayudar
al jurado a comprender aspectos técnicos, clínicos o científicos. La responsabilidad del
experto es educar, no reclamar la victoria. Los expertos que ven el juicio a través de los
ojos de defensor pierden la dirección y se hunden al nivel del “arma contratada”.
En un esfuerzo por evitar transformarse en un defensor, ¿deben los expertos aspirar a la
objetividad total? ¿Está un experto irreparablemente manchado si sus simpatías se inclinan
hacia un lado u otro? Aún cuando puede ser posible en teoría lograr objetividad
incondicional, tal pureza es rara en el “mundo real” de los juicios (Saks, 1990). Más aún, en
un sistema en que cada lado mantiene
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