Funciones del presidente
zai19Informe10 de Abril de 2013
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FUNCIONES DEL PRESIDENTE
Ejercer la representación legal de la junta como tal. Suscribirá los actos y contratos en representación de la misma y otorgará los poderes necesarios para la cabal defensa de los intereses de la comunidad. Según la cuantía y naturaleza de los contratos, el Presidente se sujetará a las autorizaciones de la Asamblea, Directiva y/o estatutos
Por derecho propio, ser delegado ante la Asociación Comunal de Juntas
(ASOCOMUNAL)
Convocar, a través del Secretario a reuniones de Junta y Asamblea General de Afiliados.
Autenticar las actas de la Directiva y firmar la correspondencia.
Preparar el orden del día (los puntos por tratar en la directiva y la asamblea).
Presidir y dirigir las reuniones de la Junta Directiva
Ser ordenador de gastos en la cuantía que le señalen los estatutos.
Estar informado de todos los problemas que afectan a la comunidad y a la junta en
particular.
FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE
Reemplaza al presidente en sus ausencias temporales o definitivas.
Por derecho propio, hace parte de los Comités Empresariales
Coordina la Gestión de los delegados a la Asociación y los Comités de Trabajo en el cumplimiento de sus funciones.
Comunicarse con sus vecinos buscando interesarlos en colaborar con programas comunitario
FUNCIONES DEL TESORERO
Hacerse cargo, mantener al día y registrar los libros de tesorería e inventarios, anotando entradas y salidas de fondos y bienes, guardando en orden, firmados y con fecha todos los comprobantes y recibos.
Constituir la garantía o la fianza de manejo para responder por los dineros y bienes de la junta. Esta será cubierta con dineros propios de la junta.
Firmar conjuntamente con el Presidente y el fiscal los cheques y documentos que impliquen manejo de dinero o de bienes, previa orden impartida por el órgano o dignatario competente.
Rendir a la junta directiva en cada una de sus reuniones y a la asamblea general un informe detallado del movimiento de tesorería, el cual deber ser aprobado previamente por el Fiscal.
Organizar y conservar el archivo que comprende entre otros documentos, los siguientes: recibos, talonarios, órdenes de pago, chequeras, libro de tesorería e inventarios, etc.
Responder por los fondos y demás enseres de la junta, excepto cuando se trate de actividades de economía social, en cuyo caso la responsabilidad se determina en los contrato de trabajo o en los respectivos reglamentos.
Abrir y manejar la cuenta bancaria o de ahorros a nombre dela Junta de Acción Comunal.
Hacer los pagos que autorice la Asamblea General, la Directiva o el Presidente, conservando los recibos.
FUNCIONES DEL SERETARIO
Comunicar la convocatoria a las reuniones de la junta directiva o de la asamblea general.
Diligenciar y cuidar los libros de registro de afiliados y de actas, tanto de la Asamblea como de la junta directiva, registrarlos y entregarlos al secretario que lo reemplace.
Organizar, llevar y custodiar el archivo y documentos de la junta
Recibir, contestar y firmar la correspondencia de su competencia y pasar al Presidente para firma.
Leer el orden del día, correspondencia y el acta de la reunión o asamblea anterior.
Elaborar las cartas que se ordene por la directiva o la asamblea.
Registrar en el libro de afiliados los nuevos nombres que voluntariamente deseen pertenecer.
Llevar un control de afiliados suspendidos, así como las personas sancionadas por el comité conciliador.
Servir de Secretario en las reuniones
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