Reconciliacion Para Los Divorciados
isaacdjr4 de Diciembre de 2012
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PAUL DE CLERCK
LA RECONCILIACIÓN PARA LOS FIELES
DIVORCIADOS
VUELTOS A CASAR
La situación de los fieles divorciados y vueltos a casar es dolorosa y, en cierta manera,
incongruente: por una parte, se les considera “fieles”; por otra, se les priva del acceso
a los sacramentos, en especial el de la eucaristía, fuente y culmen de la vida cristiana.
Es loable la insistencia de la Iglesia en la indisolubilidad del matrimonio. Sin embargo,
una comprensión más “personalista” de este sacramento y el acompañamiento a
hombres y mujeres que han sufrido el drama del fracaso de su matrimonio e intentan
rehacer su vida en otra unión conyugal parece imponer la necesidad de una solución
más de acorde con el “Evangelio de la misericordia”. He aquí lo que se propone el
autor de este artículo.
La réconciliation pour les fidèles divorcés remariés, Revue théologique de Louvain 32
(2001) 321-352
Los documentos del magisterio referentes a los divorciados vueltos a casar se han
multiplicado en los últimos tiempos. En diversas intervenciones, las autoridades
reafirman con fuerza que la Iglesia católica, en este dominio como en todos los otros, no
hace más que seguir la ley de Cristo. “La Iglesia no tiene poder para pronunciarse contra
esta disposición de la sabiduría divina” (Catecismo de la Iglesia Católica, nº 1640).
Numerosos cristianos, comprometidos o no en un segundo matrimonio, no lo
comprenden y piensan que la Iglesia, en este terreno, se aleja del Evangelio de la
misericordia.
La situación de los divorciados casados de nuevo, además del sufrimiento que les crea,
es una cruz para la Iglesia, al menos en los países occidentales donde el matrimonio ha
evolucionado tanto, y donde el divorcio alcanza proporciones inquietantes. Un número
muy elevado de personas fracasan en su matrimonio y se divorcian. Si son católicos y se
casan de nuevo civilmente, ven prohibido el acceso a los sacramentos. Tal es la
disciplina actual de la Iglesia católica.
El problema ha llegado a ser muy importante teológicamente y muy generalizado
pastoralmente, para que se continúe preconizando la simpatía para con los divorciados
vueltos a casar, recordando que siguen siendo miembros de la Iglesia (el magisterio
siempre les llama “fieles divorciados vueltos a casar”), invitándoles calurosamente a
tomar parte en la vida eclesial, para luego mantenerlos apartados de la fuente eucarística
de la vida cristiana. A quienes se encuentran es esta situación, les es difícil vivir así.
La intención no es cuestionar la interpretación de los textos bíblicos. No se trata de
poner en duda la indisolubilidad del matrimonio, o de minar la confianza de las parejas
cristianas unidas según los valores del Evangelio y dichosas de crecer en la fidelidad
dada. Este ensayo pretende buscar cómo salir de la situación inextricable, creada por el
aumento creciente del número de divorcios, ante una legislación canónica, que
permanece invariable. El segundo matrimonio de los fieles divorciados es el único caso
en el que la reconciliación sacramental no es posible.
PAUL DE CLERCK
Este artículo analizará la disciplina de la Iglesia católica en este tema, para captar sus
dinamismos. Luego se estudiarán las insatisfacciones provocadas por el estado actual de
las cosas, sobre todo dos: la concepción del matrimonio y la ausencia habitual del
recurso al sacramento de la reconc iliación. Esclarecidos estos dos puntos, se propondrá
una camino de solución.
LA DISCIPLINA DE LA IGLESIA CATÓLICA Y SU LÓGICA
La disciplina de la Iglesia católica respecto a los fieles divorciados vueltos a casar se
funda en la doctrina del matrimonio considerada como indisoluble en virtud de la
interpretación que ella hace de los textos bíblicos (Mc 10,1-12 par.;1Co 7,11). No se
toma en consideración la eventual excepción prevista por el famoso inciso mateano
(5,32).
Esta doctrina se comprende no sólo como un imperativo moral (el vínculo conyugal no
se debe romper), sino también como una ley canónica (ni puede hacerse). El canon 1141
se expresa así: “El matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto por ningún
poder humano, ni por ninguna causa fuera de la muerte”.
Entraña, por tanto, una doble indisolubilidad: la intrínseca y la extrínseca. La primera
significa que un matrimonio válido no puede ser roto por los propios cónyuges. Pueden
separarse: los cánones 1151-1155 lo prevén, pero la “separación de cuerpos” no implica
la ruptura del vínculo matrimonial. Y aquí se da una de las paradojas de la situación
actual: aunque los documentos magisteriales hablan constantemente de los “divorciados
vueltos a casar”, la Iglesia católica no conoce el divorcio, y menos aún el segundo
matrimonio (salvo en caso de muerte del primer cónyuge). Son términos que deben
entenderse desde el derecho civil.
La indisolubilidad extrínseca quiere decir que ninguna instancia exterior a los cónyuges
puede romper válidamente su ma trimonio rato y consumado. Salvo casos particulares y
raros (cánones 1141-1150), la Iglesia no se reconoce con el derecho de separar a los que
Dios ha unido. Nunca anula un matrimonio válido. No conoce la anulación del
matrimonio, aunque sí un procedimiento de declaración de nulidad, que consiste en
reconocer que, en derecho, tal matrimonio nunca se ratificó válidamente, en función de
exigencias objetivas y subjetivas del compromiso matrimonial, tal como la Iglesia lo
concibe.
La disciplina de la Iglesia católica difiere de la de otras comunidades cristianas. La
Iglesia ortodoxa, que participa de la misma comprensión teológica del matrimonio,
permite, sin embargo, celebrar un segundo matrimonio (incluso un tercero), por el
“Oficio de segundas nupcias”, que comporta acentos penitenciales (a causa del primer
vínculo, roto). Y lo hace no "según la acribía", en virtud de la cual reprueba la ruptura
del primer matrimonio, sino según “la economía”, es decir, teniendo en cuenta la
realidad del fin del primer vínculo1.
1 "Acribía" es una palabra griega que significa exactitud. La "economía", en este caso, hace referencia a la
economía salvífica, es decir, a la acción de Dios para con los hombres. El sentido de esta manera de
actuar de la iglesia ortodoxa sería, por tanto, el siguiente: en sí, independientemente de cualquier otra
consideración, la ruptura del matrimonio es reprobable; pero, teniendo en cuenta el bien de los fieles, la
iglesia tolera un segundo (e, incluso, un tercer) matrimonio (N.R.).
PAUL DE CLERCK
Los Protestantes no reconocen al matrimonio la misma consideración teológica. No se
alegran de la ruptura del vínculo, pero aceptan generalmente los procedimientos civiles
en uso.
La Iglesia católica no sanciona canónicamente a los cónyuges que se separan, porque no
es contra la ley de la Iglesia. Y si los excónyuges creen que han pecado, se les puede dar
la absolución. Las sanciones canónicas vienen si uno de los esposos de un matrimonio
válido se casa otra vez, pues esto va en contra de la indisolubilidad del primer vínculo
conyugal.
El segundo matrimonio, situación permanente y pública
El nudo del problema radica en el segundo matrimonio, pues no se trata de un acto
pasajero, sino que se entra en una vida que se desea durable. Se interpreta así, como la
prueba de no arrepentimiento, puesto que la conversión implicaría el abandono del
segundo vínculo. Y la ausencia de arrepentimiento entraña la imposibilidad de la
absolución. No es que la ruptura del primer vínculo o la instauración del segundo sean
consideradas como un pecado irremisible, pues, dicho evangélicamente, “para todo
pecado hay misericordia”, pero para corresponder a la misericordia de Dios, hay que
arrepentirse de la falta y quitar la situación que la suscita, que es lo que se comprueba
imposible en un nuevo vínculo, que se pretende duradero. Ello tiene como consecuencia
la imposibilidad del acceso a la comunión eucarística, aunque pueden participar de la
celebración eucarística. Ésta es la sanción más importante que experimentan los fieles
divorciados vueltos a casar.
Pese a una cierta opinión pública, esos fieles no están excomulgados. Siguen siendo
bautizados y miembros de la Iglesia. Pero están excluidos de la comunión eucarística y
de otras responsabilidades, como, por ejemplo, poder ser padrinos o catequistas, por su
comunión no plena con la Iglesia.
ANÁLISIS DE ESTA DISCIPLINA
Sea cual sea la apreciación que uno haga de esa disciplina, hay que reconocer que
comporta una lógica. No se trata de un acto reflejo de malhumor respecto a los fieles
divorciados casados de nuevo, o de una actitud caprichosa. Las decisiones pastorales
responden a una comprensión teológica.
Y esto es lo que crea una parte del malestar. Porque las reacciones de los fieles
divorciados vueltos a casar,
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