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Recopilación de las Leyes de Indias


Enviado por   •  12 de Septiembre de 2012  •  Monografías  •  2.025 Palabras (9 Páginas)  •  582 Visitas

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Recopilación de las Leyes de Indias

El compendio de Las Leyes de Indias fue editado por primera vez en el año de 1690, bajo las ordenes de Su Majestad Carlos II de España. El conjunto se compone de cuatro tomos, con un total de nueve libros. Cada uno de estos libros contiene diferentes Títulos (un total de 218) que encierran las Leyes. A cada Ley se le da un enunciado, año, monarca y lugar de expedición de la Ley. Luego, va la explicación de cada una de las leyes, faci-litando su interpretación.

Libro I:

A trechos de las poblaciones y aprovechando en ocasiones las plazas, se deberán construir centros de culto y oración para que tengan también una buena proporción entre la población.

Para las iglesias en la costa se deberán edificar cerca del mar y que esta se vea desde el mismo, tanto para la tranquilidad del marino como de la defensa del mismo puerto.

El Templo en las costas y lugares mediterráneos deberá tener las mismas características: estar distante de las plazas y parte de este separado de otros edificios que no le conciernen para que de todas partes sea visto y que tenga más ornamentos y autoridad.

Debe construirse alejado del suelo de manera que se ingrese a él por las gradas.

Cerca del Templo y la plaza menor se edificarán las Casas Reales, del Consejo, Cabildo y Aduana, no para quitarle fortaleza sino para estar todo junto para mayor comodidad de resolver los asuntos en medio día.

El Hospital para pobres y enfermos de enfermedades que no sean contagiosas se debe poner junto al templo y conexión por el claustro.

Para las enfermedades contagiosas no se debe poner en parte cerca de un viento dañino que pasando por el vaya a herir a la demás población, y si se edificara en un lugar levantado será mejor.

Libro II:

De las Leyes, Provisiones, Cédulas y Ordenanzas Reales.

Del Consejo Real, y Juntas de Guerra de Indias.

Del Presidente, y de los del Consejo Real de Indias.

Del Gran Canciller y Registrador de las Indias y su Teniente en el Consejo.

De las Audiencias y Chancillerías Reales de las In¬dias.

De los Presidentes, y Oidores de las Audiencias y Chancillerías Reales de las Indias.

De los Alcaldes del Crimen de las Audiencias de Lima y México.

De los Fiscales de las Audiencias y Chancillerías Reales de Indias.

De los Juzgados de provincia, de los Oidores, y al¬caldes del crimen

de las Audiencias y Chancillerías Reales de Indias.

Libro III:

Del Dominio, y Jurisdicción Real de las Indias.

De la Provisión de oficios, gratificaciones y merce¬des.

De los Virreyes, Presidentes y Gobernadores.

De la Guerra.

De las armas, pólvora y municiones.

De las Fabricas y Fortificaciones.

De los Castillos y Fortalezas.

De los Castellanos, y Alcaldes de los Castillos y Fortalezas.

De la Dotación, y situación de los presidios, y For¬talezas.

De los Capitanes, Soldados y Artilleros.

De las Causas de los Soldados.

De los Pagamentos, Sueldos, Ventajas y Ayudas de Costa.

De los Corsarios y Piratas, y aplicaciones de las presas y trato con extranjeros.

De los Informes, y Relaciones de Servicios, Partes, y Calidades que se debe dar cuenta al Rey.

De las Precedencias, Ceremonias y Cortesías.

De las Cartas, Correos e Indios Chasquis.

Libro IV:

Contiene las principales leyes que reglamentaron la conquista, la posesión de tierras, la fundación de ciudades, villas y pueblos. Igualmente se refiere al gobierno de la ciu¬dad, la administración de servicios y la dotación de infraes¬tructura. Al encontrar el lugar de asentamiento se debe verificar lo siguiente: Confirmar que el lugar estuviera vacante y que se pueda tomar sin perjuicio para los naturales o con su libre consentimiento. Ver que el lugar estuviera en alto o levantado, que exista sanidad, fortaleza, fertilidad y tierra de labor, pasto, leña y madera junto con otros materiales, que tenga acceso a aguas dulces, gente natural, comodidad, acceso de carretas si era en tierra firme.

Si fuera costa deben considerar un puerto y que no tenga el mar ni al mediodía ni al poniente y de ser posible no estar cerca de pantanos ni lagunas para evitar animales venenosos y la corrupción del aire y del agua.

Si bien la religión fue el principal punto de choque en esos momentos, sus repercusiones son directamente manifiestas en el urbanismo.

Se debe hacer una planta del lugar repartiéndola también por solares y esta medición debe ser a cordel y regla. Las medidas básicas para las plazas deben estar consideradas por los siguientes puntos:

La plaza debe ser un cuadro prolongado que por lo menos tenga de largo una vez y media de su ancho, porque de esta manera se pueden realizar fiestas de caballos o de otro género.

La grandeza de la plaza debe ser proporcionada a la cantidad de los vecinos teniendo consideración al crecimiento de la población incluyendo la natural.

Las plazas no deben ser menor de doscientos pies de ancho y trescientos de largo, ni mayor a ochocientos pies de largo y trescientos de ancho, se considera una plaza mediana y de buena proporción una de seiscientos pies de largo y cuatrocientos de ancho.

Libro IV:

De las plazas saldrán cuatro calles principales, una por medio de cada costado y dos calles por cada esquina de la misma, las cuatro esquinas deben mirar a los cuatro

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